Política migratoria en Estados Unidos: un boletín para organizaciones mesoamericanas – Marzo 2020
- Medidas de respuesta al COVID-19 limitan el ingreso a Estados Unidos e impiden solicitudes de asilo
- Implementación del MPP avanza con orden de Corte Suprema
- Corte de Apelaciones reafirma el acceso al asilo de personas sujetas a la práctica de metering antes del cambio de normativa
- Litigios buscan la liberación de personas en detención migratoria por motivo del coronavirus
ACCIONES EJECUTIVAS
Aquí resumimos algunas de las actuaciones del Poder Ejecutivo estadounidense implementadas durante el pasado mes que impactan los derechos humanos de las personas migrantes.
1. Nuevas políticas justificadas por razones de salud pública limitan acceso al territorio y al asilo
El 20 de marzo, se emitieron una serie de políticas que restringen la entrada a Estados Unidos por motivos del coronavirus, o COVID-19, las cuales entraron en vigencia el 21 de marzo. Específicamente, se adoptaron medidas que limitan el tránsito por los puertos de entrada terrestres desde México y Canadá. Además, se impusieron suspensiones generales para el ingreso al país de personas provenientes de “ciertos países extranjeros” que se considera suponen un peligro para la transmisión del virus. Estas políticas iban acompañadas por una orden de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) que pretende justificar el control sobre el ingreso al territorio por motivos de salud pública.
Estas políticas instruyen a las y los agentes fronterizos a devolver inmediatamente a personas que lleguen a los puertos de entrada del país sin que haya un proceso para identificar personas en riesgo de persecución que puedan necesitar asilo u otra forma de protección internacional. En este sentido, organizaciones han denunciado que las nuevas políticas están dando lugar a una nueva forma de retorno o expulsión, que afecta a personas de todas las edades, sin una orden o constancia. Algunos medios y representantes del Congreso han señalado que la implementación de esta política desconoce la ley estadounidense.
LITIGIO Y JURISPRUDENCIA
En esta sección analizamos los procesos pendientes en las cortes estadounidenses con respecto a políticas migratorias, así como las más recientes decisiones que afectan el marco jurídico para las personas migrantes.
2. Corte Suprema pausa la suspensión provisional del MPP
El 11 de marzo, la Corte Suprema emitió un fallo que detiene la suspensión provisional de la implementación del MPP otorgada por las cortes inferiores a finales de febrero. En su decisión, la Corte Suprema no entra a un análisis de los fundamentos o a cuestionar la conclusión de los tribunales de primera instancia y de apelaciones respecto de que la política ‘Quédate en México’ sería contraria al derecho federal estadounidense. Su decisión está limitada a pausar la implementación de la suspensión provisional mientras se considera la petición por parte del gobierno estadounidense de que la Corte Suprema admita el caso para revisar la decisión inferior. Según la petición del gobierno, la suspensión provisional del MPP desbordaría las capacidades de gestión de los y las agentes en frontera para responder a las decenas de miles de personas que se presentarían para aprovechar el cambio en la ley.
Las organizaciones litigantes esperan que la Corte Suprema coincida con y adopte las valoraciones de las cortes inferiores y declare que la política es contraria a derecho. En el marco del proceso se ha presentado una declaración de un anterior director del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) señalando que en su experiencia, las autoridades tienen la capacidad de gestionar la suspensión provisional.
En términos prácticos, con la decisión de la Corte Suprema, las autoridades migratorias estadounidenses pueden seguir implementando el MPP hasta que haya una decisión por parte de la Corte Suprema respecto de la validez de la suspensión provisional.
3. Decisión de Corte de Apelaciones reintegra la suspensión provisional, impidiendo la aplicación de políticas que limitan el acceso al asilo a personas previamente sujetas a metering
Tras meses de litigio, el 5 de marzo la Corte de Apelaciones para el Noveno Circuito decidió reintegrar la suspensión provisional del reglamento conocido como el third country travel ban a personas sujetas a metering en la frontera sur de Estados Unidos. La decisión surge en el marco del litigio Al Otro Lado v. Wolf, un caso que lleva pendiente ante las cortes desde 2017, que denuncia la práctica de devolver a las personas que solicitan asilo en los puertos de entradas, práctica que eventualmente se convirtió en la política de metering, el uso de una lista de espera para poder acceder al procedimiento de asilo.
Cuando se adoptó el reglamento que establece inelegibilidad para asilo a personas que han transitado por un tercer país si se presenta a partir del 16 de julio de 2019, las organizaciones litigantes identificaron que esta nueva norma estaba siendo aplicada a personas que estaban en las listas de espera antes del 16 de julio, pero quienes, debido a la política de metering, todavía no habían podido formalizar sus solicitudes antes de esa fecha.
En la edición de nuestro Boletín de noviembre de 2019, señalamos que el 19 de ese mes, una jueza federal ordenó la suspensión provisional del reglamento con respecto a aquellas personas que han enfrentado metering. No obstante, el mes siguiente, la Corte de Apelaciones detuvo temporalmente la implementación de la suspensión provisional. Con su más reciente decisión, la Corte de Apelaciones reintegra la suspensión provisional otorgada en noviembre.
En consecuencia, hasta que haya novedades en el litigio, no se puede aplicar el reglamento de inelegibilidad para asilo basado en tránsito por un tercer país a aquellas personas que estuvieron sujetas a la política de metering antes de que entró en vigencia el reglamento el 16 de julio de 2019. Las organizaciones litigantes han preparado una guía para entender mejor la suspensión provisional en este caso.
4. Organizaciones litigan para la liberación de personas en detención migratoria por motivo del COVID-19
A partir de mediados de marzo, numerosas organizaciones han presentado nuevos litigios o peticiones en el marco del litigio existente para exigir la liberación de las personas migrantes en los centros de detención migratorios debido a los riesgos específicos que supone la pandemia del coronavirus. El 16 de marzo, organizaciones en el estado de Washington presentaron una demanda para la liberación de aquellas personas que, por sus edades y las condiciones médicas subyacentes, están en alto riesgo de grave enfermedad o muerte en caso de contagiarse con el coronavirus. La demanda fue acompañada de una petición para una orden de restricción temporal – una medida de protección inmediata – que fue inicialmente negada el 19 de marzo, pero solicitada nuevamente por las organizaciones días después.
Se han presentado demandas y peticiones similares en múltiples otras jurisdicciones del país. En un caso presentado con respecto a las personas migrantes detenidas en Pennsylvania, el 31 de marzo el juez ordenó la liberación inmediata de las personas en riesgo ese mismo día. Algunos otros casos han resultado en ordenes de liberación con respecto a algunas instalaciones en Nueva York y California, mientras otros litigios avanzan ante las cortes. En el caso de una mujer mexicana solicitante de asilo cuyo caso se encuentra pendiente ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, se emitió una decisión sua sponte ordenando su liberación.
Con respecto a personas menores de edad en detención migratoria, las organizaciones litigantes en el caso Flores presentaron una petición para una restricción temporal, y el 28 de marzo, lograron una orden judicial de protección que exige inspecciones reforzadas de las instalaciones de detención de ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, por sus siglas en inglés) para asegurar condiciones de seguridad y sanidad y que obliga el gobierno a hacer todos los esfuerzos posibles para liberar las y los menores de edad detenidos con prontitud y seguridad.