3 de febrero de 2010 Comunicado de Prensa

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Colombia por la masacre de Mapiripán

Washington, D.C. 12 de octubre de 2005

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció la responsabilidad del Estado colombiano en la masacre de Mapiripán. En 1997 miembros de las fuerzas paramilitares colombianas torturaron cruelmente, ejecutaron y desaparecieron a 49 inocentes campesinos de Mapiripán, Meta. La masacre ha permanecido en absoluta impunidad por largos diez años ya que casi todos los autores de la misma permanecen libres. Los familiares de las víctimas han sido testigos directos de esta situación y se han visto obligados a desplazarse de manera forzada de sus residencias por temor a represalias. Al no encontrar justicia en el fuero interno, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo de Colombia, en calidad de representantes de las víctimas y sus familiares, llevaron el caso a las instancias internacionales, cuyo litigio se extendió por más de ocho años.

De acuerdo al texto de la sentencia, la Corte Interamericana estableció que: «las autoridades pecaron por acción y omisión y no adoptaron las medidas necesarias para evitar la consumación de los hechos.» La Corte se refirió, además, a la existencia de un vínculo entre las fuerzas militares colombianas y las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para la creación, el mantenimiento y la operación de los grupos paramilitares.

En claro incumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, la Corte determinó que Colombia violó los derechos a la libertad personal, a la integridad personal y a la vida, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la circulación y residencia, tanto de las víctimas como de sus familiares, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Como resultado de estas violaciones, el tribunal decretó que el Estado debe activar y completar la investigación de la masacre con el fin de determinar la responsabilidad intelectual y material de los autores de la masacre así como de las personas que, por acción u omisión, permitieron que ésta sucediera.

“Esta sentencia llega en un momento importantísimo para la construcción de la verdad y la memoria sobre lo ocurrido en el conflicto armado en Colombia. La Corte hace expresa mención a la Ley de Justicia y Paz reafirmando que ninguna ley ni disposición de derecho interno puede impedir a un Estado cumplir con la obligación de investigar y sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos”, expresó Viviana Krsticevic, directora ejecutiva de CEJIL. La referencia a esta ley es particularmente oportuna en el marco del proceso de desmovilización de las AUC, el cual ha venido siendo cuestionado tanto por CEJIL como por reconocidas organizaciones de derechos humanos en Colombia, ya que el mismo carece de un marco normativo apropiado para la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas que se ha cobrado el conflicto armado. En su sentencia, la Corte dice: “Son inaceptables las disposiciones de amnistía, las reglas de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos.”

En otro de los puntos destacados de su sentencia, la Corte reconoce las difíciles circunstancias por las que atraviesa Colombia como resultado del conflicto armado pero insiste en que las condiciones de un país, sin importar cuán difíciles sean, no liberan a un Estado que ha firmado y ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos de sus obligaciones internacionales de investigar, juzgar y sancionar a los violadores de derechos humanos.

CEJIL recuerda que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de cumplimiento obligatorio para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que han aceptado su competencia.

 

 

 

 

Contacto en Washington:
Victoria Amato
Difusión y Prensa/Communications Officer
1630 Connecticut Ave.NW Suite 401
Washington, D.C. 20009, EEUU
Tel: 202-319-3000 ext.22
Fax: 202-319-3019
Correo electrónico: [email protected]

Contacto en Costa Rica:
Nancy Marín Espinoza
Difusión y Prensa
Apartado Postal 441-2010
San José, Costa Rica
Tel: 506-280-7473/7608
Fax: 506-280-5280
Correo electrónico: [email protected]

 

 

www.cejil.org

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.