27 de julio de 2022 Blog Por

Operadores de justicia continúan en riesgo en Perú  

Balance de cumplimiento de las medidas cautelares a favor del Juez Salas Arenas y el Fiscal Pérez Gómez.

Por: Florencia Reggiardo

El 25 de julio de 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió medidas cautelares a favor del fiscal José Domingo Pérez Gómez y el juez Salas Arenas y de sus familias. Las dos resoluciones ordenaron a Perú tomar medidas adicionales para proteger la vida e integridad de ambos operadores de justicia y garantizar sus labores sin ser objeto de amenazas, hostigamientos o actos de violencia. Hoy, estas medidas continúan plenamente vigentes y presentan numerosos desafíos para ser cumplidas. 

Para empezar, ambas decisiones ayudaron a visibilizar, en parte, la preocupante situación que enfrentan las y los operadores de justicia en Perú. Actualmente, el acoso y estigmatización que sufren en el país va en aumento ante su trabajo de combate a la corrupción y protección de la institucionalidad democrática y el Estado de derecho. Cabe resaltar, que los riesgos que enfrentan los operadores de justicia se han agravado en el contexto post-electoral y las autoridades peruanas no han logrado generar mecanismos de protección adecuados. 

Pasado un año la realidad de ambos operadores todavía resulta alarmante, pese a contar con el acompañamiento de la CIDH y de dar seguimiento mediante reuniones, escritos y compromisos para lograr cumplir la orden internacional, lo que les debería dejar ejercer sus funciones en las condiciones adecuadas. Este mecanismo es temporal y funciona hasta que un Estado demuestra que tomó medidas para investigar y sancionar los hechos que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas. En el caso de las autoridades peruanas, gran parte de la investigaciones ha sido archivada sin que ninguna pase a la apertura de una investigación para llegar a juicio y condena. 

En este lapso las amenazas y ataques han continuado, y ambos operadores de justicia se han visto obligados ha tomar medidas personales para su protección y la de sus familias. Por su parte, el Estado realizó ajustes en el personal policial que les acompaña, lo que es positivo, sin embargo en la práctica significa dificultades debido a las rotaciones constantes en el Ministerio del Interior y la Jefatura de la Policía. La última tan solo hace una semana, lo que supone cambios repentinos y explicación nuevamente del propósito de las medidas cautelares a las personas entrantes.

Un segundo tema es  el seguimiento cercano de la CIDH durante este tiempo, que ha sido clave para mantener el canal de diálogo con la Procuraduría Supranacional. Esta se encarga de transmitir la posición de cada institución del Estado involucrada en la implementación de las medidas cautelares,en este caso son el Ministerio Público y el Ministerio del Interior. El acompañamiento de la CIDH ha permitido gestionar reuniones con las autoridades e informar nuevos hechos en menor tiempo, igualmente ha sido esencial para señalar al Estado que las medidas cautelares no se limitan a protección física, sino que es una obligación estatal investigar los delitos contra los dos operadores. De igual forma se le ha  señalado que ambos deben tener acceso y conocer los riesgos que enfrenten, sumado a  que las campañas de odio contra ellos forman parte de las acciones a las que la CIDH sigue de cerca. 

En este sentido, hemos reiterado recientemente una solicitud a la CIDH para que tome en cuenta el gran número de denuncias administrativas, judiciales e incluso constitucionales que ambos operadores enfrentan por sus labores impartiendo justicia. Desde CEJIL, procesos de criminalización como estos son una parte inseparable de las medidas cautelares al afectar la vida, integridad y funciones diarias, sin contar el tiempo que ambos operadores deben ocupar en ejercer su defensa. En el caso de Pérez, cuenta con al menos 10 denuncias ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público. Contra Salas, avanzan al menos 12 denuncias penales y 5 acusaciones constitucionales por haber cumplido sus funciones constitucionales en el marco del proceso electoral de 2021. Así, estos procedimientos que podrían llevar a la suspensión o, incluso, destitución forman parte de los mismos riesgos que llevaron a la concesión de las medidas cautelares. 

Cumplido un año de estar trabajando en la implementación de estas medidas se puede concluir que las dos resoluciones han sido vitales para reflejar la grave situación de operadores de justicia en Perú. Parte del problema es la falta de visión y reconocimiento de las diversas autoridades del Estado respecto de los operadores de justicia como personas defensoras de los derechos humanos, lo que conlleva a que se les dé una adecuada protección. De acuerdo a las Naciones Unidas la calidad de defensor o defensora de derechos humanos radica en la labor de promoción o protección de derechos que la persona realiza y en las actividades que lleva a cabo. 

El Perú mantiene una deuda con los operadores de justicia, quienes en su carácter de personas defensoras de derechos humanos, deben contar con un marco normativo integral que provea atención diferencial para garantizar sus derechos y protegerles. Aunque existe un proyecto legislativo desde finales de 2020, no ha sido tratado por el Congreso.

Finalmente, es clave recordar que las y los operadores de justicia son quienes deben garantizar el acceso a la justicia en una sociedad democrática, entonces si el Estado incumple su obligación al no permitir un ejercicio adecuado de la función jurisdiccional, este derecho puede verse frustrado. Es por esto que las medidas cautelares a favor de Pérez y Salas representan una oportunidad para el Estado peruano de no perder de vista el alcance e importancia de su implementación integral.

CEJIL acompaña las medidas cautelares del fiscal Pérez junto a la Asociación Pro Derechos (APRODEH) y el Instituto de Defensa Legal (IDL), y las medidas cautelares del juez Salas Arenas junto a la Asociación de Jueces para la Justicia y Democracia (JUSDEM).