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29 de junio de 2010 Comunicado de Prensa

CEJIL y APRODEH desmienten información publicada por el Expreso sobre sentencia Kenneth Anzualdo vs. Perú

Perú y Washington D.C., 29 de junio del 2010.- La Asociación Pro Derechos Humanos de Perú (APRODEH) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) desmienten la información publicada el pasado 21 de junio por el diario peruano Expreso, que incluye referencias inexactas y difamatorias contra las víctimas en el caso de desaparición forzada de Kenneth Anzualdo, así como contra sus representantes.

En un artículo titulado “ONGs se enriquecen con fallos de Corte IDH”, el diario Expreso afirma que “[e]l Estado fue obligado a pagar, en un solo caso de desaparición forzada (donde no hay evidencia ni testigos), la suma de 700 mil dólares”. El diario califica la reparación de arbitraria y afirma que “los beneficiarios de este singular ‘negocio’ son las ONGs que patrocinan casos de supuestos delitos contra los derechos humanos cometidos por agentes estatales”.

Asimismo, el diario señala que “el tema central para la defensa era lograr una indemnización y no llegar a la verdad para saber qué fue lo que realmente pasó con el estudiante Kenneth Ney Anzualdo Castro”. El artículo cita en diferentes ocasiones declaraciones atribuidas al actual Ministro de Justicia, Víctor García Toma, quien se desempeñó como juez Ad Hoc en el presente caso.

Al respecto, las organizaciones representantes de Kenneth Anzualdo y sus familiares aclaramos que la Corte Interamericana emitió una Sentencia el 22 de septiembre de 2009, en la que determinó que Perú es responsable por la desaparición forzada de Kenneth Ney Anzualdo y ordenó una serie de reparaciones, incluyendo indemnizaciones por daño material y moral por concepto de 405 mil dólares, y no 700 como afirma el Expreso. Dicha indemnización no ha sido ejecutada hasta la fecha, dado que la Corte otorgó un plazo de un año para que Perú efectuara los pagos.

Dicha cantidad incluye 14 000 dólares fijados por la Corte Interamericana a favor de APRODEH y CEJIL por concepto de gastos y costas originados durante los 16 años de litigio del caso ante el sistema interamericano. La cantidad dotada resulta simbólica, ya que no cubre los gastos reales de la representación. Ninguna de las organizaciones representantes cobra honorario alguno por ningún concepto.

Los familiares de Kenneth Anzualdo han manifestado su indignación al conocer la publicación, dado que desde el año 1993 en el que se produjo la desaparición de Kenneth han seguido una dura lucha ante instancias nacionales e internacionales para conseguir justicia y saber la verdad de lo ocurrido a su ser querido y su paradero final.

Al respecto, la abogada Gloria Cano, APRODEH, puntualizó que “nuestra labor es una respuesta al clamor de justicia de las víctimas, por quienes seguiremos trabajando hasta lograr que los responsables de éste y otros casos sean sancionados como corresponde”.

Anzualdo era estudiante de economía en la Universidad Técnica del Callao y tenía 25 años de edad cuando desapareció el 16 de diciembre de 1993 mientras volvía a su casa en autobús tras una jornada de estudios. En su fallo, la Corte consideró probado que agentes estatales del SIE privaron de libertad a Kenneth Anzualdo, llevándolo al centro clandestino de detención conocido como “Pentagonito”, donde permaneció desaparecido sin que se conozca hasta hoy su paradero.

Asimismo, la Corte estimó que el Estado violó la integridad física de los familiares de Kenneth Anzualdo, por cuanto la desaparición de éste tuvo un “impacto traumático e irreparable sobre el núcleo familiar”, así como en cada uno de ellos.

En base a ello, la Corte ordenó al Estado conducir eficazmente los procesos penales en trámite, para determinar a todos los responsables materiales e intelectuales de la desaparición, así como ubicar e identificar a la víctima, o en su caso, sus restos mortales.