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27 de agosto de 2009 Comunicado de Prensa

Corte Interamericana llama la atención a Nicaragua por no cumplir con la sentencia del caso Yatama

San José, 7 de septiembre del 2008.- El pasado 5 de septiembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y al Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) una resolución en la que señala que el Estado de Nicaragua no ha cumplido con la totalidad de la sentencia emitida en el caso Yatama.

El Alto Tribunal Interamericano indicó a Nicaragua que aún está pendiente adoptar “las medidas legislativas necesarias para establecer un recurso judicial sencillo, rápido y efectivo que permita controlar las decisiones del Consejo Supremo Electoral que afecten derechos humanos, tales como los derechos políticos […]”.

De acuerdo con la Corte Interamericana, “independientemente de la regulación que cada Estado haga respecto del órgano supremo electoral, éste debe estar sujeto a algún control jurisdiccional que permita determinar si sus actos han sido adoptados al amparo de los derechos y garantías mínimas previstos en la Convención Americana”.

Nicaragua también debe reformar la Ley Electoral N° 331 para que la misma regule con claridad “las consecuencias del incumplimiento de los requisitos de participación electoral, los procedimientos que debe observar el Consejo Supremo Electoral al determinar tal incumplimiento y las decisiones fundamentales que al respecto debe adoptar dicho Consejo, así como los derechos de las personas cuya participación se vea afectada por una decisión del Estado”.

Por no haber cumplido con su sentencia integralmente, la Corte dio a Nicaragua hasta el 8 de diciembre de este año para que le informe sobre las medidas adoptadas para implementar las reparaciones ordenadas. Asimismo, le informó que evalúa la posibilidad de celebrar una audiencia privada para dar seguimiento al caso.

La sentencia del caso se da por la violación de los derechos políticos de los candidatos y candidatas de la agrupación indígena Yabti Tasba Masraka Nanih Asla Takanka (Yatama), quienes fueron excluidos por el Consejo Supremo Electoral nicaragüense, en forma arbitraria, de las elecciones municipales del año 2000.

CEJIL y CENIDH esperan que el Estado de Nicaragua cumpla con la sentencia de la Corte Interamericana y garantice el respeto a los derechos políticos de las y los nicaragüenses. Lamentablemente, a pesar de esta condena internacional, el Estado continúa violando los derechos políticos de sus ciudadanos al anular recientemente la personalidad jurídica de dos partidos políticos: el Movimiento Renovador Sandinista y el Partido Conservador. Estos partidos presentaron recursos ante la Sala de lo Constitucional y ante el Consejo Supremo Electoral, respectivamente, no obstante ambos recursos están pendientes de resolución. De mantenerse la decisión del Consejo Supremo Electoral, el MRS y el PC no podrán participar en las elecciones municipales que se llevarán a cabo en noviembre de este año, repitiéndose la historia de YATAMA.

Vale recordar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de cumplimiento obligatorio para los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que han aceptado su competencia.

Enlaces de interés:

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