22 de diciembre de 2011 Comunicado de Prensa

Sentencia de la Corte IDH: Venezuela es responsable por ejecuciones de miembros de la familia Barrios

Washington D.C, 22 de diciembre de 2011. – El 19 de diciembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer la sentencia sobre el caso de la Familia Barrios v. Venezuela. La Corte encuentra a Venezuela internacionalmente responsable por la violación del derecho a la vida de Benito Antonio, Narciso y Rigoberto Barrios, al ser asesinados por agentes de la policía del Estado de Aragua en los años 1998, 2003 y 2005 respectivamente. Rigoberto Barrios tenía 16 años al momento de su muerte por lo cual la Corte encontró que Venezuela violó además el deber especial de protección, por su condición de menor de edad.

 

En los siguientes años, Luis Alberto (2004), Oscar (2009), Wilmer (2010) y Juan José Barrios (2011), también fueron asesinados en circunstancias similares. En estos últimos casos el Tribunal determinó que Venezuela tenía conocimiento del riesgo que corrían sus vidas, ya que contaban con medidas de protección a nivel nacional e internacional, y el Estado no realizó acciones suficientes y efectivas para prevenir los atentados que resultaron en sus muertes, incumpliendo el deber estatal de protección.

 

Todos estos hechos continúan en la más absoluta impunidad en el Estado Aragua desde hace más de una década, lo que llevó al Tribunal a determinar que no se investigaron “seria y diligentemente los hechos del caso”.

 

La sentencia fue notificada al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), al Comité de Familiares de las víctimas de los Sucesos de Febrero y Marzo de 1989 (COFAVIC) y a la Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua (Comisión de Justicia y Paz de Aragua), organizaciones representantes de la familia Barrios ante el Sistema Interamericano.

 

Liliana Ortega, de COFAVIC señaló que “esta sentencia puede significar un primer paso para la reparación de la víctimas y una hoja de ruta que debería seguir el Estado Venezolano para evitar que este tipo de crímenes se repitan en el país y también, su acatamiento sería una señal muy contundente de que el Estado venezolano no es tolerante con este tipo de crímenes y con la impunidad que ha prevalecido en el caso”. Asimismo, declaró Liliana Ortega “instamos al Estado venezolano a ofrecer la debida protección a los miembros de la familia Barrios que aún permanecen en grave riesgo”.

 

Por su parte Luis Aguilera, de la Comisión de Justicia y Paz de Aragua consideró que “los hechos del presente caso no pueden analizarse de manera aislada, tal y como quedó evidenciado en la sentencia del Tribunal interamericano. Las ejecuciones tienen características comunes, no se demostró en ningún momento un enfrentamiento con los policías involucrados y los cuerpos presentaban varios disparos por armas de fuego. La Corte reconoció que los actos contra la familia Barrios tenían relación con su búsqueda de justicia, las víctimas eran en su mayoría testigos en las muertes previas de sus familiares.”

 

El Tribunal llevó a cabo un detallado análisis de los hostigamientos que sufrió la familia Barrios en esta última década, evidenciando así los allanamientos ilegales en su residencia, el desplazamiento que debieron enfrentar en búsqueda de mayor seguridad y los daños que estos hechos ocasionaron a los miembros de la familia Barrios.

 

Ariela Peralta, Sub Directora Ejecutiva de CEJIL afirmó que “esta sentencia reafirma que la justicia es una medida necesaria para quebrar el círculo de violencia e impunidad que ejemplifica el caso Barrios.»

 

En su sentencia, la Corte Interamericana determinó una serie de reparaciones que deberán ser cumplidas por el Estado, entre las que ordenó no solamente llevar a cabo la debida investigación de los hechos y sancionar a los responsables, sino también examinar, de acuerdo con la normativa disciplinaria pertinente, las eventuales irregularidades procesales e investigativas, y en su caso, sancionar la conducta de los servidores públicos correspondientes.

 

 

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