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11 de septiembre de 2019 Comunicado de Prensa

Organizaciones internacionales expresan preocupación por irregularidades en el proceso de elección de altas Cortes en Guatemala

Las organizaciones internacionales que conformamos el Observatorio Internacional sobre Guatemala expresamos nuestra preocupación por la manera en que se han venido desarrollando lo procesos de selección de magistrados y magistradas de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, debido a que hemos identificado varios aspectos que se apartan de los estándares internacionales, y que reproducen los graves cuestionamientos realizados a los procesos de selección  llevados a cabo en el año 2014, todo lo cual podría poner en riesgo la legitimidad de las elecciones y condicionar su resultado. Según hemos observado, los aspectos de mayor preocupación son los siguientes:

1. En primer lugar, nos preocupan las denuncias sobre las supuestas irregularidades en la manera en que se integraron las entidades postuladoras. Al respecto, existen cuestionamientos debido a que la convocatoria de los 12 magistrados de las Salas de Apelaciones, que deben formar parte de la Comisión de Postulación para elegir las magistraturas de la Corte Suprema, fuera realizada por el Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones – entidad de carácter civil no prevista ni en la Constitución ni en la LCP, y por lo tanto, que carecería de facultades legales para ello.

2. Por otra parte, se ha cuestionado la presentación de una única planilla de candidatos, contraviniendo el principio de representación de las minorías establecido en la LCP; y que, además, no se verificaron los requisitos de elegibilidad y honorabilidad de los postulantes. Las dos acciones de amparo presentadas en relación con dichos cuestionamientos están aún pendientes de resolver. Preocupa que el proceso siga avanzando sin la resolución de estos temas tan fundamentales.

Adicionalmente, en un informe presentado por la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) el pasado 31 de julio sobre las Comisiones de Postulación, se señala que se han creado universidades cuyo único propósito es ocupar los puestos otorgados a los decanos de las facultades de derecho en las postuladoras, lo cual podría significar una incidencia grave e indebida en la elección de las altas autoridades judiciales.

3. Por otra parte, si bien ambas Comisiones de Postulación aprobaron el “perfil requerido” para las magistraturas de Corte Suprema y de Apelaciones, incluyendo exigencias éticas para quienes postulan a esos cargos, nos resulta preocupante que, en ambos casos, tales exigencias se entienden satisfechas mediante la presentación de constancias, certificaciones y declaraciones juradas de las propias personas candidatas, sin considerar que, por su naturaleza, la evaluación de la integridad requiere de la valoración de distintos aspectos de la trayectoria de vida personal y profesional que no pueden ser reducidas a la presentación de documentos.

4. Nos preocupa aún más que las Comisiones tomaran la decisión de suprimir la etapa de entrevistas. Esta eliminación tiene un impacto directo sobre la capacidad de las postuladoras de evaluar los aspectos éticos de las/os candidatas/os y constituyen un obstáculo para el escrutinio de los sectores sociales sobre el proceso en general. Además, aumenta el margen de discrecionalidad de las calificaciones y genera un riesgo para la garantía de elección en base al mérito.

5. La postulación de candidaturas por parte de personas que, a su vez, forman parte de las entidades postuladoras, nos parece un hecho de extrema gravedad ya que genera un claro conflicto de intereses, que no solamente afecta la apariencia de neutralidad e independencia de los entes postuladores, sino que pudiera condicionar el voto de estas personas al avance que puedan tener sus propias candidaturas.

6. Es también de gran preocupación, el incumplimiento a la Ley de Carrera Judicial de 2016 (LCJ), que dispone que el Consejo de la Carrera Judicial elabore y envíe a las Comisiones de Postulación un listado de magistrados y jueces que hayan superado satisfactoriamente una evaluación sobre su desempeño. Esto es de especial relevancia ya que la misma LCJ requiere que las postuladoras elijan de manera preferente o equitativa a postulantes que provengan de la carrera judicial. A la fecha, las Comisiones de Postulación no han solicitado ese listado al Consejo de la Carrera Judicial, quien a su vez no ha realizado dicha evaluación respecto de los magistrados de apelaciones debido a que luego de la reforma de 2016, no ha sido aprobado el Reglamento de la LCJ que establece el procedimiento para realizarla. Ello significa, que desde 2016, ningún magistrado o juez ha sido evaluado bajo los parámetros exigidos por la nueva ley vigente.

7. Finalmente, apreciamos una celeridad indebida en el desarrollo de los procesos, y no adecuada a la importancia que amerita la designación de las altas cortes del país, más aún, si se tiene en cuenta la elevada cantidad de candidaturas que se presentaron en ambas postuladoras. Esto puede afectar gravemente la calidad de las designaciones, y en el largo plazo, la independencia del sistema en su conjunto.

Destacamos que el proceso de elección de magistrados y magistradas de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones constituye un hito fundamental para la preservación del Estado de Derecho y del régimen democrático. En ese sentido, las organizaciones firmantes invocamos al Estado de Guatemala a adoptar las medidas necesarias para garantizar que el desarrollo del proceso de elección de Cortes se realice en estricto apego a la Constitución, las leyes pertinentes, y a los estándares internacionales así como que asegure que los miembros que conforman estos procesos de selección sean personas idóneas para desempeñar su encargo con ética e imparcialidad, y ajenas a conflictos de intereses que puedan condicionar sus votos.

Asimismo, exhortamos a los y las integrantes de dichas Comisiones, a desarrollar su labor de acuerdo con los estándares de máxima transparencia, publicidad, meritocracia, participación ciudadana y respeto a la igualdad y no discriminación, durante todas las etapas del proceso y las instamos a adoptar las recomendaciones extendidas al Estado de Guatemala por los organismos internacionales de derechos humanos para cumplir con su obligación de garantizar a sus ciudadanos y ciudadanas el acceso a una justicia competente, independiente e imparcial.

11 de septiembre de 2019

Organizaciones firmantes:

Open Society Justice Initiative (OSJI)

Fundación para el Debido Proceso (DPLF)

Abogados sin Fronteras Canadá

Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)

RFK Human Rights

Plataforma Internacional contra la Impunidad

Impunity Watch

Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD)

Guatemala Human Rights Commission

 

Crédito de la fotografía: EDSON LOZANO SEBASTIAN