Perú debe impedir cualquier tipo de amnistía encubierta
Washington D.C, 2 de septiembre de 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) manifiesta su profunda preocupación por las declaraciones formuladas por el Ministro de Defensa de Perú, general en retiro Daniel Mora, en una entrevista con la radio local del Instituto de Defensa Legal el pasado 31 de agosto de 2011, ya que representan un retroceso en la lucha contra la impunidad. El Ministro Mora hizo referencia a una “solución de punto final” a los juicios de militares por crímenes de lesa humanidad para encaminarse a la reconciliación en Perú.
CEJIL insta al Presidente Ollanta Humala a enviar un mensaje contundente acorde con sus compromisos de campaña y con sus obligaciones internacionales a favor del respeto de los derechos humanos, incluyendo el acatamiento con el informe de la Comisión de la Verdad de ese país y una reparación integral para las víctimas del conflicto.
En este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ya se ha pronunciado sobre la incompatibilidad con la Convención Americana de Derechos Humanos de las leyes que favorecen la impunidad de graves violaciones a los derechos humanos. Sobre Perú, dicho Tribunal ha emitido varias sentencias en los casos Barrios Altos (2001), La Cantuta (2006), Anzualdo Castro (2009) en los que decretó la inadmisibilidad de medidas que impidan la investigación y sanción de los responsables de violaciones graves a los derechos humanos. En su último pronunciamiento, el Tribunal interamericano estableció que el Perú “no podrá argüir ni aplicar ninguna ley ni disposición de derecho interno, existente o que se expida en el futuro, para eximirse de la orden de la Corte de investigar y, en su caso, sancionar penalmente a los responsables.”
La Directora Ejecutiva de CEJIL, Viviana Krsticevic, señaló que “Ninguna clase de legislación o política estatal que tenga como objetivo impedir la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, aún y cuando se realice mediante procesos democráticos, resultaría compatible con el derecho internacional de los derechos humanos”. Sobre este último punto la Corte IDH señaló en su reciente fallo del caso Gelman v Uruguay que el hecho de que esta clase de leyes se aprueben “en un régimen democrático” y aun cuando sean “ratificada[s] o respaldada[s] por la ciudadanía” “no le concede, automáticamente ni por sí sola, legitimidad ante el Derecho Internacional.”
No es la primera vez que en el Perú se hable de proyectos de legislación o prácticas contrarias a su obligación de investigar graves violaciones a los derechos humanos. En noviembre de 2008 se presentaron ante el Congreso dos proyectos de ley que pretendían conceder la amnistía e indulto a agentes estatales denunciados, investigados, encausados, procesados o condenados por violaciones de derechos humanos. Además, en octubre de 2009 se pretendió a través de otro proyecto de ley dotar de impunidad al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú “que en cumplimiento de su deber dentro de zonas de emergencia y haciendo uso de la fuerza letal, causa muerte o lesiones graves”.
Por todo esto, CEJIL hace un llamado al Presidente Humala a que se deslinde de cualquier declaración e intención de su gobierno de apoyar iniciativas de esta naturaleza.
Finalmente, a través de nuestro trabajo en la defensa de víctimas de derechos humanos en ese país, hemos observado que uno de los impedimentos más graves para combatir la impunidad ha sido la falta de acceso a archivos de las fuerzas armadas. Por ello, CEJIL urge al gobierno de Perú que colabore con los procesos judiciales aún abiertos para que, en un tiempo razonable, puedan concluir y puedan establecerse las responsabilidades individuales y sus correspondientes reparaciones a las víctimas.
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