{"id":12031,"date":"2015-09-29T14:57:11","date_gmt":"2015-09-29T14:57:11","guid":{"rendered":"http:\/\/cejil.z.actotal.net\/caso\/palacio-de-justicia\/"},"modified":"2015-09-29T14:57:11","modified_gmt":"2015-09-29T14:57:11","slug":"palacio-de-justicia","status":"publish","type":"caso","link":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/caso\/palacio-de-justicia\/","title":{"rendered":"Palacio de Justicia"},"content":{"rendered":"<p class=\"rtejustify\">El 6 de noviembre de 1985, el comando guerrillero Iv\u00e1n Marino Ospina, del grupo M-19, tom\u00f3 el Palacio de Justicia, sede de la Corte Suprema y del Consejo de Estado en la ciudad de Bogot\u00e1, Colombia.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">El Ej\u00e9rcito ya contaba, desde agosto de ese a\u00f1o, con informaci\u00f3n del servicio de inteligencia que indicaba que el M-19 tomar\u00eda el Palacio. A pesar de ello, dos d\u00edas antes de <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=nCihsLwxOWI\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">la toma<\/a>, sin motivo alguno, la seguridad que brindaba la Polic\u00eda Nacional a los jueces y personal que trabajaba en el Palacio de Justicia fue retirada.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">Tras la toma, los altos mandos de las Fuerzas Armadas de Colombia decidieron recuperar el Palacio a trav\u00e9s de un <a href=\"https:\/\/radioambulante.org\/audio\/la-noche-mas-larga-1\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">operativo militar y de inteligencia<\/a> que s\u00f3lo cesar\u00eda 27 horas despu\u00e9s. Durante el transcurso del operativo, 12 personas fueron desaparecidas forzosamente, 4 fueron torturadas y un magistrado auxiliar fue desaparecido y luego ejecutado extrajudicialmente por agentes de la fuerza p\u00fablica. M\u00e1s de 90 personas murieron dentro del Palacio, incluyendo civiles y magistrados.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">En 1991, las personas familiares de las v\u00edctimas presentaron la primera denuncia ante la CIDH. A partir del a\u00f1o 2000, CEJIL, el Colectivo de Abogados \u201cJos\u00e9 Alvear Restrepo\u201d (CCAJAR) y la Comisi\u00f3n Intereclesial de Justicia y Paz (<a href=\"http:\/\/www.colectivodeabogados.org\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">CIJP<\/a>), comenzaron a representar a las familias de las personas desaparecidas.&nbsp;<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">En 2011, la CIDH concluy\u00f3 que el Estado de Colombia es responsable internacionalmente por la violaci\u00f3n de los derechos a la libertad personal, la integridad personal, a la vida, a la personalidad jur\u00eddica de las v\u00edctimas y <a href=\"https:\/\/summa.cejil.org\/es\/entity\/ik28s8kbbze\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">remite el caso<\/a> ante la Corte IDH.&nbsp;<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">Despu\u00e9s de casi 25 a\u00f1os en el Sistema Interamericano, la Corte IDH public\u00f3 en el 2014 la <a href=\"https:\/\/summa.cejil.org\/es\/entity\/9xnr5dcwfqvq85mi\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">sentencia del caso<\/a> en donde encontr\u00f3 a Colombia responsable por graves violaciones de derechos humanos, poniendo de manifiesto la reacci\u00f3n desproporcionada de las fuerzas de seguridad del pa\u00eds. La Corte orden\u00f3 una serie de reparaciones, entre las que est\u00e1n: realizar las investigaciones necesarias para establecer la verdad de los hechos, determinar, juzgar y sancionar a los responsables, as\u00ed como identificar el paradero de las v\u00edctimas desaparecidas.&nbsp;<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">La gravedad institucional de los hechos constituye un hito en la historia reciente de Colombia. A su vez, ilustra el contexto de impunidad, falta de cumplimiento efectivo del derecho a la verdad e incumplimiento de sus responsabilidades de identificaci\u00f3n de todas las v\u00edctimas.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">A la fecha, s\u00f3lo existen una condena firme por el caso de desaparici\u00f3n forzada de las v\u00edctimas, en contra del general ya retirado, Jes\u00fas Armando Arias Cabrales, por la desaparici\u00f3n forzada de&nbsp; 5 de&nbsp; las 12 v\u00edctimas, imponi\u00e9ndole una pena de 35 a\u00f1os de c\u00e1rcel.&nbsp;<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">La otra, en contra del coronel Luis Alfonso Plazas Vega, por la desaparici\u00f3n forzada&nbsp; de Irma Franco y Carlos Rodr\u00edguez Vera, de 30 a\u00f1os de c\u00e1rcel, fue revocada en 2015 por la Corte Suprema de Justicia, poniendo a Plazas Vega en libertad despu\u00e9s de ocho a\u00f1os.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\">En noviembre de 2019, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n <a href=\"https:\/\/www.colectivodeabogados.org\/?34-anos-buscando-verdad-y-justicia\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">neg\u00f3 la desaparici\u00f3n forzada<\/a> durante la toma y retoma del Palacio de justicia, asegurando que no hubo personas desaparecidas, sino malas identificaciones y entregas de cuerpos. Casi treinta y cinco a\u00f1os despu\u00e9s de que ocurrieran los hechos a\u00fan se desconoce el paradero algunas de las v\u00edctimas desaparecidas y no hay avances claros en la investigaci\u00f3n de lo sucedido.<\/p>\n<p class=\"rtejustify\"><strong>Impacto del caso:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li class=\"rtejustify\">El dictamen del Tribunal&nbsp; estableci\u00f3 de manera muy clara los hechos ocurridos durante la retoma del Palacio de Justicia.<\/li>\n<li class=\"rtejustify\">La sentencia de la Corte IDH reconoci\u00f3 los da\u00f1os y orden\u00f3 reparaciones integrales para familiares de las v\u00edctimas.<\/li>\n<li class=\"rtejustify\">Mediante la reapertura de los procesos a nivel interno, se realiz\u00f3 las condena de un ex general implicado en el operativo de la retoma y la investigaci\u00f3n de otros militares involucrados.&nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"rtejustify\"><strong>Fecha de actualizaci\u00f3n: <\/strong>29&nbsp;enero&nbsp;2020<\/p>\n","protected":false},"featured_media":12032,"menu_order":0,"template":"tpls\/single-casos-tpl.php","format":"standard","meta":[],"categories":[],"class_list":["post-12031","caso","type-caso","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/caso\/12031","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/caso"}],"about":[{"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/types\/caso"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12032"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12031"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cejil.org\/pt-br\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12031"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}