Digna Ochoa
Digna Ochoa, activista por la defensa de derechos humanos en México, vinculada al Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” (PRODH), fue asesinada el 19 de octubre de 2001, dos meses después de que se le levantaron las medidas provisonales a su favor.
Desde años anteriores a su asesinato, la activista sufrió amenazas en varias ocasiones y secuestros, como consecuencia de su labor como defensora de derechos humanos en México, lo que llevó a que en 1999, la víctima en acompañamiento del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos, solicitaran medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y posteriormente medidas provisionales ante la Corte IDH por las consistentes amenazas y ataques contra Digna Ochoa y el PRODH.
Después de casi dos años, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio por concluidas las medidas provisionales otorgadas a Digna Ochoa y demás integrantes del Centro PRODH. Dos meses después, Digna fue asesinada. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), encargada de la investigación interna, dictaminó en su momento que se trataba de un suicidio, por lo que se descartó continuar con el proceso de investigación de la muerte de la activista y el caso fue cerrado.
Los hechos de este caso no son aislados, se enmarcan en un contexto estructural de violaciones a los DD.HH de las personas defensoras en México, en particular de mujeres defensoras, situación que está acompañada por altas tasas de impunidad.
El proceso continuó en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y posterior a la muerte de Digna, se presentaron ante la Comisión alegatos relacionados a la falta de investigación efectiva y de esclarecimiento de la verdad de los hechos. En 2013, se llevó a cabo la audiencia y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió el informe de admisibilidad del caso para su posterior decisión de fondo.
La CIDH declaró la responsabilidad del Estado mexicano por las violaciones de derechos humanos en prejuicio de los familiares de Digna Ochoa y ordenó al Estado adoptar una serie de medidas para reparar el daño causado y garantizar la no repetición de los hechos. Sin embargo, ante la falta de avances sustantivos en el cumplimiento de estas medidas, se remitió el caso a la Corte IDH. Actualmente se encuentra a la espera de una audiencia por parte de la Corte IDH en San José de Costa Rica.
Impacto del caso:
- El caso representa una oportunidad para que se ordene al Estado la investigación sobre la muerte de Digna Ochoa y asegure que se lleve a cabo de forma independiente, imparcial y libre de estereotipos de género, con miras a revindicar la imagen, trabajo y memoria de las mujeres defensoras de derechos humanos.
- Teniendo en cuenta el contexto actual de impunidad generalizada sobre los crímenes contra personas defensoras de derechos humanos, el caso también representa una oportunidad para que se reafirmen las obligaciones que tienen los Estados frente a la protección de las personas defensoras de derechos humanos, y especialmente tratándose de mujeres defensoras.
- Este caso sentaría un importante precedente en el establecimiento de estándares internacionales en lo relacionado a la estigmatización de género en los procesos de investigación en casos de mujeres defensoras de derechos humanos y las repercusiones que estos tienen en el acceso a la verdad y a la justicia.
Fecha de actualización: 14 de febrero 2020