25 de febrero de 2010 Comunicado de Prensa

Corte Interamericana ordena a Venezuela investigar de inmediato masacre de El Amparo

 

 

Washington D.C, 19 de febrero de 2010.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Venezuela, el 4 de febrero, acatar de manera “pronta y total” con una sentencia promulgada en 1995 acerca de la ejecución de 14 pescadores ocurrida en 1988 en un operativo militar en el río Arauca, estado Apure, conocida como la masacre de El Amparo.

La decisión implica que el Estado Venezolano debe hacer todo lo necesario para investigar los hechos, identificar y sancionar a los responsables, para lo cual deberá presentar a  la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) un cronograma con información “puntual, clara y exhaustiva” a más tardar el próximo 25 de junio.

“El Tribunal considera que el Estado no ha cumplido con lo ordenado en la sentencia y, asimismo, no ha cumplido con su deber de remitir información clara y específica al respecto” consideró la Corte IDH en su Resolución, notificada el 16 de febrero.

Para la Corte IDH las violaciones a los derechos humanos en el caso de la masacre de El Amparo “se mantienen en la impunidad” a 21 años de ocurridos los hechos. “El cumplimiento de las órdenes de reparación de esta Corte no es una concesión del Estado hacia las víctimas, es un derecho de éstas que debe ser satisfecho de manera pronta y respetuosa”, señala la Resolución.

En 1995, Venezuela ya había aceptado ante la Corte IDH su responsabilidad internacional por las violaciones a los derechos humanos de las 14  víctimas asesinadas y dos sobrevivientes.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), en representación de las víctimas, participaron en una audiencia privada ante la Corte IDH el pasado 29 de enero  en la cual los representantes del Estado de Venezuela admitieron el atraso injustificado en la investigación de la masacre.

“Indudablemente que eso es una deuda histórica que tiene el Estado venezolano y tiene que saldarla”, aseguraron los representantes venezolanos, citados en la Resolución.

En la audiencia del 29 de enero, Venezuela afirmó que los responsables del crimen están plenamente identificados y que las investigaciones “no serían difíciles, porque ya algunas de las pruebas se encontraban en la jurisdicción militar”.

PROVEA y CEJIL instan a Venezuela a honrar sus compromisos
internacionales y a realizar acciones concretas, planeadas y coordinadas
para avanzar con las investigaciones. Un primer paso en esta
dirección será la entrega del cronograma que la Corte solicitó
a Venezuela.

Según la sentencia de la Corte IDH, del 18 de enero de 1995, la masacre ocurrió el 29 de octubre de 1988 cuando 16 pescadores del pueblo de El Amparo iban en una embarcación a participar en un paseo de pesca a través del río Arauca. Soldados del ejército venezolano que en ese momento efectuaban un operativo militar dispararon contra los pescadores.  El Ejército reportó un enfrentamiento con guerrilleros colombianos en el cual habían muerto 14 insurgentes y otros dos habían escapado.

Los dos pescadores sobrevivientes se entregaron al día siguiente a la Policía. El Ejército intento capturarlos por la fuerza pero policías y numerosos civiles se instalaron frente al puesto policial e impidieron la detención.

 

Contacto de prensa en Washington D.C.

Mauricio Herrera Ulloa

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(202) 445-4676

 

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional.