CEJIL

CEJIL valora la ratificación de la condena en Colombia del Coronel Plazas Vega y llama al Ejecutivo a respaldar el accionar de la justicia

Caso de la retoma del Palacio de Justicia

Washington, 3 de febrero de 2012. - El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) valora la importante decisión adoptada el 30 de enero de 2012 por el Tribunal Superior de Bogotá, por la que ratifica la condena de 30 años impuesta en junio de 2010 contra el Coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega, por su responsabilidad en la desaparición forzada de personas ocurrida después de la retoma del Palacio de Justicia por parte de las fuerzas armadas colombianas, el 7 de noviembre de 1985. Plazas Vega es la primera persona procesada por estos hechos cuya condena ha sido confirmada en segunda instancia.

Según la nueva decisión, fundamentada en casi 1.000 folios, el Coronel (r) es responsable como “autor mediato de un concurso homogéneo de delitos de desaparición forzada del que fueron víctimas Irma Franco Pineda y Carlos Augusto Rodríguez Vera”. Por ello, el Tribunal decidió mantener la pena de 30 años de cárcel impuesta en primera instancia.

Vie, 03/02/2012

Washington, 3 de febrero de 2012. - El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) valora la importante decisión adoptada el 30 de enero de 2012 por el Tribunal Superior de Bogotá, por la que ratifica la condena de 30 años impuesta en junio de 2010 contra el Coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega, por su responsabilidad en la desaparición forzada de personas ocurrida después de la retoma del Palacio de Justicia por parte de las fuerzas armadas colombianas, el 7 de noviembre de 1985. Plazas Vega es la primera persona procesada por estos hechos cuya condena ha sido confirmada en segunda instancia.
 
Según la nueva decisión, fundamentada en casi 1.000 folios, el Coronel (r) es responsable como “autor mediato de un concurso homogéneo de delitos de desaparición forzada del que fueron víctimas Irma Franco Pineda y Carlos Augusto Rodríguez Vera”. Por ello, el Tribunal decidió mantener la pena de 30 años de cárcel impuesta en primera instancia.
 
De manera adicional, siguiendo los estándares de derecho internacional, y en especial de la Corte Interamericana, la sentencia reconoce una serie de reparaciones, entre las cuales figuran, entre otras, la publicación de la sentencia en la web del Ministerio de Defensa y Ejército Nacional como garantía de no repetición; y la celebración por parte del Ejército de un acto de reconocimiento público para pedir perdón por los actos que llevaron a la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera e Irma Franco Pineda.
 
Según Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, la ratificación de la condena a Plazas Vega constituye “un nuevo paso para combatir la impunidad que ha rodeado este caso por más de un cuarto de siglo, y un aporte del Poder Judicial al afianzamiento del Estado de derecho en Colombia”. La confirmación de la sentencia avanza el llamado que hiciera en su momento la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, que en su informe de diciembre de 2009 recomendaba a las autoridades judiciales, realizar “todos los esfuerzos para encontrar la verdad, de modo que se respete y restaure la dignidad de las víctimas […] Esta verdad debe incluir la correcta valoración jurídica de los hechos a la luz del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como la identificación de todos los responsables, sean materiales o intelectuales”.
 
De manera inapropiada, el Presidente Juan Manuel Santos, al conocer la sentencia declaró que “el progreso de Colombia en estos últimos años, se debe, entre otras, al Ejército, y ponerlo en la picota pública a que pida perdón, más bien nosotros le pedimos perdón al Ejército por no haber sido lo suficientemente enfáticos en la admiración que le tenemos, en el respeto, en la gratitud que sentimos por todos nuestros soldados de tierra, mar y aire”.
 
Consideramos que las citadas declaraciones del Presidente Santos son desafortunadas, por cuanto pueden suponer un irrespeto frente a decisiones emitidas por el Poder Judicial, contrario a las obligaciones constitucionales del Poder Ejecutivo. Ello, en la medida en que las afirmaciones presidenciales podrían interpretarse como un cuestionamiento a la responsabilidad penal determinada ya por dos tribunales respecto al Coronel Plazas Vega, y a la obligación de cumplir con las medidas generales de reparación que son de la órbita del Ejecutivo y que fueron ordenadas por el Tribunal.
 
Igualmente, el respaldo acrítico al Ejército frente a una sentencia condenatoria podría entenderse como un aval a la impunidad frente a la responsabilidad de otras personas, incluidos otros miembros del Ejército, implicados en las violaciones a los derechos humanos.
 
Por ello, CEJIL hace un llamado al Presidente Santos, así como a otros altos funcionario-as del Estado colombiano, para que muestren su respeto incondicional al Estado de derecho, así como su compromiso frente a las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado en cuanto al acatamiento de los fallos judiciales, y al cumplimiento del consiguiente deber de “prestar a los funcionarios judiciales (…) los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias” (art. 201.1 de la Constitución), al igual que respecto a la investigación y sanción de todos los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.
 
CEJIL es representante de las víctimas de violaciones a los derechos humanos de la retoma del Palacio de Justicia, junto con el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” y la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, ante el proceso que se sigue frente al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
 
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.

CEJIL expresa su dolor y tristeza por el fallecimiento en el día de ayer de la defensora de derechos humanos Sonia Pierre

Sonia Pierre, dominicana, defensora de los derechos humanos de las personas dominicanas de ascendencia haitiana en República Dominicana, falleció el domingo 4 de diciembre de 2011

Washington, D.C., 5 de diciembre de 2011 - “Hemos perdido a un ser humano extraordinario, una defensora que nunca flaqueó en su lucha por la igualdad, aun siendo perseguida y amenazada. Sonia Pierre fue una defensora incansable de los derechos de las personas dominicanas de ascendencia haitiana en República Dominicana y nunca descansó en su lucha contra la discriminación y la violencia. Ella abrió caminos para que futuras generaciones  de dominicanos/as puedan celebrar su herencia cultural sin tener que negar su derecho a la nacionalidad y al trato igualitario en su tierra, República Dominicana”, expresó Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.

Lun, 05/12/2011

Washington, D.C., 5 de diciembre de 2011 - “Hemos perdido a un ser humano extraordinario, una defensora que nunca flaqueó en su lucha por la igualdad, aun siendo perseguida y amenazada. Sonia Pierre fue una defensora incansable de los derechos de las personas dominicanas de ascendencia haitiana en República Dominicana y nunca descansó en su lucha contra la discriminación y la violencia. Ella abrió caminos para que futuras generaciones  de dominicanos/as puedan celebrar su herencia cultural sin tener que negar su derecho a la nacionalidad y al trato igualitario en su tierra, República Dominicana”, expresó Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.
 
Sonia Pierre fue fundadora y Directora Ejecutiva del Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas, organización que junto a CEJIL representó a víctimas de la negación de reconocimiento a la nacionalidad en República Dominicana. En esta labor, Sonia participó en los más altos foros internacionales, incluyendo la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos, logrando establecer uno de los precedentes judiciales más importantes en el derecho internacional sobre el reconocimiento de la nacionalidad, la protección de la niñez y el derecho a la educación , en el caso Yean y Bosico vs. República Dominicana. Lamentablemente, el Estado dominicano aún no ha implementado de forma completa la decisión de la Corte Interamericana. En este caso, la Corte Interamericana concluyó que el estatus migratorio de los padres no puede ser heredado a los hijos.
 
Debido a su trabajo como defensora, Sonia Pierre fue objeto de amenazas, hostigamientos y constantes críticas que mantenían en peligro su vida y la de su familia. Esta situación fue reconocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en más de una ocasión  emitió medidas de protección exigiendo al Estado dominicano que protegiera su vida.
 
Al fallecer, Sonia Pierre dejó un legado invaluable a la sociedad dominicana que contó con una de las líderes más destacadas mundialmente en la defensa de los derechos humanos de las mujeres y de las minorías étnicas. Hoy celebramos su vida, agradecidos por haber tenido el privilegio de participar junto a ella en su lucha por erradicar todo trato desigual y discriminatorio en contra de las poblaciones minoritarias y vulnerables, y rendimos tributo a su legado por ser un digno ejemplo de lo que las defensoras de derechos humanos pueden hacer para lograr una sociedad más justa e igualitaria.
 
Contacto:
Milli Legrain
mlegrain@cejil.org
Tel (1) 202 319 3000

Los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano. Compilación de Instrumentos. Edición 2011.

Los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano. Compilación de Instrumentos.

En el año de su vigésimo aniversario, CEJIL presenta la séptima edición actualizada de “Derechos Humanos en el Sistema Interamericano: Compilación de Instrumentos”; una publicación que recopila las Declaraciones, Tratados, Protocolos y Principios que conforman la normativa fundamental del derecho internacional de los derechos humanos en el ámbito interamericano, complementándola con aquellos textos que reglamentan la composición y funcionamiento de la Comisión y Corte Interamericana (Estatutos y Reglamentos).

En esta oportunidad se incluyen las últimas modificaciones a los Reglamentos de la Comisión y la Corte introducidas en 2009 y la reforma del artículo 11 del Reglamento de la CIDH efectuada en 2011. También pueden encontrarse las reglamentaciones para el funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal del SIDH emitidas por el Consejo Permanente de la OEA, la Corte y la Comisión Interamericanas respectivamente.


Tipo de publicación: Compilación de normas
Versión completa disponible en:
Fecha Publicación: 2011
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Perú debe impedir cualquier tipo de amnistía encubierta

Ministerio de Defensa debe garantizar el acceso a documentos clave para juicios

Washington D.C, 2 de septiembre de 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) manifiesta su profunda preocupación por las declaraciones formuladas por el Ministro de Defensa de Perú, general en retiro Daniel Mora, en una entrevista con la radio local del Instituto de Defensa Legal el pasado 31 de agosto de 2011, ya que representan un retroceso en la lucha contra la impunidad. El Ministro Mora hizo referencia a una “solución de punto final” a los juicios de militares por crímenes de lesa humanidad para encaminarse a la reconciliación en Perú.

Vie, 02/09/2011

 

Washington D.C, 2 de septiembre de 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) manifiesta su profunda preocupación por las declaraciones formuladas por el Ministro de Defensa de Perú, general en retiro Daniel Mora, en una entrevista con la radio local del Instituto de Defensa Legal el pasado 31 de agosto de 2011, ya que representan un retroceso en la lucha contra la impunidad. El Ministro Mora hizo referencia a una “solución de punto final” a los juicios de militares por crímenes de lesa humanidad para encaminarse a la reconciliación en Perú.

CEJIL insta al Presidente Ollanta Humala a enviar un mensaje contundente acorde con sus compromisos de campaña y con sus obligaciones internacionales a favor del respeto de los derechos humanos, incluyendo el acatamiento con el informe de la Comisión de la Verdad de ese país y una reparación integral para las víctimas del conflicto.

En este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ya se ha pronunciado sobre la incompatibilidad con la Convención Americana de Derechos Humanos de las leyes que favorecen la impunidad de graves violaciones a los derechos humanos. Sobre Perú, dicho Tribunal ha emitido varias sentencias en los casos Barrios Altos (2001), La Cantuta (2006), Anzualdo Castro (2009) en los que decretó la inadmisibilidad de medidas que impidan la investigación y sanción de los responsables de violaciones graves a los derechos humanos. En su último pronunciamiento, el Tribunal interamericano estableció que el Perú “no podrá argüir ni aplicar ninguna ley ni disposición de derecho interno, existente o que se expida en el futuro, para eximirse de la orden de la Corte de investigar y, en su caso, sancionar penalmente a los responsables.”

La Directora Ejecutiva de CEJIL, Viviana Krsticevic, señaló que “Ninguna clase de legislación o política estatal que tenga como objetivo impedir la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, aún y cuando se realice mediante procesos democráticos, resultaría compatible con el derecho internacional de los derechos humanos”. Sobre este último punto la Corte IDH señaló en su reciente fallo del caso Gelman v Uruguay que el hecho de que esta clase de leyes se aprueben “en un régimen democrático” y aun cuando sean “ratificada[s] o respaldada[s] por la ciudadanía” “no le concede, automáticamente ni por sí sola, legitimidad ante el Derecho Internacional.”

No es la primera vez que en el Perú se hable de proyectos de legislación o prácticas contrarias a su obligación de investigar graves violaciones a los derechos humanos. En noviembre de 2008 se presentaron ante el Congreso dos proyectos de ley que pretendían conceder la amnistía e indulto a agentes estatales denunciados, investigados, encausados, procesados o condenados por violaciones de derechos humanos. Además, en octubre de 2009 se pretendió a través de otro proyecto de ley dotar de impunidad al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú “que en cumplimiento de su deber dentro de zonas de emergencia y haciendo uso de la fuerza letal, causa muerte o lesiones graves”.

Por todo esto, CEJIL hace un llamado al Presidente Humala a que se deslinde de cualquier declaración e intención de su gobierno de apoyar iniciativas de esta naturaleza.

Finalmente, a través de nuestro trabajo en la defensa de víctimas de derechos humanos en ese país, hemos observado que uno de los impedimentos más graves para combatir la impunidad ha sido la falta de acceso a archivos de las fuerzas armadas. Por ello, CEJIL urge al gobierno de Perú que colabore con los procesos judiciales aún abiertos para que, en un tiempo razonable, puedan concluir y puedan establecerse las responsabilidades individuales y sus correspondientes reparaciones a las víctimas.

 

Para más información:

Milli Legrain

CEJIL

mlegrain@cejil.org

Tel (1) 202 319 3000

 

 

Carta abierta al Presidente de Guatemala tras amenazas y atentados contra peritos del caso Masacre de Las Dos Erres

Hechos de hostigamiento han ocurrido tras condena de cuatro ex militares

San José, 11 de agosto del 2011- CEJIL expresa su preocupación por el grave riesgo en que se encuentran los miembros de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG). Ellos han sido amenazados y han sido víctimas de amenazas tras el fallo condenatorio contra cuatro ex militares en el caso de la masacre de Las Dos Erres.

Jue, 11/08/2011

San José, Costa Rica, 11 de agosto de 2011.

Señor
Ingeniero Álvaro Colom
Presidente de la República de Guatemala
Su despacho

Señor Presidente de la República:

Reciba un respetuoso saludo del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro que defiende y promueve los derechos humanos en el continente americano mediante el uso estratégico de las herramientas que ofrece el Derecho internacional de los derechos humanos.
En esta ocasión nos dirigimos a Usted, para expresarle nuestra preocupación por la grave situación de riesgo en que se encuentran la integridad y la vida de los miembros de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG).
Como es de su conocimiento, la FAFG realiza investigaciones antropológico forenses objetivas e imparciales de muertes sospechosas (individuales o masivas) utilizando la arqueología y antropología física y social. A través de su labor, la Fundación apoya a comunidades y a familiares de víctimas a que recuperen los restos de sus familiares para darles una sepultura digna y según sus costumbres. Asimismo, contribuye al fortalecimiento del sistema de justicia y al respeto de los derechos humanos a través de la investigación, documentación y divulgación de hechos históricos de violaciones al derecho a la integridad y la vida en casos de muerte no esclarecidos.
En razón de esta labor, los miembros de la Fundación han sido víctimas de acciones de intimidación durante años. Dichas acciones se agravaron a partir del año 2002, lo que ameritó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptara a su favor medidas cautelares, solicitándole al Estado de Guatemala que tomara todas las medidas que fueran necesarias para garantizar su vida e integridad.
A pesar de la vigencia de las referidas medidas cautelares, los actos de amenazas e intimidación continuaron. Ello provocó la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que mediante resolución de su Presidente resolvió, el 21 de abril de 2006, otorgar medidas provisionales a favor de la FAFG y sus miembros[1], las cuales fueron ratificadas por el pleno mediante decisión de 4 de julio de 2006[2] y se mantienen hasta la actualidad[3].
Estas medidas son de obligatorio acatamiento para Guatemala, toda vez que el Estado ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos desde el 25 de mayo de 1978 y luego reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 9 de marzo de 1987.
Según se ha hecho público, en días recientes se han registrado nuevos actos de intimidación contra miembros de la FAFG, específicamente algunos de los peritos que han participado en el proceso judicial seguido contra cuatro ex militares responsables de la masacre de Las Dos Erres, cuya sentencia fue dictada el pasado 2 de agosto. Esta sentencia histórica implica un importante avance en la búsqueda de justicia en dicho caso, pero además constituye un poderoso mensaje de que es posible superar la impunidad en la que durante décadas han permanecido gravísimas violaciones a derechos humanos.
En consecuencia, estos ataques no sólo ponen en riesgo la vida y la integridad de los miembros de la FAFG, sino que también obstaculizan el trabajo que realiza la Fundación y el sistema de administración de justicia en su conjunto.
Cabe recordar igualmente, que en la sentencia emitida en diciembre de 2009 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la masacre de Las Dos Erres el tribunal interamericano ordenó al Estado guatemalteco asegurar “que las personas que participen en la investigación, entre ellas víctimas, testigos y operadores de justicia, cuenten con las debidas garantías de seguridad”[4].
En razón de lo anterior, y considerando que existe una obligación internacional del Estado guatemalteco de proteger a los miembros de la Fundación, le solicitamos la interposición de sus buenos oficios para garantizar la seguridad personal de todos los integrantes de la Fundación, la continuidad de su labor y sobre todo la investigación real y efectiva los hechos intimidatorios en su contra.
Por la existencia de una medida de reparación expresa en la mencionada sentencia, así como la vigencia de medidas provisionales emanadas de un órgano internacional de protección de los derechos humanos, como lo es la Corte Interamericana, el Estado guatemalteco sería responsable internacionalmente por lo que pueda ocurrirle a los miembros de la FAFG.
En igual sentido, le instamos a garantizar que se adopten todas las acciones necesarias para asegurar la integridad y la vida de todas aquellas personas involucradas en el esclarecimiento de lo ocurrido y la determinación de las responsabilidades por la masacre de Las Dos Erres, particularmente a los y las integrantes de la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA) que actúan como querellantes adhesivos en el proceso y sus abogados.
Confiamos en que el Estado de Guatemala reaccionará decididamente, honrando así los compromisos adoptados en materia de derechos humanos ante la comunidad internacional.
Aprovechamos la ocasión para expresarle nuestra más alta consideración y estima.

Atentamente,

Viviana Krsticevic
Directora Ejecutiva

c.c. Claudia Paz y Paz, Fiscal General de la República.
c.c. Carlos Menocal, Ministro de Gobernación.
c.c. Ruth Del Valle, Presidenta de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos.
c.c. Pablo Saavedra, Secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Carta_Publica_Presidente_Colom_-_Amenazas_caso_masacre_de_Las_Dos_Erres.pdf

[1] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala. Resolución del Presidente de la Corte de 21 de abril de 2006, Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/antropo_se_021.pdf
[2] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala, Resolución de 4 de julio de 2006. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/antropo_se_02.pdf
[3] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala, Resolución de 22 de febrero de 2011.
[4] Corte IDH. Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr 233.

La tortura sigue siendo un crimen impune en el continente americano

Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura

Washington D. C., 26 de junio del 2011. El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa preocupación sobre el hecho de que varios Estados del continente sean reacios a investigar la tortura, a pesar de que sigue siendo una violación recurrente a los derechos humanos en los países de América.

Dom, 26/06/2011

Washington D. C., 26 de junio del 2011. El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa preocupación sobre el hecho de que varios Estados del continente sean reacios a investigar la tortura, a pesar de que sigue siendo una violación recurrente a los derechos humanos en los países de América.

La inacción de las autoridades a cargo de la investigación de este flagelo ha sido una constante en procesos acompañados por CEJIL, muchos de los cuales incluso tienen resoluciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que expresamente ordenan tanto la investigación como el posterior juzgamiento y sanción de los hechos.

No obstante, la tortura ha permanecido impune en una parte significativa de los casos pertenecientes a épocas de dictadura y de conflictos armados internos. Esta impunidad también se ha mantenido en casos más recientes que revelan cómo esta práctica sigue siendo perpetrada por militares, agentes policiales y autoridades penitenciarias, entre otros. CEJIL ha observado con preocupación las consecuencias agravadas que tiene la tortura contra sectores en situación o condición de mayor vulnerabilidad, como niños y niñas, mujeres campesinos y personas indígenas.

Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, denunció que "CEJIL reconoce que la tortura todavía es una práctica habitual y tristemente generalizada en el quehacer de distintos agentes del Estado en el continente. Se comete como castigo, por causas discriminatorias, como forma de investigación, o con otros fines, y es una vejación especialmente grave porque habitualmente se practica mientras la víctima está en custodia, en una circunstancia de vulnerabilidad total".

Asimismo, Krsticevic señaló que los Estados tienen la obligación de tipificar adecuadamente la tortura, investigarla diligentemente por autoridades del fuero ordinario y, si es el caso, eliminar todos los obstáculos que garanticen la impunidad de este delito. "En la actualidad, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay y Perú desafortunadamente son algunos de los países que están en deuda con el avance de investigaciones de torturas", agregó.

De acuerdo con los instrumentos y la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, la tortura es imprescriptible y su prohibición es “absoluta e inderogable, aun en las circunstancias más difíciles, tales como guerra, amenaza de guerra, ‘lucha contra el terrorismo’ y cualesquiera otros delitos, estado de sitio o de emergencia, conmoción o conflicto interior, suspensión de garantías constitucionales, inestabilidad política interna u otras emergencias o calamidades públicas”.

En el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura que se celebra hoy, 26 de junio, a partir de la resolución 52/149 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, CEJIL insta a los Estados a cumplir con el objetivo para el cual fue nombrado este día: poner fin a la tortura y ayudar a las víctimas de la misma. De igual manera, , CEJIL insta a los Estados del hemisferio para que dimensionen la gravedad de esta violación a los derechos humanos y honren los compromisos de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Asimismo, los Estados deben, en primer lugar, comprometerse a hacer una investigación adecuada de este tipo de casos como un paso primordial para la eliminación de esta práctica.

Votación del Parlamento uruguayo sobre Ley de Caducidad representa nueva dilación para acceso a la verdad y la justicia

Washington DC y Buenos Aires, 20 de mayo de 2011.- El 24 de marzo de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Uruguay dejar sin efecto la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado por haber operado como un obstáculo a la justicia por las graves violaciones a los derechos humanos de la última dictadura militar, en la sentencia del caso Gelman v. Uruguay.

Vie, 20/05/2011

Washington DC y Buenos Aires, 20 de mayo de 2011.- El 24 de marzo de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a Uruguay dejar sin efecto la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado por haber operado como un obstáculo a la justicia por las graves violaciones a los derechos humanos de la última dictadura militar, en la sentencia del caso Gelman v. Uruguay.
 
El resultado de la votación parlamentaria de hoy, por la cual no se alcanzó el número de votos necesarios para dejar sin efecto la Ley de Caducidad frustró lo que hubiera constituido un paso decisivo hacia el efectivo cumplimiento de la Sentencia.
 

El proyecto de ley interpretativo de la Ley de Caducidad que dejaba sin efecto la mayoría de sus disposiciones no pudo ser aprobado hoy en la Cámara de Diputados ya que la mayoría parlamentaria del partido de gobierno no contó con los votos necesarios después que el Poder Ejecutivo diera mensajes que sembraban dudas sobre los efectos de una votación  a favor de la ley. Los demás partidos votaron en contra.
 
CEJIL lamenta profundamente que los mensajes del Presidente de la República hayan sido contradictorios en materia de lucha contra la impunidad frente a autores de crímenes contra la humanidad tan aberrantes como la desaparición forzada, la tortura, el asesinato y la sustracción de identidad.
 
Ariela Peralta, Sub Directora de CEJIL, advirtió sobre el peligro que existe si no se actúa  a tiempo y se asume una política decidida para remover los obstáculos existentes y asegurar verdad y justicia a las víctimas. De acuerdo a una interpretación errónea prevalente de la legislación existente a nivel interno, los delitos cometidos durante la dictadura (1973-1985) podrían prescribir  para noviembre de este año. Concluyó: “esta interpretación a nivel nacional contraria a las disposiciones internacionales en la materia podría consolidar la impunidad”.
 
Asimismo CEJIL recuerda que son los Estados los que en uso de su soberanía deciden libremente asumir distintos tipos de obligaciones, las cuales se comprometen a cumplir con el derecho internacional. Fue en uso de tales poderes soberanos que el 19 de abril de 1985 Uruguay aceptó la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien dirimió la contienda sobre el alcance de los pronunciamientos populares en materia de derechos humanos. La Corte estableció que la protección a los derechos humanos está por encima del resultado de cualquier votación ciudadana, como ya lo había sostenido la Suprema Corte de Justicia uruguaya en noviembre de 2009 en sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad en el caso Sabalsagaray.
 
Según Liliana Tojo, Directora del Programa de CEJIL para Bolivia y el Cono Sur: “La Corte Interamericana ha sido clara al determinar que no es posible esgrimir ningún eximente de responsabilidad –ni amnistías,  ni prescripción- frente a delitos de lesa humanidad; Uruguay deberá reaccionar rápidamente para avanzar hacia la justicia y evitar que la impunidad siga siendo la respuesta”.
 
Aun hay caminos abiertos y mecanismos posibles. Todos los poderes del Estado -el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial- tienen un rol clave y están obligados a  dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte Interamericana. Le compete al Poder Ejecutivo asegurar una política firme sin vacilaciones ni discursos erráticos para otorgar a las víctimas los derechos que les corresponden. El Poder Judicial debe ejercer todas las competencias posibles que permitan dejar sin efecto todos los obstáculos existentes.
 
 
 

Contacto en Washington Ariela Peralta
Subdirectora de CEJIL
Tel: (1) 202 538 2240
Aperalta@cejil.org

Contacto en Buenos Aires
Liliana Tojo
Directora de CEJIL – Programa Cono Sur
(54-9-11) 3340.9795
Ltojo@cejil.org
 
 

CEJIL lamenta retirada de candidato brasileño a las elecciones de la Comisión Interamericana

El anuncio se hizo en el marco del desacuerdo sobre la hidroeléctrica de Belo Monte

Washington DC y Rio de Janeiro, 14 de abril de 2011.- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) lamenta el anuncio por parte del gobierno de Brasil de la retirada de Paulo de Tarso Vannuchi como candidato a integrar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Las elecciones de miembros de la CIDH se celebrarán en junio de este año en San Salvador durante la Asamblea General de la OEA.

Jue, 14/04/2011

Washington DC y Rio de Janeiro, 14 de abril de 2011.- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) lamenta el anuncio por parte del gobierno de Brasil de la retirada de Paulo de Tarso Vannuchi como candidato a integrar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Las elecciones de miembros de la CIDH se celebrarán en junio de este año en San Salvador durante la Asamblea General de la OEA.
 
La retirada se hizo en el marco del desacuerdo del gobierno de Dilma Rousseff con la medida cautelar anunciada el pasado 1 de abril por la CIDH, en relación al proyecto de construcción de la planta hidroeléctrica  Belo Monte, en la cuenca del río Xingu en el estado de Pará, Amazonía. La medida cautelar fue solicitada por varias organizaciones no gubernamentales brasileñas e internacionales: Movimento Xingu Vivo Para Sempre – MXVPS, Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira – COIAB, Prelazia do Xingu, Conselho Indigenista Missionário – CIMI, Sociedade Paraense de Direitos Humanos – SDDH, Justiça Global e Associação Interamericana de Defesa do Meio Ambiente.
 
La CIDH otorgó medidas de protección a favor de más de diez comunidades indígenas que habitan la zona, exigiendo en concreto que el gobierno realice un proceso de consulta con las poblaciones afectadas, que las comunidades tengan acceso a un Estudio de Impacto Social y Ambiental del proyecto y que el Estado adopte medidas para proteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos indígenas afectados. De acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por Brasil, la medida es vinculante.
 
“No estamos haciendo una valoración al candidato propuesto hasta hace poco por Brasil. Simplemente nos preocupa que las elecciones ante la Comisión Interamericana se usen como instrumento de negociación. El gesto podría ser interpretado como un intento para deslegitimar o presionar al Sistema Interamericano frente a las medidas de Belo Monte. Nos sorprende la actitud del Estado, ya que existen vías jurídicas abiertas para controvertir la decisión de la Comisión que no fueron utilizadas por el Gobierno brasilero” expresó Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, organismo de defensa y protección de los derechos humanos, experto en el litigio ante el Sistema Interamericano.
 
El retiro de la candidatura de Vannuchi implica que a partir de 2012, Brasil no tendrá ningún/a jurista en la Comisión o Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Contacto de Prensa
Milli Legrain
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Uruguay deberá dejar sin efecto la ley que impide investigar y castigar graves crímenes de la dictadura militar

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emite su fallo en el caso Gelman

Washington D.C y Buenos Aires, 23 de marzo.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó hoy la sentencia que condena a Uruguay por la desaparición forzada en 1976 de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y el nacimiento en cautiverio de su hija Macarena Gelman, durante la dictadura militar uruguaya, en el marco de la coordinación represiva conocida como Plan Cóndor. De acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por el Estado uruguayo, el pleno cumplimiento de esta sentencia es obligatorio y vinculante para el país.

Mié, 23/03/2011

Washington D.C y Buenos Aires, 23 de marzo.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó hoy la sentencia que condena a Uruguay por la desaparición forzada en 1976 de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y el nacimiento en cautiverio de su hija Macarena Gelman, durante la dictadura militar uruguaya, en el marco de la coordinación represiva conocida como Plan Cóndor. De acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por el Estado uruguayo, el pleno cumplimiento de esta sentencia es obligatorio y vinculante para el país.
María Claudia Garcia Iruretagoyena, con 19 años de edad y siete meses de embarazo, fue secuestrada en Buenos Aires (Argentina) y trasladada a Montevideo (Uruguay) a un centro clandestino de detención. Allí dio a luz a una niña en noviembre de 1976. Permanecieron juntas hasta diciembre de ese año y desde entonces Maria Claudia se encuentra desaparecida. El poeta argentino Juan Gelman, nunca dejó de buscar a su nieta, a quien pudo conocer más de 20 años después de su nacimiento.
 
Las denuncias presentadas por Juan y Macarena Gelman ante la justicia uruguaya no pudieron avanzar debido a la vigencia de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, promulgada en 1986 para evitar que los perpetradores de graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura militar uruguaya (1973-1985) fueran llevados a juicio.
 
El 8 de mayo de 2006, María Macarena Gelman García y Juan Gelman, representados por CEJIL, presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunciando a Uruguay por la impunidad en que quedaron estos graves crímenes y la violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos que representa la vigencia de la Ley de Caducidad.
 
La sentencia de la Corte Interamericana notificada hoy estableció claramente que Uruguay debe remover todo obstáculo que perpetúe la impunidad La Corte estableció que “Dada su manifiesta incompatibilidad con la Convención Americana, las disposiciones de la Ley de Caducidad que impiden la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos carecen de efectos jurídicos y, en consecuencia, no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos del presente caso y la identificación y el castigo de los responsables ni pueden tener igual o similar impacto respecto de otros casos de graves violaciones de derechos humanos consagrados en la Convención Americana que puedan haber ocurrido en el Uruguay.” La Corte fue clara al establecer que el hecho de que la Ley no haya podido ser anulada cuando fue sometida a referéndum no puede ser un impedimento para dejarla sin efecto hoy.
 
Respecto de la búsqueda de los restos de las personas desparecidas la Corte fue clara al señalar al Estado uruguayo que deberá conducir  y llevar a término de modo eficaz las investigaciones por las desapariciones forzadas de Maria Claudia y Macarena , así como de los hechos conexos, determinando las correspondientes responsabilidades penales y administrativas que la ley prevea y acelerar la búsqueda y localización inmediata de María Claudia o de sus restos mortales y, en su caso, entregarlos a sus familiares.
 
A su vez la Corte estableció una serie de reparaciones, que implican además la adopción por el Estado uruguayo de una serie de políticas públicas para reparar las violaciones sufridas de manera integral, así como un acto de perdón público por los crímenes cometidos y la persistencia de la impunidad.
Según Ariela Peralta, Sub- Directora de CEJIL: “Esta sentencia es paradigmática para Uruguay ya que implica finalmente quitar todo efecto a una ley sostenida políticamente para obstaculizar el camino de la verdad y la justicia por 25 años. Significa también un triunfo para las víctimas, sus familiares y una gran parte de la sociedad uruguaya que ha buscado incansablemente caminos para impugnar la Ley nacida del fruto de un acuerdo político que concedió impunidad a los perpetradores de crímenes horrendos. Significa para Juan y Macarena el inicio de un camino más cierto para conocer la verdad que les ayude a aminorar el dolor.”
 
En palabras de Liliana Tojo, Directora del Programa de CEJIL para Bolivia y el Cono Sur: “La decisión de la Corte despeja toda duda, Uruguay debe garantizar justicia a todas las víctimas de torturas y otro crímenes aberrantes y agotar todos los esfuerzos para dar a conocer la verdad a toda la sociedad uruguaya. Estamos seguros que Uruguay cumplirá con todos los términos de la sentencia.”
 
En ese sentido, Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL afirmó que “le toca ahora a Uruguay el desafío que han enfrentado otros países de la región  construyendo el camino de verdad, justicia y reparación para las víctimas de violaciones del pasado reciente; como ocurrió en Chile, Perú y Argentina. La decisión de la Corte Interamericana  establece los pasos necesarios para profundizar el compromiso del Uruguay con la verdad y la justicia al exigir una investigación acelerada del paradero de María Claudia García Iruretagoyena, la eliminación de los efectos de la ley de caducidad y el acceso a la información de la dictadura que reposa en archivos estatales, entre otros.  Sin duda alguna, el fallo constituye un reconocimiento y un aliento a Juan y Macarena Gelman en su incansable búsqueda por la verdad y la justicia.”

Sentencia de la Corte: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_222_esp.pdf
 
Para mayor información
Contacto en Washington:
Milli Legrain
1-202-319.3000
Mlegrain@cejil.org
 
Contacto en Argentina
Liliana Tojo
(54-9-11) 3340.9795
Ltojo@cejil.org
 
 

Congresos estatales deben apurar ratificación de trascendente reforma constitucional en México

Carta Magna reconoce el valor fundamental de los tratados internacionales en derechos humanos

San José, 17 de marzo del 2011. CEJIL se complace por la reciente reforma constitucional en México e insta a las legislaturas estatales a que sancionen lo antes posible la nueva versión de la Carta Magna con enfoque a los derechos humanos.

Jue, 17/03/2011

San José, jueves 17 de marzo del 2011. La semana pasada, el Senado mexicano adoptó una de las más importantes reformas constitucionales en materia de derechos humanos de las últimas décadas.

La reforma de once artículos eleva al rango de la Carta Magna los compromisos que el Estado mexicano ha asumido mediante tratados internacionales y garantiza el principio pro personae (la aplicación de la norma más favorable para la persona). Además, el documento renovado establece “las obligaciones de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos por parte del Estado.” Esta disposición es sustantiva para el avance en el cumplimiento adecuado y efectivo de las resoluciones emitidas por órganos internacionales de derechos humanos.

Por otra parte, entre otros avances, la nueva versión constitucional define cómo y en cuáles circunstancias se puede declarar el Estado de excepción; y se estipula los derechos para la solicitud de asilo, por motivos políticos; y para la solicitud de refugio, por razones humanitarias.

La prohibición de discriminar por motivos de orientación sexual ha quedado explícitamente normado en la Carta Magna. Asimismo se estipula que la organización del sistema penitenciario debe estar regida por los derechos humanos.

Este importante avance representa un punto de partida para las distintas modificaciones legislativas que deben darse en México, tanto en la Constitución como en otras normas que no cumplen con los estándares internacionales en materia de derechos humanos como, por ejemplos, algunas disposiciones del Código de Justicia Militar y de la Ley de Amparo.

Ahora, al menos 17 de los 32 congresos estatales deben sancionar la reforma para que entre en vigor. CEJIL se suma al reconocimiento por este avance y, como organización regional de derechos humanos que acompaña a distintas organizaciones, víctimas de violaciones de derechos humanos y familiares de ellas, insta a las legislaturas locales y al Ejecutivo federal a garantizar la vigencia de esta reforma a la brevedad. Así, las personas que se encuentran en territorio mexicano gozarán de mayores derechos.

 

Contacto en Costa Rica

Darío Chinchilla

Difusión y Prensa

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