29 de noviembre de 2023 Comunicado de Prensa

Estado de Perú desacataría orden de la Corte IDH si libera a Alberto Fujimori

Washington D.C: y Lima,  noviembre 29 de 2023. El martes 28 de noviembre, la Corte Constitucional de Perú hizo pública una decisión que abre la posibilidad para el ex presidente de Perú Alberto Fujimori de ser liberado, pese a estar condenado a 25 años de prisión por violaciones graves de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta. En caso de desacatar la orden internacional y ser liberado, se afectaría gravemente  el  derecho de acceso a la justicia  de las víctimas.

La decisión de ayer del Tribunal Constitucional se dio en el marco de un recurso de aclaración interpuesto por el Procurador del Poder Judicial y el abogado defensor de Alberto Fujimori. El recurso de aclaración es un mecanismo que permite precisar un concepto o subsanar algún error en las sentencias emitidas por parte del Tribunal Constitucional. Es decir, este recurso no permite modificar el fondo de una decisión. En su resolución, el Tribunal Constitucional determinó que no procedían las aclaraciones solicitadas y remitió el caso al juzgado de ejecución que había determinado la liberación de Fujimori “a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”.

El Tribunal Constitucional omitió generar un pronunciamiento claro y definitivo que reconociera lo emitido  en la Resolución de la Corte IDH que ordena al Estado de Perú no ejecutar la orden que permitiría la liberación de Alberto Fujimori. El Presidente del Tribunal Constitucional se pronunció en medios y ha pretendido aclarar esa ambigüedad, señalando que “sí procede la liberación de Fujimori” y que “depende de las autoridades del Instituto Nacional Penitenciario proceder con la excarcelación de Alberto Fujimori”, pero el hecho concreto es que eso no está estipulado en la resolución del TC.

Por tanto, esta alarmante decisión abre la posibilidad de que Alberto Fujimori sea liberado por el juez de ejecución, a pesar de que la propia Corte IDH y la Corte Suprema de Perú ya se han pronunciado sobre la incompatibilidad de este indulto con estándares de derecho internacional que prohíben la aplicación de amnistías, indultos u otras exclusiones de responsabilidad a personas encontradas responsables de graves violaciones de derechos humanos, como es el caso de Alberto Fujimori. 

La postura del Tribunal Constitucional representa un gran retroceso e incumplimiento por parte del Estado peruano, a través del propio órgano encargado del control e interpretación de la constitucionalidad y los derechos constitucionales en Perú.

Recordamos que los Estados no pueden ampararse en la existencia de disposiciones de derecho interno o en decisiones judiciales de tribunales locales, aun cuando estos sean de la más alta jerarquía, para dejar de cumplir las obligaciones contenidas en los tratados ni desacatar las órdenes dadas por la Corte Interamericana en sus sentencias. Por ello, en ejercicio de un control de convencionalidad, instamos al Poder Judicial a que se abstenga de aplicar la decisión del Tribunal Constitucional de Perú que posibilita la liberación de Alberto Fujimori, en cumplimiento a lo ordenado por la Corte Interamericana.

Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH)

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)

Centro por la Justicia y el  Derecho Internacional (CEJIL)

Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH)

Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ) 

Instituto de Defensa  Legal (IDL)