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Buzos Miskitos (Opario Lemoth Morris y otros)


El pueblo Miskitu es una comunidad indígena que habita la costa Atlántica de Honduras y Nicaragua, zona que se encuentra en condiciones de abandono social y económico y cuya única fuente de empleo y sostenibilidad ha sido la pesca por medio del buceo en el mar. 

La población trabaja en su mayoría para la industria pesquera y a pesar de los beneficios millonarios de la actividad, no tienen acceso a las condiciones laborales adecuadas, acceso a la salud, a la seguridad social ni a la justicia. 

La pesca mediante buceo ha ocasionado discapacidad y muerte en adolescentes y adultos Miskitos, ante la ausencia de equipo y capacitaciones adecuadas, las altas profundidades en las que bucean, las excesivas jornadas de trabajo y la falta de control de la actividad.

Un informe de la Organización Panamericana de la Salud (el más reciente en su materia) señaló en el 2004 que alrededor de 9.000 buzos practicaban la pesca submarina de langosta. Entre ellos, el 97% había presentado algún grado del síndrome por descompresión y al menos 4.200 miskitos tenían discapacidad total o parcial a causa de este mal. Por su parte, la Asociación de Miskitos Hondureños Buzos Lisiados (AMHBLI) ha reportado que alrededor de 400 buzos han muerto a causa de enfermedades relacionadas con su actividad laboral.

A los buzos Miskitos que sufren alguna lesión relacionada con su trabajo en altamar les es imposible contar con un tratamiento médico efectivo y oportuno. El aislamiento de la comunidad implica que los centros de salud sean pocos y lejanos, especialmente aquéllos con las cámaras hiperbáricas necesarias para tratar el síndrome de descompresión. Asimismo, las personas que sufren discapacidad no tienen acceso a servicios adecuados de rehabilitación. Los buzos afectados y sus familiares se ven imposibilitados de acceder a la justicia por falta de dinero para llegar a los juzgados (ubicados en otras ciudades), así como por la falta de condiciones de accesibilidad física para poder movilizarse —muchas veces en lancha y avioneta— hasta las instancias correspondientes.

La omisión e indiferencia del Estado frente a la problemática de explotación laboral por parte de empresas pesqueras y el desarrollo de la actividad en condiciones peligrosas, llevó a la Asociación de Miskitos Hondureños de Buzos Lisiados, la Asociación de Mujeres Miskitas y el Consejo de Ancianos a presentar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en noviembre de 2004. Desde el año 2007, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) se incorporó como representante del caso. 

La Comisión concluyó que el Estado, a pesar de tener conocimiento de la situación de esta comunidad, no adopto medidas para remediarlo, por lo que vulneró el derecho a la integridad personal de los buzos que sufrieron accidentes y violó el derecho a la vida de quienes fallecieron momentos después de dichos accidentes, poniendo en peligro la integridad del Pueblo Miskitu. 

Con respecto a las recomendaciones generadas por la Comisión, el Estado ha cumplido parcialmente con algunas de ellas, como la creación de una Comisión Técnica Especializada que aborde la situación actual de la pesca submarina, ha otorgado viviendas a víctimas del caso y sus familiares, y ha brindado becas a hijos e hijas de buzos con discapacidad. Sin embargo, estas son medidas que no han sido integrales y, por el contrario, han carecido de dotación de recursos y continuidad, por lo que el Estado sigue en deuda con las comunidades de buzos Miskitos. 

En mayo de 2019, la Comisión presentó la demanda del caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se encuentra a la espera de una audiencia por parte de la Corte IDH en San José de Costa Rica. 

El proceso ante la CIDH involucra a 43 víctimas con algún tipo de discapacidad y a 22 buzos que fallecieron en el desarrollo de la labor. Se espera que el caso contribuya a que el Estado hondureño adopte medidas estructurales que reparen el daño al pueblo Miskitu. 

Impacto del caso: 

  • Este caso representa la oportunidad de que por primera vez las víctimas y sus familias tengan la posibilidad de recibir una adecuada y oportuna reparación y se puedan generar estándares internacionales, que dignifiquen la lucha que las comunidades de buzos del Pueblo Miskitu han emprendido y reconozca su legitimidad. 
  • Una posible sentencia por parte de la Corte IDH sobre el caso, es una oportunidad para que Honduras establezca políticas públicas efectivas, orientadas a mejorar la situación de explotación laboral en la que se encuentran los buzos Miskitos.

Fecha de actualización: 21 de febrero 2020