27 de agosto de 2010 Comunicado de Prensa

Caso Montiel Flores y Cabrera García vs. México: detención ilegal, tortura y proceso irregular de campesinos ecologistas

 

Los días 26 y 27 de agosto de 2010, la Corte Interamericana de Derechos Humanos conocerá del caso de los campesinos ecologistas Cabrera García y Montiel Flores.

El 2 de mayo de 1999, cerca de 40 miembros del ejército mexicano irrumpieron en la pequeña comunidad de Pizotla, ubicada en el Estado de Guerrero. En el marco de esa situación Teodoro Cabrera y Rodolfo Montiel, quienes participaban activamente en la defensa de los bosques, fueron apresados ilegal y arbitrariamente por la fuerza militar sin estar cometiendo delito alguno ni existir orden de detención contra ellos. Los dos campesinos recién fueron puestos a disposición de una autoridad judicial cinco días después de su detención, en exceso de los plazos legales correspondientes. Durante ese lapso, estando bajo poder del ejército, fueron torturados y obligados a firmar confesiones de delitos que finalmente derivaron en condenas en su contra. Las torturas de las que fueron víctimas permanecen impunes.

Este marco de graves violaciones de derechos humanos se dio como represalia a su labor en defensa del ambiente, a través de la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán y Coyuca de Catalán – OCESP – cuyo objetivo se centraba en la lucha contra la deforestación indiscriminada y la defensa de los recursos naturales.

Los Sres. Cabrera y Montiel, declarados “presos de conciencia” por Amnistía Internacional, permanecieron más de 2 años privados de su libertad. En el marco de una creciente atención pública sobre el caso, fueron liberados en noviembre de 2001. Esto se hizo en razón de la incompatibilidad del encierro con su estado de salud y condición física, según adujo el gobierno mexicano. No obstante, el proceso legal contra ellos continuó, y fueron declarados culpables del delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo del ejército, atendiendo a sus confesiones.

Los campesinos ambientalistas, en razón de su activismo, fueron víctimas de atentados contra su integridad física, su libertad y seguridad personales. Además, estuvieron sujetos a un sistema judicial que no respetó la presunción de inocencia ni las garantías del debido proceso, y que no investigó ni sancionó las torturas que padecieron. Todo lo anterior implica el incumplimiento del Estado mexicano de normas internacionales de derechos humanos.

El caso se enmarca en un contexto que hoy perdura en México, signado por la represión de los movimientos sociales, la intervención ilegítima y abusiva del ejército en tareas de seguridad pública que no le son propias, la utilización impune de la tortura y los malos tratos por parte de las autoridades, y la existencia de un sistema penal tendiente a convalidar declaraciones obtenidas por esos métodos.

Once años después de los hechos, este caso brinda a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la oportunidad de reiterar, fortalecer y ampliar su jurisprudencia sobre la estrecha relación existente entre la defensa del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos, recientemente establecida en el caso Kawas contra Honduras. El reconocimiento de los defensores ambientalistas como defensores de derechos humanos cobra vigencia en un contexto donde la labor de dichos defensores se ve amenazada por hostigamientos con motivo de su labor.

Asimismo, el presente caso permitirá a esta instancia supranacional pronunciarse sobre el deber de prevenir o minimizar todo riesgo de abusos y arbitrariedades en actividades llevadas a cabo en el marco de políticas de seguridad; especialmente cuando pueden restringir la libertad de las personas, sobre la importancia de garantizar investigaciones adecuadas, oportunas y eficaces cuando existen alegaciones de tortura y las garantías que deben asegurarse a toda persona procesada ante los tribunales de justicia.

La audiencia pública se desarrollará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José, a partir de las 15:00 hrs. del día 26 de agosto, y continuará a partir de las 9:00 hrs. del día siguiente.

Litigan el caso, en representación de las víctimas, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” (Tlachinollan) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

El proceso internacional se originó en una denuncia presentada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre de 2001. Este órgano emitió un informe sobre el fondo del asunto en octubre de 2008, concluyendo que el Estado mexicano es responsable por las violaciones a los derechos humanos padecidas por los Sres. Cabrera y Montiel. Frente al incumplimiento de las recomendaciones realizadas en ese documento, el 24 de junio de 2009 sometió el caso a la Corte.

 

En caso de ser requerida mayor información, puede solicitarse por correo electrónico a mesoamerica@cejil.org.

 

Foto: Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera (fuente Centro Prodh)