
Costa Rica, único país en el mundo que obstaculiza la Fecundación in vitro
San José, 1 de marzo de 2016.- Las organizaciones de derechos humanos firmantes expresamos nuestra preocupación ante el manifiesto incumplimiento de Costa Rica de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Artavia Murillo y otros -conocido como fertilización in vitro (FIV).
Recientemente, la Sala Constitucional de Costa Rica declaró inconstitucional la “Autorización para la Realización de la Técnica de Reproducción Asistida de Fecundación in Vitro y Transferencia Embrionaria”, señalando que la regulación de derechos fundamentales es competencia de la Asamblea Legislativa. Espacio, asegura la Sala, donde debe existir el debate sobre estos derechos, para que así se pueda legitimar que las decisiones tomadas al respecto sean democráticas.
Estos argumentos de la Sala Constitucional son contrarios a lo establecido en el artículo 30 de la Convención Americana, según el cual, el principio de reserva de ley sólo es aplicable cuando se limitan o restringen derechos humanos. En el caso del decreto impugnado que regula la FIV, no sólo no existe ninguna limitación de derechos que justifique la creación de una ley ordinaria, sino que además, lo que hace es habilitar la aplicación de este método para garantizar a las personas que tienen problemas de fertilidad sus derechos.
Resulta particularmente preocupante que asegurar los derechos de minorías ¾en este caso personas con problemas de fertilidad¾ se sujete a las opiniones y creencias de las mayorías, quebrantando de esta manera uno de los pilares de la democracia.
La decisión de la Sala Constitucional constituye un abierto incumplimiento a la sentencia FIV de la Corte Interamericana ya que ésta no estableció la necesidad de aprobar una ley para regular la FIV.
El Estado costarricense está obligado a cumplir con las decisiones del más alto Tribunal Interamericano. De persistir el incumplimiento sería un precedente negativo para otras decisiones que puedan ser tomadas por la Corte IDH o por otros órganos internacionales, lo que dejaría a las víctimas de violaciones de derechos humanos sin posibilidad de obtener justicia ni reparación.
Las organizaciones firmantes exhortamos a las autoridades nacionales a cumplir en el menor plazo posible con la sentencia FIV y así saldar una deuda con las personas que requieren de esta técnica. A su vez, la Corte Interamericana debería pronunciarse sobre la decisión de la Sala Constitucional y señalar la inaplicabilidad de la misma.
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