El distanciamiento en las cárceles salvadoreñas es casi imposible
Las organizaciones defensoras de derechos humanos Centro de Derechos Reproductivos (CRR por sus siglas en inglés), Women’s Equality Center (WEC), la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), ante la emergencia por la pandemia COVD-19 en El Salvador, hemos tenido conocimiento del agravamiento de las condiciones en las que están viviendo las mujeres privadas de libertad; situación que nos preocupa y afecta al país. La aplicación de medidas que promueven el aislamiento y la restricción de movilidad y contacto físico, no son viables en condiciones de reclusión. Tememos por el riesgo al contagio y un posible agravamiento del brote, que lleve a estas personas a la muerte.
La realidad que vive la mayoría de la población, es más grave para las personas privadas de libertad en El Salvador, especialmente para las mujeres que se encuentran con hijos o hijas en edad infantil, dentro de las cárceles.
Según datos que el Estado proporcionó a representantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, durante su visita in loco en diciembre de 2019, el Sistema Penitenciario cuenta actualmente con una población privada de libertad de 38,627 personas, del cual el 92,25% corresponde al sexo masculino y el 7,74 al femenino; lo que convierte a El Salvador, según el World Prision Population List, en el segundo país del mundo con la mayor tasa de encarcelamiento, con 604 por 100.000 habitantes. Un dato relevante es que si bien el 72.43% de la población privada de libertad se encuentra ya condenada, hay un 27, 57% que está procesada a la espera de juicio y a la que no se le está garantizando la presunción de inocencia.
La situación de hacinamiento del sistema carcelario, unido a las medidas extraordinarias que se están aplicando en la actualidad, como estrategia del gubernamental para el el control y prevención de la violencia, les provoca a estas personas graves riesgos de salud, entre ellos, brotes mortales de tuberculosis, condiciones ideales para una contaminación masiva de COVID 19 entre la población carcelaria; tal como señaló Agnes Callamard, Relatora especial para Ejecuciones Extrajudiciales de Naciones Unidas, en su reciente visita al país.
Antes de iniciar la cuarentena, se prohibió a las mujeres encarceladas que sus familiares les ingresaran productos básicos de higiene personal, incluidas toallas sanitarias, implementos que no son suministrados por el Sistema Penitenciario. Un caso aún más grave, es el de las mujeres que viven con sus hijos menores al interior de la Granja Penitenciaria de Izalco. Hay 108 niñas y niños. El COVID 19 también les está afectando pues carece de pañales y leche para bebés. Desde nuestras organizaciones hemos promovido acciones de solidaridad para el ingreso de lotes de productos básicos de higiene femenina y para bebés.
Tal y como lo señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, «el Estado salvadoreño tiene el deber ineludible de adoptar medidas concretas e inmediatas para garantizar los derechos a la vida, salud e integridad de las personas privadas de libertad, debe garantizar condiciones de detención acordes con la dignidad de toda persona, proveer servicios de salud a la población penitenciaria, y aplicar el régmen de aislamiento de conformidad con los estándares internacionales en la materia. Estas medidas son de especial urgencia considerando que las consecuencias de la pandemia representan un mayor riesgo para esta población».
Ante esto, nos unimos a las demandas de las organismos internacionales y solictamos las siguientes medidas de prevención contra el contagio:
– Pruebas sistemáticas y amplias para detectar posibles contagios de COVID 19 y poder realizar los procesos de aislamiento y cuarentena recomendados.
– Garantía de agua y jabón para el lavado de manos
– Garantía de productos de higiene personal para las mujeres, dado que no pueden recibirlos de sus familias.
– Proveer pañales y alimentación especial para los niños y niñas que viven en prisión con sus madres.
– Garantizar un trato digno y respetuoso para todas las personas privadas de libertad
– Habilitar espacios para la entrega de paquetes de provisiones provenientes de familiares u organizaciones humanitarias, especialmente los que corresponden a artículos de higiene femenina y productos para bebés.
– Agilizar el trámite de medidas que permitan la liberación de reclusas que cumplan con los requisitos. Así como contemplar medidas alternativas a la prisión, tomando en cuenta que las condiciones de hacinamiento y salud actuales son factores de riesgo en el marco de la pandemia.
– Garantizar el derecho a la información pues, en medio de la pandemia, los familiares no han podido conocer el estado de salud o condición integral de las internas o de los niños y niñas. Se ha dilatado o negado información a representantes legales de estas personas. Conocer el estado de las mujeres privadas de libertad y de sus hijos e hijas en prisión, es esencial para garantizar sus derechos fundamentales.