En resolución del caso Tibi, la Corte IDH expresa gran preocupación por el aumento significativo de la mortalidad en el sistema penitenciario de Ecuador
Washington, mayo 11 de 2023. La Corte IDH emitió una resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia en el CASO TIBI VS. ECUADOR, en la cual expresa su profunda preocupación por la falta de cumplimiento de las medidas de reparación pendientes, en concreto, la investigación de la detención ilegal y arbitraria, las torturas y las violaciones a las garantías judiciales del señor Daniel Tibi y el establecimiento de un programa de capacitación y formación sobre derechos humanos en el tratamiento de los reclusos para personal penitenciario. Esta Resolución estuvo antecedida por una audiencia pública de supervisión de cumplimiento que se celebró el 24 de noviembre de 2022.
Con respecto a la investigación de los hechos, la Corte resaltó la gravedad del hecho de que “habiendo transcurrido más de 27 años desde que sucedieron los hechos y más de 19 años desde la emisión de la Sentencia, las violaciones a los derechos humanos del señor Tibi continúan en la misma situación de impunidad, persistiendo el incumplimiento del deber de Ecuador de investigar, juzgar y, eventualmente, sancionar a los responsables”, que cuando fue emitida la sentencia.
En relación con “la garantía de no repetición relativa a la capacitación de funcionarios públicos sobre los principios y normas de protección de los derechos humanos en el tratamiento de los reclusos”, la Corte estimó que continúa parcialmente cumplida” y requirió al Estado que proporcione mayor información sobre las actividades que impulsa para la ejecución de esta medida, las cuales deben contar con la participación de la sociedad civil.
La Corte consideró que “las dos reparaciones que se encuentran pendientes de cumplimiento, […], constituyen medidas necesarias para prevenir la repetición de hechos de tortura y otras violaciones en perjuicio de personas privadas de libertad”. En consecuencia, y dado que las partes se refirieron a la crisis penitenciaria que atraviesa Ecuador, manifestó su “preocupación el aumento significativo de la mortalidad en el sistema penitenciario de Ecuador, producto de las reiteradas masacres ocurridas desde 2021, y el deterioro de las condiciones de encierro”.
Consecuentemente, expresó también que es preciso que el Estado adopte con urgencia una política pública con enfoque en derechos humanos, con metas e indicadores que permitan desarticular las causas estructurales de la crisis penitenciaria que ha dejado como resultado las masacres ocurridas desde 2021 y las muertes por el deterioro de las condiciones de encierro.
La Corte IDH recordó que los Estados tienen el deber de garantizar que las cárceles posean no solo las condiciones mínimas que permitan a los internos desarrollar su vida de manera digna, sino también los mecanismos de seguridad apropiados para prevenir la violencia intracarcelaria, que incluyan el entrenamiento adecuado del personal carcelario,
Al respecto, Gisela de León, directora jurídica de CEJIL, dijo:
“Consideramos de máxima gravedad que las condiciones de insalubridad, hacinamiento y peligro de las que la Corte dio cuenta en su sentencia de 2004, se mantengan casi dos décadas después y no existan avances en la construcción de una política carcelaria que respete la vida y los derechos humanos de quienes se encuentran privados de la libertad”.
José Valenzuela, Director del Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (CDH-PUCE), afirmó: “esta resolución tiene una fundamental importancia, en el contexto de una crisis penitenciaria sin precedentes en el Ecuador, que, tiene diversas causas estructurales; y, ha resultado fatídicamente en la muerte de cientos de detenidos en los últimos años”.
En su informe de marzo de 2022, la Comisión Interamericana destacó la insuficiencia de agentes penitenciarios, la falta de equipamiento y formación adecuada, la sobrepoblación carcelaria, la violencia intracarcelaria y la falta de control efectivo en las cárceles como factores estructurales que contribuyen a esta crisis.
Por tanto, las instituciones que suscribimos el presente comunicado instamos a que el Estado ecuatoriano cumpla la Resolución de la Corte IDH de forma efectiva y en el tiempo más breve posible, puesto que, en la espera del cumplimiento íntegro de la sentencia, emitida en el año de 2004, inclusive, tuvimos que lamentar el sensible fallecimiento de Daniel Tibi, quien luchó por la obtención de justicia gran parte de su vida.