Ausente política de Estado para cumplir sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos “Alvarado” y “Atenco”
- Las víctimas en ambos casos denuncian una falta de compromiso de Estado para cumplir con sus obligaciones internacionales derivadas de ambos fallos
- Los obstáculos para acceder a la justicia y a la verdad en ambos casos persisten sin que las autoridades responsables de las investigaciones se apeguen a lo mandatado por el tribunal internacional.
Ciudad de México, Chihuahua, 07 de diciembre de 2021. Al cumplirse tres años de la emisión de dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos “Alvarado Espinoza y Otros” y “Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco”, ambos contra México, los obstáculos que siguen enfrentando las víctimas para acceder a verdad y justicia revelan la ausencia de un compromiso de Estado para cumplir con sus obligaciones internacionales.
Ambas sentencias fueron notificadas en los primeros días de la actual administración federal, abordando temas muy relevantes de la agenda actual de derechos humanos en el país. Por un lado, el caso “Alvarado” versa sobre la desaparición forzada por parte de elementos del Ejército de tres integrantes de la familia Alvarado en 2009, en un contexto de profunda militarización en Chihuahua; por su parte, el caso “Atenco” se refiere a los hechos de tortura sexual y otras violaciones graves a los derechos humanos cometidas en contra de 11 mujeres en el marco del operativo policial del 3 y 4 de mayo del 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco.
Si bien los procesos de cumplimiento de ambos fallos son independientes, en ambos casos se puede observar la ausencia de un compromiso estatal concretado en procesos coordinados de cumplimiento, donde las distintas instancias obligadas e involucradas actúen de forma diligente y sostenida; esto ha generado que la mayoría de las medidas ordenadas, tanto individuales como estructurales, no se hayan cumplido e incluso, en algunas de ellas, se evidencie retroceso.
El incumplimiento de estas obligaciones ha impedido que las víctimas puedan acceder a la justicia y a la verdad aun contando con un fallo internacional. En el caso de la familia Alvarado, a 12 años de los hechos, el paradero de las víctimas sigue sin ser esclarecido y las autoridades continúan sin investigar las responsabilidades de los elementos castrenses. En el caso Atenco, no se han dado pasos significativos para investigar todos los niveles de responsabilidad incluyendo la cadena de mando de las tres corporaciones involucradas, mientras que la Fiscalía del Estado de México continúa obstaculizando la investigación, al negarse a la atracción total del caso al fuero federal, sin tener más que una respuesta complaciente por parte de la FGR.
Así, un camino que debió ser de justicia y reparación vuelve a victimizar a las personas denunciantes a pesar de que, en el discurso, el Estado se ha comprometido a cumplir con las resoluciones del Tribunal Interamericano, mismas que le son obligatorias.
Aunado a lo anterior, ambos fallos también se relacionan por temas vigentes en materia de derechos humanos en el país, ya que la Corte IDH analizó en ambos casos distintos aspectos del actuar de las fuerzas de seguridad en el país.
En el caso Alvarado, por ejemplo, la Corte determinó que la seguridad ciudadana debe estar primariamente reservada a los cuerpos policiales civiles y que cuando de forma excepcional intervengan las Fuerzas Armadas, su participación deberá ser subordinada, complementaria, regulada y fiscalizada.
En cuanto al caso Atenco, entre las medidas de no repetición se ordenó la creación de un Observatorio Independiente para monitorear el uso de la fuerza por parte de la Policía Federal, que dio paso a la hoy Guardia Nacional, y que se ha convertido en un ente prioritariamente castrense. El plazo para la conformación de este observatorio venció en 2020.
Revisar el incumplimiento de ambos fallos, a la luz de los estándares desarrollados por el Tribunal en materia de seguridad ciudadana, conlleva reconocer un retroceso en el cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos, que solo podrá revertirse si se dan pasos en los procesos de justicia, pero también en el cumplimiento de las medidas estructurales que ha ordenado el Tribunal.
A tres años de la emisión de ambos fallos, el Estado mexicano aún tiene la oportunidad de demostrar con acciones concretas a nivel interno que permitan acceder a las víctimas a la justicia y reparación, su verdadera apertura al escrutinio y su compromiso a cumplir con sus responsabilidades internacionales.