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8 de septiembre de 2009 Comunicado de Prensa

Nueva condena internacional contra Honduras

San José, 21 de septiembre del 2006.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) aprobó una nueva sentencia contra el Estado de Honduras en el caso Servellón García. El Estado fue condenado por violar los derechos a la vida, a la integridad y a la libertad personal. 

Marco Antonio Servellón García (16 años), Rony Alexis Betancourt (17 años), y Orlando Álvarez Ríos (32 años) fueron detenidos el 15 de septiembre de 1995, en un operativo policial durante la celebración de la Independencia de Honduras y llevados a un reclusorio. Al día siguiente, Diómedes Obed García (19 años) fue encarcelado y trasladado al mismo lugar. Después de ser sometidos a golpizas y malos tratos por los agentes de la policía, fueron ejecutados el 17 de septiembre de 1995. Sus cuerpos fueron hallados ese mismo día en distintos sitios de la capital hondureña por lo que el caso es conocido en la prensa local como el asesinato de los “Cuatro Puntos Cardinales”.

Han transcurrido 9 años desde que ocurrieron los hechos y hasta la fecha no se ha sancionado a nadie, a pesar que existen testigos que señalaron como responsables a varios agentes de la Seguridad Pública.

Casa Alianza y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), las organizaciones denunciantes indicaron ante la Corte Interamericana que las muertes de los jóvenes no constituyeron un hecho aislado, sino que formó parte de un patrón sistemático de violación de derechos humanos dirigidos principalmente a niños y adolescentes en situación de riesgo, que se inició en 1995 y se agudizó entre 1998 y el 2000. Este patrón responde a la “limpieza social” en el marco de la política anti-maras, que incluso fue fomentado y tolerado por autoridades estatales. Al respecto la Corte en su sentencia resaltó “se utilizó un modus operandi común entre si, y ellos ocurrieron en el contexto de ejecuciones extrajudiciales de niños y jóvenes en situación de riesgo, existente en la época de los hechos en Honduras”.

En virtud de los hechos demostrados, la Corte ordenó “establecer un programa de formación y capacitación para el personal policial, judicial, del Ministerio Público, y penitenciario sobre la especial protección que debe ser prestada por el Estado a los niños y jóvenes.”

Por otra parte, el Gobierno debe llevar a cabo una campaña pública con la finalidad de sensibilizar a la sociedad hondureña sobre la protección a los niños y jóvenes, y hacerle ver que esta población en situación de riesgo social no está identificada con la delincuencia. Además, “el Estado deberá emitir, en el plazo de un año, un sello postal alusivo a la protección debida por el Estado y la sociedad a los niños y jóvenes en situación de riesgo, para evitar que estos se tornen víctimas de violencia”.

En lo que se refiere a impartir justicia, Honduras “debe crear una base de datos unificada entre todas las instituciones involucradas en la investigación, identificación y sanción de los responsables por las muertes violentas de niños y jóvenes en situación de riesgo”.

Vale recordar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de cumplimiento obligatorio para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que han aceptado su competencia.