30 de noviembre de 2021 Comunicado de Prensa

¡Histórico! El Estado brasilero es responsable por el uso indebido de la inmunidad parlamentaria como obstáculo para la investigación y el enjuiciamiento del feminicidio de Márcia Barbosa, según sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

  • La Corte Interamericana dictaminó que las garantías judiciales y el acceso a la justicia de los familiares de Marcia fueron violados por la aplicación desproporcionada y arbitraria de la inmunidad parlamentaria.
  • La Corte Interamericana reconoció que existe un contexto de violencia estructural y generalizada contra las mujeres en Brasil, en el que la superposición de opresión y discriminación hace que ciertos grupos de mujeres sean especialmente vulnerables.
  • El caso, litigado por CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional) y GAJOP (Gabinete de Assessoria Jurídica às Organizações Populares), recibe sentencia después de 21 años en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

 

San José / Washington / Río de Janeiro / Recife, 24 de noviembre de 2021. La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una decisión histórica en el caso de Márcia Barbosa de Souza y otros vs. Brasil, en la que determina, por primera vez, la responsabilidad del Estado brasileño en un caso de feminicidio. Además, establece parámetros para que la inmunidad parlamentaria sea compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y reconoce que existe un contexto de violencia de género estructural y sistemática en el país, agravada por la discriminación basada en raza y condición socio-económica.

Márcia Barbosa de Souza era una estudiante negra de 20 años de una familia de escasos recursos económicos del interior de Paraíba. Después de emigrar a João Pessoa, conoció al diputado Aércio Pereira, quien le ofreció un trabajo en una fábrica de zapatos. Una noche, después de salir para encontrarse con Aércio, Márcia usó el propio celular del congresista para llamar a sus amigos, quienes se preocuparon por el hecho de que ella se percibía angustiada durante toda la llamada. La familia de Márcia fue alertada sobre lo que estaba ocurriendo pero no tenía los medios económicos para ir a la capital a buscarla. Marcia fue asesinada esa noche, por asfixia. A la mañana siguiente, el 18 de junio de 1998, un testigo vio cómo su cuerpo era arrojado del auto del Diputado, en un terreno baldío en las afueras de João Pessoa.

Las investigaciones sobre el crimen nombraron a Aércio como el principal sospechoso del asesinato. Sin embargo, el cargo de diputado le otorgaba la prerrogativa de inmunidad parlamentaria. La Asamblea Legislativa del Estado de Paraíba no autorizó el inicio de la acción penal requerida por el Ministerio Público, situación que se prolongó por casi cinco años durante los cuales Aércio murió por causas naturales, antes de que se emitiera una decisión final. Al respecto, la Corte Interamericana dictaminó que las garantías judiciales y el acceso a la justicia de los familiares de Márcia fueron violados por la aplicación desproporcionada y arbitraria de la inmunidad parlamentaria formal por parte de la Asamblea, que no cumplió con los requisitos del debido proceso legal y que se desestimó la gravedad del delito, así como la ausencia de relación entre éste y la actividad parlamentaria.

Igualmente, la Sentencia establece parámetros para que la aplicación de la inmunidad parlamentaria formal se realice de conformidad con la Convención Americana, incluyendo el seguimiento de un procedimiento ágil, con disposiciones legales y reglas claras, cumpliendo con las garantías del debido proceso e incluyendo una estricta prueba de proporcionalidad que tome en consideración la gravedad de la acusación. De esta forma, la sentencia representó una oportunidad para que la Corte sentara jurisprudencia para toda la región sobre la inmunidad parlamentaria y sus aspectos procesales.

En el feminicidio de Márcia estuvieron presentes numerosos estereotipos – de género, condición social y raza – que, en conjunto, perpetúan la violencia estructural contra las mujeres. Estos estereotipos se manifestaron constantemente en la investigación y en el juicio. En todo momento, los funcionarios del sistema de justicia y los abogados del imputado buscaron señalar supuestos aspectos del comportamiento y la sexualidad de Marcia con el fin de construir la imagen de que ella hubiera merecido lo sucedido. Estos estereotipos causaron un profundo sufrimiento a los familiares y consiguieron que el caso quedara impune, ya que nunca se investigaron pruebas que apuntaban a la participación de otras personas en el crimen.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Corte IDH determinó que el Estado de Brasil violó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) y concluyó que la conducta discriminatoria de las autoridades contribuyó a enviar un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerado y aceptado.

Como forma de reparación por las violaciones cometidas, la Corte determinó, además de medidas individuales dirigidas a los familiares de Márcia, medidas de no repetición, que tienen como objetivo evitar que hechos similares ocurran en el futuro. La determinación obliga a que Brasil elabore un sistema nacional de recolección de datos sobre violencia contra las mujeres, con información detallada sobre el perfil de las víctimas, y la implementación de un plan de capacitación con perspectiva de género y raza, para los agentes que trabajan en las investigaciones; y también crear un protocolo nacional con lineamientos para la investigación de delitos de feminicidio.

Helena Rocha, directora del programa para Brasil y Cono Sur de CEJIL, organización que llevó el caso al Sistema Interamericano junto con GAJOP, expresó: “La sentencia es histórica al reconocer el carácter estructural y sistemático de la violencia de género en Brasil y sus interseccionalidades, que exigen un deber agravado del Estado de garantizar el acceso a una justicia efectiva y sin discriminación, es decir, con perspectiva de género y eliminando estereotipos negativos. Finalmente, es un aliento para la familia de Márcia que luchó durante años por obtener justicia en relación a su muerte y su memoria ”.

Al mismo tiempo, Rodrigo Deodato de GAJOP manifestó: “El caso de Márcia Barbosa representa para el ámbito internacional y local, en todos los niveles, la lucha por poner fin a la violación, aún tan presente, de los Derechos de las Mujeres, especialmente de las mujeres negras y gente rural como Márcia. Que la sentencia dictada por la Honorable Corte Interamericana sea un hito en su jurisprudencia dedicada a Brasil y represente para la familia de Márcia Barbosa la tan deseada justicia ”.