5 de septiembre de 2025 Comunicado de Prensa

Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena a Perú no aplicar la Ley de Amnistía

Lima y Washington, 5 de septiembre de 2025. – En una decisión emitida el 3 de septiembre de 2025, en los casos Barrios Altos y La Cantuta contra Perú, la Corte Interamericana de Derechos humanos ratificó la suspensión inmediata de la Ley N° 32419 (“Ley de Amnistía”), promulgada el 13 de agosto de 2025. Esta resolución de la Corte IDH protege a las víctimas de ambos casos frente a la decisión del Poder Legislativo y Poder Ejecutivo de aprobar y promulgar esta ley, la cual afecta irreversiblemente su derecho a conocer la verdad y la de obtener justicia por las ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas de sus familiares.

El Tribunal ordenó que todas las autoridades peruanas del Estado en su conjunto, en especial los jueces y juezas, se abstengan de aplicar esta ley hasta que la Corte se pronuncie de manera definitiva sobre la solicitud de medidas provisionales que las organizaciones representantes de las víctimas ante la Corte solicitaron en junio del presente año. Asimismo, recordó que continúan vigentes las medidas provisionales adoptadas en julio de 2024 respecto de la Ley N° 32107 (“Ley de Prescripción”), la cual dispone la prescripción de crímenes de lesa humanidad.

Esta decisión del pleno de la Corte IDH respalda aquella adoptada de manera urgente por parte de su Presidencia el pasado 24 de julio, en la que ordenó al Perú frenar el trámite de la Ley de Amnistía. Luego de escuchar a las partes en audiencia pública, los seis jueces del máximo Tribunal de derechos humanos de nuestra región le reafirmaron al Perú su jurisprudencia histórica y de obligatorio cumplimiento: las leyes de amnistía y prescripción que buscan impedir la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos carecen de efectos jurídicos y son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos.

Se espera que la Corte emita una decisión adicional, que, desde la representación de las víctimas, confiamos continuará siendo consistente con su jurisprudencia sobre las obligaciones de los Estados miembros de la OEA. Esto incluye garantizar la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos, así como asegurar un cumplimiento diligente y respetuoso de los derechos humanos en un estado democrático.

Las víctimas, sus familiares y representantes saludamos esta resolución clave para garantizar su derecho a la justicia, la verdad y la reparación. Reiteramos nuestro llamado al Estado peruano, especialmente a jueces y juezas, a abstenerse de aplicar la Ley de Amnistía y realizar un control de convencionalidad, tal cómo se lo requiere la Corte IDH.