img_64751
16 de julio de 2020 Comunicado de Prensa

Política migratoria en Estados Unidos: un boletín para organizaciones mesoamericanas – Junio 2020

Desde el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) compartimos una nueva edición de nuestro boletín sobre política migratoria en Estados Unidos. En un contexto en que las decisiones políticas y judiciales de Estados Unidos generan nuevos retos para la garantía de los derechos humanos de las personas migrantes en la región mesoamericana, creemos que la información es vital para encontrar rutas para su defensa y promoción. En este documento, presentamos un resumen mensual de iniciativas ejecutivas, decisiones judiciales y debates legislativos de Estados Unidos, con el fin de identificar nuevos espacios para las estrategias de promoción y protección de los derechos humanos de las personas migrantes en Centroamérica y México.
 
En esta edición del boletín, analizamos los siguientes avances y retrocesos en la política migratoria estadounidense que tuvieron lugar durante el mes de junio de 2020:
  1. Nueva propuesta reglamentaria transformaría el sistema y los criterios de asilo y otras formas de protección internacional
  2. Proclamación presidencial extiende prohibición sobre entrada de ciertas personas en el marco de COVID-19
  3. Litigio impugna política de expulsiones en la frontera en el marco de la pandemia
  4. Decisión de Corte Suprema impide revocación de DACA
  5. Corte Suprema falla en contra la revisión judicial de órdenes de deportación de solicitantes de asilo en trámites acelerados
  6. Decisión judicial anula política que limita asilo por motivo de tránsito por un tercer país

ACCIONES EJECUTIVAS

En esta sección resumimos algunas de las actuaciones del Poder Ejecutivo estadounidense implementadas durante el pasado mes que impactan los derechos humanos de las personas migrantes.

1. Amplia propuesta de enmienda reglamentaria busca restringir dramáticamente la posibilidad de protección internacional en Estados Unidos

El 15 de junio, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia efectuaron la publicación oficial de la propuesta de enmienda a los reglamentos sobre asilo, y otras formas de protección internacional: withholding of removal y protección bajo la Convención contra Tortura.
 
La propuesta cambiaría los procedimientos y los criterios para personas que buscan asilo u otra forma de protección en Estados Unidos, y haría más difícil acceder a estas categorías. Aunque el alcance de la propuesta es muy amplio, algunas de las consecuencias incluirían: 
  1. Se busca cambiar el procedimiento para asilo en frontera. Aquellas personas que demuestren un temor creíble ante un agente de DHS serían referidas a un procedimiento abreviado y acelerado ante una corte de migración. Actualmente, personas con un temor creíble entran en procedimientos para una revisión completa de su elegibilidad para protección internacional u otras categorías migratorias disponibles. 
  2. Se aumentaría la carga de prueba en las entrevistas de temor creíble en frontera para quienes no son elegibles para asilo y buscan withholding of removal o protección bajo la Convención contra la Tortura. Actualmente, una persona que llega a la frontera tiene que demostrar una “posibilidad significativa” de sufrir persecución o tortura, y posteriormente se abordan temas de elegibilidad para distintas formas de protección. La propuesta establecería dos procedimientos distintos en la frontera, requeriría una determinación de elegibilidad para solicitar asilo por parte de agentes del DHS, y aumentaría la carga de prueba a una “posibilidad razonable” de persecución o tortura.
  3. Se cambiarían los criterios para poder demostrar un temor creíble en la frontera para incluir la consideración sobre la posibilidad de reubicación interna para evitar persecución o tortura en el país de origen y se reducirían las circunstancias en las cuales se referiría una determinación adversa por parte del DHS para revisión por las cortes migratorias.
  4. Se ampliarían los criterios para considerar una solicitud para protección como “frívola”, la cual impide que la persona solicitante pueda acceder a otras categorías migratorias en el país, y permitir que oficiales de DHS hagan esas determinaciones. Actualmente, son jueces y juezas migratorias quienes toman esas decisiones.
  5. Se suprimiría la necesidad de una audiencia individualizada y la oportunidad de comparecer ante la corte de migración cuando no exista una disputa fáctica y facultaría a las y los jueces con la competencia de negar una solicitud que no demuestra elegibilidad prima facie
  6. Se sumarían requisitos para poder demostrar pertenencia a un “determinado grupo social”, la existencia de una “opinión política”, o “persecución”, efectivamente haciendo más difícil cumplir con ellos para propósitos de asilo o withholding of removal, particularmente para quienes huyen de violencia basada en género o amenazas por parte de pandillas. Además, la propuesta reglamentaria obligaría a la persona solicitante a ofrecer una definición del determinado grupo social, mientras actualmente, la o el juez de migración puede extraer esta definición de sus declaraciones, particularmente en aquellos casos donde no se cuenta con representación legal.
  7. Se ampliarían los criterios para el ejercicio de discreción por parte de la o el tomador de decisión para la consideración de factores negativos, entre otros: la entrada irregular al país, la falta de haber solicitado protección en un país de tránsito y el uso de documentos fraudulentos. 
Se abrió plazo hasta el 15 de julio para que personas y organizaciones interesadas presentaran comentarios sobra la propuesta de enmienda. 
 

2. Trump emite proclamación presidencial que suspende entrada de ciertas personas migrantes al territorio estadounidense en el marco de la pandemia hasta finales de 2020

A través de una proclamación presidencial, el 22 de junio, el mandatario estadounidense ordenó la suspensión de la entrada a Estados Unidos de personas que suponen un riesgo al mercado laboral estadounidense en el marco del COVID-19. Esta nueva política amplia las categorías de personas cuya entrada está prohibida para incluir personas con visados temporales de clase H1-B y H-2B (personas trabajadoras temporales), J (visitantes en ciertos tipos de intercambios) y L (personas trabajadoras cuyas empleadoras les transfieren a Estados Unidos). Este documento, complementa una proclamación sobre el mismo asunto emitido el 22 de abril y extiende la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2020. Según sus términos, la nueva proclamación no se aplica a personas con residencia en Estados Unidos o a personas que buscan protección internacional en el país.
 
Un resumen de la proclamación, en inglés, está disponible aquí.
 

LITIGIO Y JURISPRUDENCIA

En esta sección analizamos los procesos pendientes en las cortes estadounidenses con respecto a políticas migratorias, así como las más recientes decisiones que afectan el marco jurídico para las personas migrantes.

3. Litigio contra la política de expulsiones en el contexto de COVID-19 logra una orden judicial frenando la deportación de un joven hondureño

A través de litigio presentado el 9 de junio, organizaciones defensoras de los derechos humanos de las personas migrantes solicitaron la suspensión de una política de expulsiones que había surgido en el marco de la pandemia global por el coronavirus. El reglamento que estableció esta política, analizado en mayor detalle en la edición de nuestro boletín de marzo de 2020, citaba motivos de salud pública para justificar la devolución de forma inmediata de personas migrantes que llegaban a una frontera terrestre de Estados Unidos sin la documentación requerida para autorizar su entrada al país. Más allá de suspender el sistema de asilo, esta política ha sido usada para devolver de forma expedita a miles de personas, incluidas personas menores de edad.
 
En el litigio, las organizaciones denuncian el riesgo de expulsión de un adolescente hondureño no acompañado de 16 años de edad que llegó a Estados Unidos a principios de junio, alegando que la nueva política desconoce las protecciones específicas debidas a las y los menores de edad migrantes conforme la normativa estadounidense. Al recibir la demanda, el juez de la corte federal con jurisdicción sobre el litigio ordenó la suspensión inmediata de la deportación mientras se consideran los argumentos de las partes. Tras una audiencia telefónica sobre la solicitud de las organizaciones para una orden de protección, el juez federal ordenó que se detuviese la deportación del joven mientras se resuelve el fondo del litigio. El gobierno ha solicitado que el juez desestime la demanda. 
 
Otra demanda contra la política busca la intervención judicial a favor de una adolescente salvadoreña que fue expulsada a su país de origen conforme la nueva política.
 

4. Fallo de la Corte Suprema bloquea revocación de DACA

En una decisión emitida el 18 de junio, una mayoría de la Corte Suprema determinó que la decisión tomada por la administración Trump en junio de 2017 a rescindir el programa Deferred Action for Childhood Arrivals, o DACA, fue contraria a ley. Establecido en 2012, DACA permite que ciertas personas migrantes que llegaron irregularmente a Estados Unidos cuando eran menores de edad puedan solicitar una postergación temporal de deportación, la cual les permite solicitar un permiso laboral y otros beneficios. Desde su creación, 70.000 personas se han beneficiado del programa. La decisión de rescindir DACA, según la administración Trump, respondía a su cuestionable legalidad y las prioridades del nuevo gobierno.
 
Tras años de litigio, la decisión de la Corte Suprema determinó que la decisión de rescindir el programa fue arbitraria y caprichosa, y que no fue justificada ni fundamentada. A partir de esta decisión, la Corte devolvió a las cortes inferiores los distintos litigios que se habían consolidado para tomar su decisión. Es posible que la administración hará otro intento para rescindir DACA, esta vez, aprovechando del análisis de forma y contenido desarrollados en la decisión de la Corte Suprema.  Mientras tanto, las personas que se han beneficiado de DACA pueden renovar su participación en dicho programa.
 
Esta decisión tiene consecuencias importantes para las personas que ya se habían beneficiado del programa y sus familias; sin embargo, no cambia el escenario para las personas que se encuentran fuera de Estados Unidos o en la frontera de dicho país.
 

5. Fallo de la Corte Suprema limita posibilidad de revisión judicial de órdenes de deportación de ciertas categorías de solicitantes de asilo

En una decisión publicada el 25 de junio en el caso conocido como Thuraissigiam, una mayoría de las y los jueces de la Corte Suprema de Estados Unidos falló que las cortes federales no tienen competencia para revisar una determinación, en un procedimiento de deportación acelerada, de que una persona solicitante de asilo no tenga un temor creíble de persecución a través de un habeas corpus. El Sr. Thuraissigiam, nativo de Sri Lanka, había entrado a Estados Unidos de manera irregular, y aunque solicitó asilo, fue procesado a través de expedited removal, un procedimiento administrativo acelerado. Tras una determinación negativa a nivel administrativo, el Sr. Thuraissigiam interpuso un habeas corpus para conseguir una revisión judicial de la determinación administrativa. 
 
En su fallo, siete jueces de la Corte Suprema consideraron que el habeas corpus solo se puede usar para exigir la liberación de personas en la custodia del Estado, pero no para lograr una revisión de una determinación hecha en el marco de una solicitud de asilo. El razonamiento de la mayoría también señala que las personas migrantes que son encontradas entrando al país tienen solo derechos mínimos en cuanto al debido proceso, y señalaron que, a pesar de que el Sr. Thuraissigiam se encontraba en el territorio estadounidense, su situación es igual que una persona que se encuentra en un puerto de entrada al país. 
 
Un análisis de las posturas de las y los jueces integrantes de la Corte Suprema, en inglés, está disponible aquí
 

6. Juez Federal falla en contra al reglamento que impide acceso a asilo basado en tránsito por terceros países, dejándolo sin efecto

En el marco de un litigio iniciado en julio de 2019, un juez federal ha fallado en contra de una política que buscaba restringir el asilo para personas que habían transitado por un tercer país. El reglamento, conocido como el third country transit ban en inglés, fue promulgado en julio de 2019. Como expusimos en la edición de nuestro boletín que corresponde a ese mes, ese reglamento excluía de elegibilidad para asilo a toda persona que entre o intente entrar a los Estados Unidos por la frontera sur, sin haber solicitado protección internacional cuando esta estuviere disponible en al menos un tercer país (no su país de nacionalidad) a través del cual la persona hubiese transitado en camino a los Estados Unidos.
 
Organizaciones defensoras de los derechos de las personas migrantes interpusieron demandas contra esta política, alegando su inconformidad con la normativa estadounidense. Aunque en julio de 2019, el juez federal negó una solicitud de suspender la implementación de la política mientras se resolvía el fondo del asunto, en una decisión de fondo emitida en 30 de junio de 2020, el mismo juez consideró que el gobierno no había cumplido con los requisitos para promulgar el reglamento. Específicamente, el juez falló que el gobierno no había cumplido con el procedimiento de publicar una propuesta reglamentaria y abrir un periodo para recibir comentarios al respecto, antes de implementar la política. Aunque el gobierno había intentado justificar su actuación apelando a las excepciones a estos requisitos, el juez desestimó sus argumentos. Por lo tanto, el juez ordenó que el reglamento quede sin efecto. Se prevé que el gobierno presentará una apelación de esta decisión. 

 

Revisa el boletín en PDF: