Nicaragua: Corte IDH otorga medidas provisionales a 45 personas presas políticas y demanda al Estado su liberación inmediata
- Se trata de personas que fueron detenidas en el marco de las protestas de 2018, cuando aún no se había promulgado en Nicaragua la normativa que criminaliza a la oposición.
- En Nicaragua hay más de 205 personas presas por motivos políticos.
San José, Costa Rica, 06 de octubre de 2022. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó el otorgamiento de medidas provisionales a 45 personas privadas de libertad en Nicaragua. Las medidas se extienden a sus núcleos familiares.
Se trata de personas que habrían participado en las protestas ciudadanas de 2018 y que fueron detenidas de manera previa a la normativa promulgada en Nicaragua que criminaliza a la oposición, de ahí que los tipos penales utilizados son variados y su situación jurídica es diversa.
La Corte IDH reconoce que las personas beneficiarias se encuentran en condiciones descritas como severas, degradantes e inhumanas, que evidencian “la extrema gravedad y urgencia de que se materialicen riesgos a su salud, integridad y vida, debido a las precarias condiciones de detención, a su estado de salud, a la falta de acceso a medicamentos y atención requerida y a los actos de hostigamiento y amenazas padecidos”.
Para el alto Tribunal, la situación de estas personas “conlleva implícito un mensaje intimidatorio orientado a disuadir y silenciar a otros opositores políticos, al poder verse expuestos a la privación de la libertad, situación que continúa erosionando las reglas del juego democrático y del Estado de Derecho”.
El Tribunal también reconoce el riesgo en que se encuentran los núcleos familiares de las personas detenidas “quienes han sido sometidos de forma constante a hostigamientos y amenazas”. Además, expresa particular preocupación por las mujeres, niños y niñas que asisten a los establecimientos carcelarios a visitar a sus familiares, pues de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) “están siendo sometidos a requisas excesivas, desnudez y tocamientos indebidos”. Para la Corte, estas medidas exceden los requerimientos de seguridad de los centros penales “y constituyen una situación de gravedad y urgencia de que se materialicen riesgos a la vida e integridad de este grupo de personas”.
Finalmente, para este grupo beneficiario, la Corte reiteró la demanda que ha hecho en el caso de otras personas presas políticas: requerir al Estado su liberación inmediata. La Corte señala que mientras se realizan las acciones administrativas para liberarlas, el Estado debe garantizar la visita periódica de familiares y representantes legales, y eliminar las prácticas de revisiones y requisas que afecten la integridad y dignidad de las personas.
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