CEJIL rechaza la criminalización de la ex Fiscal General de Guatemala Claudia Paz y Paz
San José y Washington D.C, 10 de junio de 2022.- El pasado 8 de junio el secretario ejecutivo de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes promovió una denuncia en contra de la doctora Claudia Paz y Paz – actualmente Directora del Programa para Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). La denuncia se hace por la emisión de una Instrucción General cuando ocupaba el cargo de Fiscal de Guatemala, con relación a la investigación de casos de graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado en el país.
A la doctora Paz y Paz se le acusa de los “delitos de abuso de autoridad, tortura y usurpación de atribuciones”, señalando que dicha instrucción encubría una supuesta persecución penal específica y colectiva contra un grupo de militares, lo que carece de cualquier fundamento. Esta acusación sostiene que lo indicado en la referida instrucción viola los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal, esto en relación con la aplicación del tipo penal de desaparición forzada a delitos cometidos durante el conflicto armado.
Al respecto, aclaramos que la mencionada acusación refleja un absoluto desconocimiento del derecho internacional de los derechos humanos. Con la emisión de la instrucción, la doctora Paz y Paz únicamente implementó las obligaciones que se derivan de los tratados de los cuales Guatemala es parte e hizo cumplir su deber para acatar las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en ejercicio del control de convencionalidad.
Es importante señalar que la Corte IDH ha expresado que por ser la desaparición forzada un delito de ejecución permanente se prolonga en el tiempo hasta que determine el paradero de la persona desaparecida. Por consiguiente, al entrar en vigor el tipo penal de desaparición forzada de personas, la nueva ley resulta aplicable por mantenerse en ejecución la conducta delictiva, sin que ello represente su aplicación retroactiva.
Bajo esta misma línea se han pronunciado los más altos tribunales de justicia de varios países de la región americana como la Corte Suprema de Justicia del Perú, el Tribunal Constitucional del Perú, la Suprema Corte de Justicia de México, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, la Corte Constitucional de Colombia y la propia Corte Constitucional de Guatemala¹.
Finalmente, destacamos que esta denuncia se suma a muchas otras que forman parte de un plan sistemático de persecución que se ha recrudecido desde 2019 y cuyo objetivo es criminalizar a aquellos operadores de justicia que han luchado para combatir la impunidad y la corrupción en Guatemala. Este contexto de persecución y criminalización ha sido denunciado por organizaciones de la sociedad civil y reconocido por organismos internacionales de protección de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Desde CEJIL exigimos la desestimación inmediata de esta denuncia sin fundamento y cuyo objetivo no es otro que seguir obstaculizando la búsqueda de verdad y justicia.
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¹Corte de Constitucionalidad. Expediente 929-2008. Inconstitucionalidad en caso concreto. 07 de julio de 2009.