Panamá podría ir otra vez a la Corte Interamericana de Derechos Humanos
El día de hoy, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Centro por la Asistencia Legal Popular (CEALP) de Panamá le solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que someta el caso de Santander Tristán a la Corte Interamericana, con sede en San José de Costa Rica.
Las organizaciones alegaron ante la CIDH que Panamá no respeta la libertad de expresión, ya que sus leyes sobre injurias y calumnias son utilizadas para amedrentar a todos aquellos que osan criticar a los funcionarios públicos. “En Panamá los funcionarios públicos tienen poca tolerancia frente a la auditoría ciudadana, al escrutinio y a la crítica. El caso Santander Tristán es un claro ejemplo, pero no es el único. Según información de la Defensoría de los Habitantes de Panamá, actualmente más de 80 periodistas enfrentan procesos judiciales en su contra por los delitos de calumnias e injurias, la mayoría de ellos planteados por servidores estatales”.
Tanto para CEJIL como para CEALP las disposiciones penales sobre difamación, injurias y calumnias vigentes en Panamá inhiben la crítica dirigida a un funcionario público, toda vez que la posible sanción penal se constituye en un método indirecto de restricción a la libertad de expresión. Por ello, el objetivo de que el caso vaya a la Corte Interamericana es que ésta señale que la imposición de sanciones penales para proteger la honra y la reputación provoca un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión, acallando la emisión de información sobre asuntos de interés público que involucran a funcionarios públicos. Se pretende que el Estado de Panamá se abstenga de censurar la información respecto de actos de interés público llevados a cabo por funcionarios públicos o por particulares involucrados voluntariamente en asuntos públicos, dado que éstos deben demostrar mayor tolerancia a las críticas, lo cual implica una protección de la privacidad y la reputación diferente que la que se otorga a un particular.
La petición de enviar el caso a la Corte Interamericana se hace después de que la CIDH declarara que Panamá es responsable de violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio de Santader Tristán. La única forma de que el Estado evite ir a la Corte es que cumpla con las recomendaciones hechas por la CIDH para reivindicar los derechos de la víctima, para lo cual tiene un plazo de dos meses, a partir noviembre de este año.
Los hechos violatorios contra Santander Tristán ocurrieron en julio de 1996 cuando se dio la grabación de una conversación telefónica entre él, como abogado, y un cliente. Posteriormente, el exprocurador de la Nación, Antonio Sossa, divulgó el contenido de la grabación. En una conferencia de prensa el señor Tristán Donoso denunció esta intromisión a su vida privada y a la confidencialidad y libertad en el ejercicio de la profesión de abogado y denunció judicialmente al señor Sossa. La Corte Suprema de Justicia sobreseyó al ex Procurador General y luego éste presentó una querella contra el abogado por los delitos de calumnia e injuria. Tristán Donoso fue condenado y sentenciado a dieciocho meses de cárcel, pena sustituida por días multa.
Las organizaciones de derechos humanos esperan que Panamá adecúe su legislación y prácticas nacionales para que se respete el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la vida privada, derechos que si bien no son absolutos, sus restricciones deben estar claramente establecidas por leyes que respeten la dignidad humana.