CEJIL insta al Estado salvadoreño a dejar sin efecto el Decreto 743 y a evitar acciones que amenacen la independencia judicial
San José, Costa Rica, 6 de julio del 2011. Un reciente decreto que obliga a los magistrados de la Sala Constitucional salvadoreña a decidir unánimemente los procesos de inconstitucionalidad constituye una seria amenaza a la independencia judicial. Asimismo, las sanciones que algunos funcionarios han insinuado contra los magistrados del tribunal que se han negado a aplicar el decreto representan una presión indebida a los miembros de la Sala.
Hasta inicios del mes de junio de este año, la Sala Constitucional había adoptado decisiones controversiales. Entre otros asuntos, sus fallos abrieron la posibilidad de que se presentaran postulaciones independientes para el cargo de diputado/a, tuvieron como consecuencia la desaparición de dos partidos políticos que no obtuvieron el número mínimo de votos exigido por el Código Electoral, y declararon inconstitucional el nombramiento de dos magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones. En consecuencia, la Asamblea Legislativa salvadoreña aprobó el Decreto N° 743 o «Decreto transitorio a la Ley Orgánica Judicial» el 2 de junio pasado. Algunos dirigentes políticos declararon que su apoyo al decreto se debió a la presunción de que esta misma Sala se pronunciaría sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía para la Consolidación de la Paz (LAGP).
La reforma fue sancionada de manera expedita por el Presidente de la República, Mauricio Funes, y obliga a que las decisiones referentes a procesos de inconstitucionalidad sean adoptadas con el voto unánime de los cinco magistrados que conforman la Sala.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que es «necesario que se garantice la independencia de cualquier juez en un Estado de Derecho y, en especial, la del juez constitucional en razón de la naturaleza de los asuntos sometidos a su conocimiento». Asimismo ha señalado que «la independencia de cualquier juez supone que se cuente con un adecuado proceso de nombramiento, con una duración establecida en el cargo y con una garantía contra presiones externas».
Es evidente que la adopción de esta reforma por la Asamblea Legislativa y su sanción por el Presidente de la República constituye un freno y una presión indebida a las labores del Tribunal. También lo son las declaraciones de algunos diputados que insinuaron la posibilidad de que los magistrados sean sancionados por haber declarado inaplicable el decreto, por considerarlo inconstitucional, llegando incluso a la destitución.
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) considera –como lo hizo la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de Magistrados y Abogados– que “mantener la vigencia del Decreto 743 equivaldría a bloquear la actividad y el funcionamiento efectivo del máximo tribunal del país y por lo tanto limitaría así de forma sustancial el derecho de los ciudadanos salvadoreños a recurrir al citado tribunal en defensa de sus derechos fundamentales”. En consecuencia, insta a los poderes Ejecutivo y Legislativo a rectificar estas acciones y a respetar la independencia de este alto tribunal.