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EL SALVADOR

La masacre de El Mozote y lugares aledaños


 

En diciembre de 1981, al norte del Departamento de Morazán, en el marco de un operativo del ejército de El Salvador, se llevaron a cabo una serie de masacres sucesivas, que resultaron en el asesinato de a alrededor de 1.000 personas, casi la mitad fueron niñas y niños. Las investigaciones que se iniciaron sobre hechos fueron cerradas en 1993, como consecuencia de la aplicación de la Ley de Amnistía.

La operación, la llevó a cabo el Batallón de Infantería de Reacción Inmediata Atlacatl, con el apoyo de la fuerza aérea. Entre 1.000 y 2.000 militares se desplegaron en busca de un posible campo de entrenamiento de la contrainsurgencia. El operativo se extendió a varias localidades del noreste de El Salvador, entre el 10 y el 13 de diciembre. Los soldados ingresaron en las aldeas, quemaron casas y animales, separaron a las mujeres y a los niños de los hombres y los ejecutaron. Muchas personas fueron desplazadas a otras regiones del país o emigraron a Honduras.

Lo sucedido en El Mozote y en las distintas zonas del cantón Guacamaya se vincula directamente con el conflicto interno que arrasó con miles de vidas durante la década de los 80 en El Salvador. En su afán de acabar con la guerrilla, el Ejército justificó operativos sangrientos y violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Al día de hoy, esta es la masacre más grande que se ha realizado en Latinoamérica.

El 30 de octubre de 1990 el caso fue enviado a la Comisión Interamericana (CIDH), pero estuvo archivado durante diez años por falta de notificación sobre el proceso por parte de las partes. En el año 2000, El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) fue acreditado como representante del caso. 

En 1993, con la aprobación de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz en El Salvador, ninguno de los hechos descritos se investigó y no se juzgó a una sola persona por los crímenes.

En el año 2010, la CIDH concluyó  que  las  masacres de  El  Mozote  y  lugares  aledaños,  representaron un caso de  abandono  de  los  principios  más elementales  que  inspiran  la  Convención  Americana, por lo que hizo una serie de recomendaciones para que el Estado de El Salvador saldara la deuda histórica con la memoria de las víctimas, sus familias sobrevivientes y la sociedad, quienes pasados 30 años de ocurridos los hechos, no tenían conocimiento de la verdad y tampoco existían sanciones a los responsables de estos crímenes de lesa humanidad.  

El caso ingresó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 8 de marzo de 2011, después de que la CIDH acreditara la responsabilidad del Estado salvadoreño por numerosas violaciones de derechos humanos y el 25 de octubre de 2012, la Corte reconoció la responsabilidad del Estado de El Salvador sobre los hechos denunciados y las violaciones a derechos humanos perpetradas por la Fuerza Armada salvadoreña en El Mozote. 

Para 2020, el caso sigue en la fase de ejecución de la sentencia, sobre el cual la Corte IDH ha emitido varias resoluciones en el marco de la supervisión de cumplimiento, incluida una visita de supervisión. Si bien el Estado de El Salvador ha dado cumplimiento parcial a algunas de las medidas emitidas en 2012, aún no existen personas juzgadas por los graves crímenes cometidos.

 

Impacto del caso:

– Las masacres de El Mozote son el asesinato masivo más grande conocido por la Corte CIDH. Su investigación requirió una ardua labor conjunta con las organizaciones nacionales, para reunir antecedentes históricos, impulsar pericias y recabar información suficiente para documentar el caso.

– Las masacres en El Mozote y zonas aledañas, constituyen un caso emblemático que ejemplifica los atroces ataques que la población civil sufrió durante el conflicto por parte del ejército.

– La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos rechazó la Ley de Amnistía aprobada y señaló que esta ley no puede ser un obstáculo para investigar los hechos de la masacre y sancionar a sus responsables.

– Por la magnitud de los hechos y dificultad de identificar a todas las víctimas, la Corte ordenó la creación de un Registro Único de Víctimas para que otras personas que fueron víctimas de los hechos puedan eventualmente acreditar su calidad de víctimas y beneficiarse de las reparaciones dictadas.

– Las reparaciones dictadas incluyen medidas para mejorar las condiciones de vida de las y los pobladores de las comunidades afectadas, entre estas, mejorar las vías de comunicación, garantizar el acceso a electricidad y agua, el establecimiento de un centro de salud, la construcción de una escuela y de un centro para adultos mayores.

 

Fecha de actualización: 12 de febrero de 2020