
Norín Catrimán vs Chile: avances y reparaciones pendientes a 11 años de la sentencia
- El caso marcó un avance en el reconocimiento de los derechos del pueblo mapuche y un precedente importante para combatir la criminalización y discriminación contra líderes mapuches.
- Pese a algunos progresos, las víctimas aún siguen enfrentando obstáculos estructurales en salud, educación y justicia.
Santiago de Chile, 29 de mayo de 2025. — A 11 años de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitiera su sentencia en el caso de líderes mapuche criminalizados bajo la Ley Antiterrorista, las víctimas en conjunto con CEJIL continuamos trabajando por una reparación plena y duradera. En una audiencia privada celebrada el 6 de mayo ante una delegación de la Corte IDH, se evaluó el grado de cumplimiento de la sentencia dictada en 2014 en el caso Norín Catrimán y otros vs. Chile.
El caso Norín Catrimán y otros vs. Chile se refiere a líderes y miembros del pueblo indígena mapuche que, entre 2000 y 2001, fueron procesados y condenados en el contexto de la aplicación de la Ley Antiterrorista, por hechos vinculados a la defensa de sus territorios ancestrales. Los acusados fueron condenados a prisión y se les impusieron penas accesorias de inhabilitación para el ejercicio de sus derechos políticos. En su sentencia, La Corte IDH condenó al Estado chileno por violar los derechos de los líderes mapuches. La Corte concluyó que las condenas fueron arbitrarias e incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, debido a que fueron emitidas bajo la Ley Antiterrorista chilena que viola el principio de legalidad, el derecho a la presunción de inocencia, libertad de expresión y el ejercicio a los derechos políticos. Además, las condenas se basaron en estereotipos negativos y prejuicios en contra de las personas mapuche, las cuales fueron asociadas con el terrorismo.
Durante la audiencia celebrada a inicios de mayo de este año, el juez de la Corte Interamericana escuchó el estado de cumplimiento de la sentencia, se reconocieron algunos avances relevantes por parte del Estado en diversas áreas. No obstante, manifestamos que persisten desafíos que deben ser atendidos para avanzar hacia una reparación completa, que garantice plenamente los derechos de las víctimas del pueblo mapuche y siente bases sólidas para evitar la repetición de hechos similares. A más de una década del fallo, las comunidades beneficiarias de las reparaciones indicadas en la sentencia siguen enfrentando barreras que requieren atención.
En áreas como educación y salud, aún se presentan obstáculos importantes. Es imprescindible abordarlos con un enfoque estructural y participativo, que integre activamente a las víctimas en la construcción de soluciones.
Además, el Estado no ha regulado adecuadamente la legislación procesal de testigos de identidad reservada, que permitió las injustas condenas a los lideres mapuches. Pese al tiempo transcurrido desde la sentencia, la normativa chilena aún no es acorde con los estándares exigidos en materia de protección de testigos y debido proceso, la legislación sigue permitiendo la reserva de identidad de testigos sin un control judicial efectivo y la Ley 21.577, sancionada en 2023 otorga amplias facultades al Ministerio Público para disponer la reserva de identidad, limitando la actuación judicial a una ratificación automática, sin audiencia de las partes. Además, no prohíbe que declaraciones de testigos protegidos puedan utilizarse en grado decisivo para fundar una condena, como ocurrió en los hechos del caso.
Desde CEJIL, organización representante de las víctimas, reafirmamos la importancia de mantener espacios de comunicación permanentes, como la Mesa de Diálogo, para avanzar conjuntamente en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado. Para que ello sea posible, es clave asegurar que dicho espacio funcione de manera efectiva y con resultados concretos. La participación efectiva de las representantes en estos procesos es esencial. Confiamos en que, con voluntad política y participación efectiva, será posible consolidar progresivamente los derechos reconocidos por la Corte IDH y avanzar en el cumplimiento total de las medidas dictadas en la sentencia.