23 de diciembre de 2010 Comunicado de Prensa

Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena a Honduras proteger a periodista

San José, 23 de diciembre del 2010. El Estado hondureño debe proteger la vida y la integridad física del periodista José Luis Galdámez Álvarez y de sus familiares. La orden se desprende de las medidas provisionales que el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), comunicó el miércoles 22 de diciembre desde la sede del Tribunal en San José, Costa Rica.

El periodista es director del programa Tras la verdad, que transmite Radio Globo. En su labor como comunicador ha sido crítico del golpe de Estado que destituyó al mandatario José Manuel Zelaya Rosales el pasado 28 de junio del 2009.

Galdámez ha recibido numerosas amenazas de muerte en las que se le insta a abandonar el ejercicio de su profesión. Además ha sido vigilado y perseguido por sujetos desconocidos. Por ello, desde el 24 de julio del 2009, es beneficiario de medidas de protección otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); no obstante, el Estado ha fallado en protegerlo. De hecho, el 14 de setiembre del 2010 fue víctima de un atentado con armas de fuego, del cual pudo escapar.

Como antecedente, cabe destacar que el periodista Nahúm Palacios fue asesinado el 14 de marzo anterior, a pesar de que también era beneficiario de la protección ordenada por la Comisión. Además de Palacios, otros 7 comunicadores han sido asesinados en el año 2010. Ninguna de estas muertes se ha sancionado.

“La resolución de la Presidencia de la Corte reafirma el estado de riesgo en que se encuentran los periodistas y comunicadores en Honduras. El Estado debe cumplir con sus obligaciones internacionales y garantizar el ejercicio de la libertad de expresión en condiciones seguras”, declaró la abogada de CEJIL Marcia Aguiluz.

En su resolución, la Presidencia de la Corte requiere al Estado la adopción, “de forma inmediata y definitiva”, de las medidas que sean necesarias para garantizar la vida y la integridad personal de Gálvez y de su familia. Asimismo, el 10 de enero del 2011, el Estado debe presentar el primero de una serie de informes bimensuales sobre las medidas que ha adoptado para cumplir la resolución.

La orden de la Presidencia de la Corte se deriva de una solicitud presentada por la CIDH, a instancias de CEJIL y del Centro de Investigación y Promoción de Derechos Humanos de Honduras (CIPRODEH).

Ante situaciones de extrema gravedad y urgencia, la Corte puede tomar las medidas provisionales que considere pertinentes aunque no haya un caso presentado ante el Tribunal. Como signatario de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado hondureño debe adoptar obligatoriamente las medidas que indique la Corte IDH.

CEJIL insta al Estado hondureño para que tome las medidas de protección necesarias para garantizar la seguridad del periodista y sus familiares. Asimismo urge a las autoridades judiciales para que identifiquen, juzguen y sancionen a los responsables de los hechos que ponen en riesgo la vida e integridad personal de dichos beneficiarios.

 

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Darío Chinchilla

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