Amicus Curiae sobre “las actividades de las empresas privadas de armas y sus efectos en los derechos humanos»
En esta oportunidad, Omega y CEJIL tienen el honor de someter a la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos las presentes observaciones escritas en el marco de la solicitud de opinión consultiva formulada por los Estados Unidos Mexicanos sobre las obligaciones de los Estados en frente al derecho a la vida e integridad personal en relación con las actividades de las empresas privadas de armas.
Este informe argumenta que la obligación de los Estados de prevenir la tortura y otros malos tratos y la privación arbitraria de la vida les exige prohibir el comercio, la producción y el uso de armas que aun sin ser de fuego son intrínsecamente abusivas y establecer controles exhaustivos y efectivos, basados en los derechos humanos, sobre la producción, el comercio y el uso de armas menos letales permitidas. Estas últimas pueden y frecuentemente son utilizadas indebidamente, afectando el derecho a la integridad y hasta infligiendo torturas o malos tratos3. Es decir, las obligaciones internacionales en torno al derecho a la vida y la integridad personal requieren a los Estados prohibir el primer grupo de armas y estrictamente regular el segundo grupo de armas. Descargar informe