Guatemala: CEJIL advierte sobre franco retroceso en el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos
- La decisión de beneficiar a los exmilitares condenados en el Caso Molina Theissen configura un desacato a lo ordenado por la Corte IDH y contraría la jurisprudencia internacional
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional CEJIL se suma a las voces que denuncian el grave retroceso que ha sufrido Guatemala en el derecho al acceso a la justicia para víctimas de graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el Conflicto Armado Interno. La decisión de beneficiar con medidas sustitutivas a los exmilitares condenados en el Caso Molina Theissen puede provocar un daño irreparable.
El 9 de mayo de 2023 la Sala Primera de Mayor Riesgo ordenó ejecutar la Sentencia de la Corte de Constitucionalidad de fecha 6 de marzo de 2023, en donde otorga medidas sustitutivas y beneficia con arresto domiciliario sin vigilancia a los exmilitares Francisco Ruíz Gordillo Martínez, Manuel Antonio Callejas Callejas y Manuel Benedicto Lucas García, todos condenados por la violación sexual agravada de Emma Molina Theissen y la desaparición forzada del niño Marco Antonio Molina Theissen, hechos ocurridos en 1982.
Esta decisión es un abierto desacato a lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), órgano de mayor jerarquía que los tribunales nacionales, que en su Resolución del 24 de marzo de 2023 ordenó al Estado de Guatemala abstenerse de tomar acciones en este caso hasta tanto ese alto tribunal no se pronunciara sobre la solicitud de medidas provisionales presentada por CEJIL con el fin de prevenir el daño irreparable al derecho al acceso a la justicia de la familia de las víctimas si esta decisión era ejecutada.
Señalamos además que esta decisión es contraria a la jurisprudencia internacional en lo que se refiere al otorgamiento de beneficios penitenciarios por razones de salud, como ocurrió en este caso. La Corte IDH ha señalado que el Estado debe “valorar proporcionalmente cuál es la medida de carácter administrativo o figura jurídica que permita proteger la vida y la integridad del condenado, siempre que la misma se otorgue debidamente y siguiendo un fin legítimo que no signifique únicamente dejar de asegurar la ejecución de la pena”1
En este caso, el beneficio fue otorgado a pesar de que ya ha cesado la pandemia de Covid-19, que motivó la solicitud del modificar la medida de prisión y sin considerar que los condenados se encontraban privados de libertad en el Centro Médico Militar, un hospital con todas las condiciones necesarias para brindarles cualquier atención de salud que requirieran.
Para CEJIL esta decisión genera una grave afectación al derecho al acceso a la justicia de la familia Molina Theissen, que después de años de lucha logró la condena de varios de los responsables de las violaciones de derechos humanos cometidas contra sus miembros. Además, se da en un contexto de criminalización y persecución de personas defensoras de derechos humanos, periodistas y operadores de justicia independientes que vienen luchando por poner fin a la impunidad y de otros retrocesos en el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a derechos humanos en el marco del conflicto armado guatemalteco.
El Estado de Guatemala aún está a tiempo de revertir esta decisión, acatar las sentencias y resoluciones internacionales y evitar que el gran avance que implicó la condena de cuatro altos mandos militares por crímenes contra los deberes de humanidad se diluya en medidas sustitutivas e impunidad.
A la familia Molina Theissen, a quienes tenemos el honor de representar legalmente, enviamos nuestra solidaridad y reafirmamos nuestro compromiso por seguirlas acompañando en el largo camino por la justicia.
San José, 12 de junio de 2023