ECUADOR

Sarayaku


En 1992, Ecuador concedió 135.000 hectáreas de tierra al pueblo originario Kichwa de Sarayaku. Cuatro años más tarde estas tierras fueron incluidas en las 200.000 hectáreas que el Estado concedió a la compañía petrolera argentina CGC para la exploración y explotación de petróleo, sin que se hubiese consultado previamente con el pueblo indígena Kichwa de Sarayaku y sin su consentimiento.

Después de haber presentado múltiples denuncias ante las autoridades del país, la Comunidad, obtuvo el retraso de las actividades extractivas durante varios años. No obstante, en el 2002, miembros de la empresa petrolera entraron por la fuerza al territorio de Sarayaku, custodiados por el ejército y fuerzas de seguridad privadas. La empresa abrió caminos, introdujo explosivos y deforestó terrenos, destruyendo árboles y plantas de valor sagrado y cultural para la comunidad. A consecuencia de estas acciones, que duraron un año, 1.400 kilos del explosivo pentolita —de gran poder destructor por su elevada velocidad de detonación—  se encuentran actualmente por debajo del territorio de Sarayaku, poniéndose en grave riesgo la vida de los miembros del pueblo originario de Sarayaku así como sus condiciones de acceso a una vida digna.

El 19 de diciembre de 2003, la Asociación del Pueblo Kichwa de Sarayaku, el Centro de Derechos Económicos y Sociales y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en junio de 2004 sometió a consideración de la Corte, una solicitud de medidas provisionales a favor del Pueblo Sarayaku. 

En 2004, la Comisión sometió a consideración de la Corte una solicitud de medidas provisionales a favor del Pueblo Sarayak con el propósito de proteger la vida e integridad de los miembros del Pueblo Sarayaku mediante una serie de acciones que el Estado debía implementar. 

Finalmente, tras nuevas denuncias ante las autoridades locales y la Defensoría del Pueblo de la provincia Pastaza, donde la comunidad Sarayaku vive, se suspendieron las actividades de explotación.

Tras agotarse el trámite ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el caso en contra el Estado del Ecuador por haber violado el derecho a la vida e integridad personal de los Sarayaku, así como su derecho a una consulta previa, libre e informada, por las actividades extractivas realizadas entre 2002 y 2003, es presentado ante la Corte IDH en 2010.

Gracias a la sentencia emitida por el tribunal internacional, 1.200 personas mantuvieron sus tierras ancestrales, siendo su principal medio de supervivencia y sustento de su cultura. Asimismo, el Estado ha cumplido con la reparación monetaria a la Comunidad establecida en la sentencia. De un modo más amplio, el caso ha demostrado cómo pueden defenderse de modo efectivo los derechos de los pueblos originarios en el continente americano, ya que creó jurisprudencia y ha elevado a estándares internacionales el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas. Dado que todos los Estados que han ratificado la Convención Americana tienen que acatar las sentencias de la Corte IDH, el fin de solicitar la consulta previa y el consentimiento, establece un estándar interamericano nuevo e importante destinado a proteger los derechos de las comunidades indígenas a sus tierras ancestrales.

Finalmente, el caso pone de manifiesto la retroalimentación positiva que el mecanismo y monitoreo regional generan, al “nivelar” las relaciones de poder entre un grupo vulnerable de la población y el Estado. Así, el caso ha provocado el apoderamiento de la comunidad, pasando de víctimas a actores nacionales con poder de negociación frente al Estado. Además la sentencia constituye un precedente jurídico para los países de las Américas acerca del derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado en cuanto a la explotación de recursos naturales en territorios indígenas.

No obstante, ciertas medidas de reparación establecidas por la sentencia no han sido cumplidas. Sólo 16 de los 1.400 kilos de explosivos presentes en el territorio han sido removidos, volviendo inutilizable gran parte del terreno. Adicionalmente, Ecuador no ha armonizado su legislación en materia de consulta previa y consentimiento, cuestión que (potencialmente) pone en peligro los derechos de otras comunidades indígenas e incluso el de Sarayaku. Además, el Estado de Ecuador ha continuado incursiones inconsultas al territorio del Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku.

En noviembre de 2019, representantes del Pueblo Sarayaku presentaron una acción por el incumplimiento de la sentencia de Corte IDH ante la Corte Constitucional (CC).

Impacto del caso:

  • 1.200 personas mantuvieron sus tierras ancestrales, principal medio de supervivencia y sustento de su cultura.
  • El Estado ha cumplido con la reparación monetaria a la Comunidad establecida en la sentencia.
  • El caso ha creado jurisprudencia y ha elevado a estándares internacionales el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas. Esto crea un precedente en la lucha por las garantías de los pueblos indígenas en la región.

Fecha de actualización: 04 de febrero 2020