Guatemala: Corte IDH ordena al Estado detener criminalización a víctimas del caso Molina Theissen
- La denuncia penal contra la familia del niño desaparecido carece de sustento y desconoce la sentencia internacional en este caso.
Guatemala, 02 de octubre de 2023. En una resolución comunicada el pasado 22 de septiembre sobre el Caso Molina Theissen, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) conminó al Estado de Guatemala a “tomar las medidas necesarias para poner fin a la criminalización de las víctimas del presente caso, y cesar los efectos intimidatorios y revictimizantes de dicha investigación”.
La Corte IDH se refiere a un proceso abierto hace más de cinco años en Guatemala mediante el cual la representación legal de los militares en retiro condenados en este caso, Francisco Luis Gordillo Martínez, Manuel Antonio Callejas y Callejas y Manuel Benedicto Lucas García, denunciaron penalmente a la familia Molina Theissen cuestionando la desaparición forzada del niño Marco Antonio. Al respecto, la Corte IDH recuerda que esta desaparición, así como los otros hechos del caso “fueron reconocidos por el Estado hace más de 20 años en el proceso internacional y tenidos por probados en la Sentencia del año 2004 dictada en este caso”.
En su resolución, el alto tribunal americano señala una contradicción en el accionar del Estado, pues por una parte ha estado presentando informes sobre la búsqueda de los restos del niño Molina Theissen, pero a la vez, investiga como un posible hecho delictivo el que se haya fingido dicha desaparición. Al respecto destaca que “Esta investigación contra las víctimas, que contradice la esencia de este caso sobre desaparición, ha tenido efectos intimidatorios y revictimizantes y ha pretendido suprimir los efectos de la Sentencia emitida por el Tribunal”.
En este mismo sentido, la Corte reconoce como un sufrimiento adicional y un obstáculo para la obtención de justicia el que autoridades judiciales y fiscales pretendan obligar a la familia Molina a realizarse nuevas pruebas de ADN en Guatemala, sobre todo cuando estas pruebas ya fueron realizadas por el Laboratorio de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de Costa Rica a solicitud de la propia Fiscalía de Guatemala.
A partir de estas valoraciones, la Corte señala que no hay motivos para que esta denuncia haya demorado más de cinco años en resolverse, dado que, por una parte, carece de sustento pues se basa en una valoración subjetiva de los denunciantes sobre el supuesto parecido del señor Felipe Neri Espinoza con miembros de la familia Molina Theissen, asunto que se subsana completamente con los resultados de las pruebas de ADN ya realizadas; y por otra, porque trata sobre hechos ya juzgados internacionalmente, como lo fue la desaparición de Marco Antonio Molina Theissen bajo la responsabilidad del Estado.
Sobre la prueba de ADN la Corte destaca que en sus “Resultados y Conclusiones” el informe elaborado por la entidad especializada en Costa Rica indica que “los marcadores genéticos estudiados excluyen a Emma Theissen Álvarez como madre biológica de Felipe Neri Espinoza Quevedo”.
Finalmente, la Corte ha ordenado a Guatemala que ejerza la debida diligencia en el trámite de cualquier recurso procesal en contra de la familia Molina Theissen, así como ante cualquier riesgo que puedan enfrentar, reconociendo que sufren hostigamiento por parte de grupos afines a los condenados.
Las organizaciones que representamos y acompañamos a la familia Molina Theissen esperamos que el Estado cumpla a la brevedad con lo planteado en la Resolución de Corte IDH y cese de inmediato la criminalización de esta familia de defensoras de derechos humanos.