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30 de marzo de 2020 Comunicado de Prensa

Los Estados de América deben garantizar la salud y vida de personas migrantes y refugiadas frente a emergencia por el COVID-19

Las Américas, 30 de marzo de 2020.- Frente a la emergencia ocasionada por la propagación del COVID-19, en el continente americano las personas migrantes y solicitantes de protección internacional se han visto impactadas de manera extrema ante las respuestas estatales de cuarentena, toque de queda, detención, deportación, cierre y militarización de fronteras.

En las últimas semanas se han denunciado múltiples situaciones de riesgo y violaciones a los derechos humanos de la población migrante y refugiada, entre ellas, la situación de personas migrantes venezolanas varadas tras el cierre de fronteras en Colombia y Brasil; la detención de al menos  80 migrantes haitianos en Guatemala; el cierre de la fronteras entre México y Estados Unidos a solicitantes de asilo, así como el aumento de deportaciones de personas mexicanas y centroamericanas; la falta de condiciones sanitarias adecuadas y el alto riesgo de contagio en estaciones migratorias, centros de detención y en centros de cuarentena para las personas ya deportadas; la represión violenta por parte de la Guardia Nacional mexicana; el desbordamiento de la capacidad de albergues de sociedad civil; entre muchos casos más. 

Frente a estos hechos y ante la posibilidad de que la población migrante y solicitante de protección internacional se vea aún más impactada en las próximas semanas y meses, las organizaciones firmantes hacemos un llamado urgente a los Estados de la región para tomar las medidas necesarias para garantizar los derechos a la salud, integridad personal y vida de esta población, en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna por estatus migratorio o nacionalidad.

Como ha indicado la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, “En virtud del derecho internacional de los derechos humanos, los Estados tienen la obligación de adoptar medidas para evitar las amenazas prevenibles a la salud pública y tienen el deber de velar por que todo el que necesite atención médica esencial la reciba”. Esto incluye el acceso de todas las personas en situación de movilidad a las medidas de prevención dictadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como su acceso a un diagnóstico oportuno por el COVID-19, a servicios de salud y a la atención médica necesaria para el tratamiento del virus. 

Aunado a esto, los Estados deben frenar las deportaciones y las devoluciones, y garantizar el acceso de todas las personas a solicitar protección internacional. Como ha indicado la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), los Estados tienen la obligación de garantizar el acceso de todas las personas a buscar y recibir asilo, así como a respetar el principio de no devolución, bajo el cual los Estados deben abstenerse de devolver a una persona a los territorios donde su vida o su libertad peligre, esto incluye el rechazo en frontera o la no admisión al territorio. Las medidas implementadas en respuesta al COVID-19 no pueden impedir que quienes necesitan protección internacional puedan solicitarla. Incluso en situaciones excepcionales como la que enfrentamos, imponer medidas que impiden la admisión de personas refugiadas o solicitantes de asilo, sin protegerles contra la devolución, es violatorio de sus derechos humanos y contrario a las obligaciones de los Estados. 

Así, las medidas implementadas como respuesta a esta crisis no pueden ser discriminatorias ni dar lugar a resultados indeseables que impacten negativamente el disfrute de los derechos humanos. Por el contrario, estas deben ser proporcionales, necesarias, planteadas e implementadas desde un enfoque de derechos humanos y género, y contar con la participación de organizaciones de sociedad civil. Estas medidas no pueden justificar el uso sistemático de la detención de personas migrantes, solicitantes de asilo o personas refugiadas.

Al respecto, hacemos un llamado a los Estados para abstenerse de detener a personas migrantes y refugiadas, liberar a las personas que ya se encuentran detenidas, y garantizar su acceso a vivienda, alimentación y a servicios de salud en albergues públicos, donde se garanticen todas las condiciones sanitarias para evitar contagios, se cuente con personal de salud capacitado, y se brinde una atención diferenciada a las poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad, como personas adultas mayores, personas en condición de discapacidad, personas LGBTIQ+, mujeres, niños y niñas.  Esas mismas condiciones deben tener en sus países de origen las personas que hubieran sido deportadas, mientras dura el periodo de cuarentena sanitaria. 

Asimismo, frente a los límites a la movilidad y/o a la restricción de las garantías constitucionales impuestas por las naciones, que impactan de manera particular el acceso al trabajo de las personas migrantes, los Estados de la región les deben garantizar el acceso a medios de subsistencia como al resto de la población.

Por su parte, ante la militarización de las fronteras y las denuncias por represión, recordamos a los Estados que las fuerzas militares deben abstenerse de asumir labores de seguridad ciudadana, de salud, o migratorias. Emplear militares en estas labores expone a la población a mayores riesgos y nuevas violaciones a los derechos humanos.

Al tiempo, se debe garantizar su acceso a información pertinente, oportuna, clara, basada en evidencia científica y de calidad sobre la pandemia. Los Estados deben abstenerse de utilizar discursos o medidas discriminatorias, estigmatizantes o xenófobas, y de obstaculizar o criminalizar la labor de las personas u organizaciones que brindan atención y defienden los derechos de esta población. Asimismo, deben adoptar medidas positivas para combatir los discursos o acciones discriminatorias de terceros en el marco de la crisis.

Finalmente, las organizaciones firmantes recalcamos que ninguna de las medidas impuestas en el marco del COVID-19 puede justificar violaciones a los derechos humanos. Así, esperamos que los Estados respondan a la emergencia de salud que nos enfrenta en concordancia con sus obligaciones internacionales y nos mantendremos vigilantes para monitorear y denunciar la situación de derechos humanos de las personas en movilidad humana y de poblaciones en diversas situaciones de riesgo.

En una región tan impactada por la desigualdad, la pobreza, la corrupción y el extractivismo, esperamos que en el marco de esta crisis los Estados avancen hacia la construcción de sistemas de protección y seguridad social más solidarios y robustos, hacia el pleno acceso al agua y a la salud para todas las personas, y hacia el reconocimiento y la garantía de los derechos humanos de toda la población sin discriminación alguna. 

 

Organizaciones firmantes: 

Internacional: 
Coordinadora Regional de Investigaciones Económicas y Sociales (CRIES)
Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos
Red en Solidaridad con el Pueblo de Guatemala (NISGUA)
Refugees International
Women’s Link Worldwide

Regional:
Alianza Americas
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Conferencia de Provinciales Jesuitas de América Latina y el Caribe
Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD)
Misión Scalabriniana Ecuador
Organización Negra Centroamericana
Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
Red Jesuita con Migrantes Latinoamérica y el Caribe (RJM-LAC) 
Red de Coaliciones Sur (RCS) 
Synergia – Iniciativas por los Derechos Humanos

Argentina: 
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes – CAREF

Brasil: 
Conectas Direitos Humanos
Missão Paz 

Chile:
Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales
Clinica Juridica Universidad Alberto Hurtado
Servicio Jesuita a Migrantes Chile

Colombia:
Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia)
Corporación Caribe Afirmativo
Programa de Asistencia Legal a Población con Necesidad de Protección Internacional y Víctimas del Conflicto Armado – Corporación Opción  Legal – Colombia
Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad de los Andes
Consultoría para los Derechos Humanos y el  Desplazamiento (CODHES)

Costa Rica: 
Servicio Jesuita para Migrantes Costa Rica (SJM-CR)

Ecuador: 
Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM)
Misión Scalabriniana Ecuador

El Salvador: 
Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA)

Estados Unidos: 
Comunidades Organizando El Poder y la Acción Latina (COPAL)
Cooperación Migrante 
CRECEN
Evangelical Lutheran Church in America (ELCA)
Houston’s America For All
Latin America Working Group (LAWG)
Lila LGBTQ  Iniciative Inc
Women’s Refugee Commission (WRC)
Women Working Together USA
Network in Solidarity with the People of Guatemala (NISGUA)
The Chelsea Collaborative

Guatemala: 
Asociación Pop N’oj
Instituto de Relaciones Internacionales e Investigación para la Paz (IRIPAZ) 
Instituto de investigación y proyección sobre Dinámicas Globales y Territoriales (IDGT)

Honduras: 
Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC)

México: 
Asylum Access México (AAMX) A.C.
Colectivo de Mujeres Transnacionales
Club Mujeres con Decisión
Derechos Humanos Integrales en Acción, A.C. DHIA
Sin Fronteras IAP

Nicaragua: 
Servicio Jesuita a Migrantes Nicaragua (SJM-Nicaragua)

Panamá: 
Fe y Alegría

Paraguay: 
Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de Paraguay (CDIA)

República Dominicana:
Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo Social en el Caribe (OBMICA)

Venezuela: 
CIVILIS Derechos Humanos
Prepara Familia
Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea)
Servicio Jesuita a Refugiados (JRS Venezuela)
Centros Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP)
Centro de Justicia y Paz (Cepaz) 
Acción Solidaria
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH UCAB)