Masacre de La Cantuta / Perú
Miembros de los servicios de inteligencia del ejército peruano, encapuchados y armados, irrumpieron en la madrugada del 18 de julio de 1992 en los dormitorios de estudiantes y profesores de la Universidad Nacional “Enrique Guzmán y Valle” (La Cantuta). Allí secuestraron a nueve estudiantes y a un profesor a quienes llevaron a un paraje solitario fuera de la ciudad de Lima, donde los asesinaron y sepultaron en fosas clandestinas.
En 1993, luego de que una revista publicara dónde habían sido sepultadas las secuestrados, fueron descubiertas cuatro fosas clandestinas en la ciudad de Cieneguilla en las que pudieron ser identificados los restos de algunas de las víctimas del caso.
La justicia ordinaria inició una investigación que después fue trasladada a la jurisdicción militar. En 1994, la justicia castrense condenó a penas de entre 1 y 20 años de prisión a los autores de las desapariciones forzadas de La Cantuta. Después de esa sentencia el general peruano Rodolfo Robles denunció que los autores intelectuales del crimen no habían sido juzgados y señaló como los principales responsables al asesor presidencial, Vladimir Montesinos, y a otros generales del ejército.
Tras esa denuncia, el 14 de junio de 1995 el Congreso aprobó una Ley de Amnistía que benefició a personal militar, policial o civil involucrado en violaciones de los derechos humanos cometidas desde 1980 hasta ese día. Los condenados por las desapariciones y ejecuciones de La Cantuta quedaron en libertad.
Los familiares de tres de las víctimas presentaron una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a la que luego se sumaron como representantes CEJIL, la Asociación Pro Derechos Humanos y el Centro de Estudios y Acción para la Paz (CEAPAZ).
En 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Perú por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de las víctimas de La Cantuta, en el contexto de una estrategia contrasubversiva implementada por el Estado, especialmente en los momentos más intensos del conflicto. La Corte también reafirmó que la jurisdicción militar no era el fuero competente para investigar y sancionar a los responsables de estos hechos, y que las leyes de amnistía dictadas eran contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y por lo tanto no tenían validez.
Para la Corte quedó establecido que el crimen fue cometido por el Grupo Colina, un cuerpo adscrito al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), que ejecutó la masacre con conocimiento del entonces Presidente de la República y responsable del Comando del Ejército, Alberto Fujimori.
Las investigaciones iniciadas tras la sentencia de la Corte produjeron que se acusara por los crímenes al ex presidente Alberto Fujimori quien había huido del país en 2002. CEJIL junto a muchas organizaciones de derechos humanos apoyó con firmeza la extradición. En septiembre de 2007 la Corte Suprema de Chile autorizó la extradición de Fujimori.
La Justicia peruana condenó en 2008 a 35 años de prisión al exjefe del SIN, Julio Salazar Monroe, y a 15 años a otros cuatro ex integrantes del Grupo Colina, por los delitos de desaparición forzada y homicidio calificado en el caso de La Cantuta.
En 2009, tras año y medio de juicio, la justicia peruana también condenó a Fujimori a 25 años de prisión, al establecer su responsabilidad penal por la desaparición y ejecución de 27 personas en los casos de La Cantuta y Barrios Altos. Los restos de cuatro de las víctimas todavía no han sido encontrados.
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