7 de septiembre de 2009 Comunicado de Prensa

CEJIL presentó denuncia ante la CIDH contra el Estado de Paraguay por violación a la libertad de expresión

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) presentó hoy una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del Estado paraguayo por los hechos relacionados con el sometimiento a proceso y posterior condena penal impuesta a Aldo Zuccolillo Moscarda, director del diario “ABC Color” del Paraguay, por la comisión de los delitos de calumnias, injurias y difamación.

El 24 de diciembre de 1998 Juan Carlos Galaverna, un influyente senador del Paraguay afiliado al Partido Colorado, promovió una querella criminal contra Aldo Zuccolillo Moscarda, por los delitos de calumnias, injurias y difamación. En su presentación sostuvo que el diario “ABC Color” había publicado artículos que pretendían desprestigiarlo. La querella se centró en una nota que publicaba una lista de prestatarios morosos del sistema financiero paraguayo y en la información brindada sobre la relación del senador Juan Carlos Galaverna con personas vinculadas a la quiebra del Banco Nacional de Trabajadores.

El proceso iniciado contra Zuccolillo Moscarda se prolongó durante siete años y culminó en diciembre del 2005 con la decisión de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay que, por mayoría, condenó al director del periódico por la comisión de los delitos de calumnias, injurias y difamación a 360 días de multa, la máxima sanción no privativa de libertad establecida en el Código Penal Paraguayo. Asimismo, la Corte impuso a Zuccolillo la pena adicional de composición, consistente en el pago de una suma de dinero a favor del querellante Juan Carlos Galaverna, en la misma cantidad prevista para la pena de multa. En total, Aldo Zuccolillo Moscarda fue obligado a pagar la suma de Gs. 1.508.004.000, equivalente a U$s 276.697,98.

En su denuncia ante el sistema interamericano de derechos humanos, CEJIL alegó que Paraguay violó el derecho a la libertad de expresión consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual forma parte. Asimismo, argumentó que se violó el principio de legalidad, al imponer la sanción cuando la acción penal estaba prescripta, según está regulado en el Código Penal de Paraguay. También denunció otra violación a dicho principio debido a que la pena de composición que le fue impuesta no estaba prevista en la legislación del país en el momento en que ocurrieron los hechos.

“Con la presentación de este caso, esperamos que la CIDH recomiende a Paraguay que derogue las leyes que tipifican las calumnias, injurias y difamación. Al igual que las leyes que penalizan el desacato, la aplicación de este tipo de legislación para proteger el honor de los funcionarios públicos crea el claro riesgo de la autocensura con el consiguiente detrimento de la libertad de expresión”, sostuvo Liliana Tojo, directora de CEJIL Sur.

En el Paraguay, el principal obstáculo para garantizar la libertad de expresión es la vigencia de las leyes penales que tipifican los delitos de calumnias, injurias y difamación. Esta legislación habilita la apertura de procesos judiciales contra periodistas y demás comunicadores sociales que difunden información referida a asuntos de interés público. Al igual que en otros países de la región, la vigencia de este tipo de leyes no hace más que cercenar la libre circulación de ideas y opiniones, una herramienta fundamental para la consolidación de los regímenes democráticos.