CEJIL

Nicaragua limita derechos políticos de pueblos indígenas

Audiencia ante Corte IDH

 

  • Estado nicaragüense no se presenta a audiencia convocada por Corte IDH.
  • Reformas electorales previstas por sentencia de 2005 siguen pendientes.
  • País viola derechos políticos y restringe participación electoral.

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con sede en San José, celebró la tarde de este martes la audiencia para supervisar el cumplimiento de la sentencia sobre el Caso YATAMA vs. Nicaragua, donde se reiteraron las graves restricciones a la participación política en los procesos electorales de este país y que continúan afectando especialmente a la personas indígenas.

La Corte IDH emitió en junio de 2005 una sentencia en la que declaró las violaciones de los derechos políticos, garantías judiciales e igualdad ante la ley de los candidatos de YATAMA, una agrupación política indígena nicaragüense. El fallo ordenó una serie de reformas a la legislación interna la cual no ha cambiado en nada desde hace ocho años.

Tue, 05/28/2013

 

  • Estado nicaragüense no se presenta a audiencia convocada por Corte IDH.
  • Reformas electorales previstas por sentencia de 2005 siguen pendientes.
  • País viola derechos políticos y restringe participación electoral.

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con sede en San José, celebró la tarde de este martes la audiencia para supervisar el cumplimiento de la sentencia sobre el Caso YATAMA vs. Nicaragua, donde se reiteraron las graves restricciones a la participación política en los procesos electorales de este país y que continúan afectando especialmente a la personas indígenas.Nicaragua Yatama

La Corte IDH emitió en junio de 2005 una sentencia en la que declaró las violaciones de los derechos políticos, garantías judiciales e igualdad ante la ley de los candidatos de YATAMA, una agrupación política indígena nicaragüense. El fallo ordenó una serie de reformas a la legislación interna la cual no ha cambiado en nada desde hace ocho años.

La sentencia es paradigmática dado que estableció el derecho de los pueblos indígenas a participar en procesos electorales de acuerdo con sus usos y costumbres. En esta sentencia, la Corte IDH señaló la obligación del Estado de Nicaragua de contar con un recurso que controle las decisiones de los órganos electorales, cuando se violenten derechos humanos.

En un acto de desacato, el Estado de Nicaragua no se hizo presente a la audiencia de hoy.

Las organizaciones representantes, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL por sus siglas en inglés) y el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), señalaron de manera enfática que “a 13 años de ocurridos los hechos y 8 años de haber sido emitida la sentencia en el caso, han transcurrido 4 elecciones municipales, 4 elecciones regionales y 3 elecciones nacionales, en las que se han presentado problemas relacionados con la debilidad del sistema electoral y no obstante, el Estado sigue aplicando normas que son violatorias de derechos humanos”.

Reforma electoral a medias

Aun cuando el 23 de mayo de 2012 se publicó en el diario oficial de Nicaragua, La Gaceta, la Ley No. 790, que reformó la anterior Ley Electoral No. 331, la iniciativa legislativa nunca fue consultada con los pueblos indígenas nicaragüenses, quienes representan el 8.6% del total de la población nacional.

Dicha reforma fue aprobada además en un tiempo récord de cuatro días, tras haber logrado 77 votos de los 92 diputados y diputadas que conforman la Asamblea Nacional de Nicaragua.

“Ninguno de los 25 artículos reformados se refiere a lo que fue ordenado por la Corte Interamericana, lo que demuestra que no existe voluntad política para garantizar los derechos políticos de los pueblos indígenas, ni en general de los y las nicaragüenses”, explicó el abogado Norwin Solano del CENIDH.

La sentencia de la Corte IDH fue clara en establecer que la posibilidad de participación en procesos electorales únicamente a través de partidos políticos restringía indebidamente el ejercicio de los derechos políticos de los candidatos indígenas.

“La imposición a organizaciones indígenas de cumplir los mismos requisitos que los partidos nacionales, sin tener en cuenta sus formas tradicionales, usos y costumbres, debilita y desnaturaliza a dichas agrupaciones y constituye una violación de sus derechos políticos”, señaló Marcia Aguiluz, Directora del Programa de CEJIL para Centroamérica y México.

Falta de control constitucional del CSE

De acuerdo con las y los denunciantes, a las insuficientes reformas se suma la imposibilidad jurídica de realizar un control constitucional de las decisiones del Consejo Supremo Electoral de Nicaragua (CSE), órgano que aseguran, “mantiene en estado de indefensión a las personas que consideran vulnerados sus derechos políticos”.

Al respecto, los representantes subrayaron la arbitrariedad que caracteriza algunas decisiones del CSE, ya que emite resoluciones sin motivación alguna y no son objeto de posteriores controles, debido a la inexistencia de recursos judiciales.

El representante de YATAMA, Brooklyn Rivera, solicitó a la Corte IDH, informar a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americana (OEA) que se realizará en junio próximo en Guatemala, el incumplimiento notorio y evidente de la sentencia.

CEJIL y CENIDH también solicitaron a la Corte Interamericana que exija al Estado nicaragüense “presentar en los próximos seis meses, una iniciativa de reforma a la ley electoral; acorde a los estándares de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que en definitiva acate la sentencia de 2005 emitida por este Tribunal”.

Más información

Sergio Pacheco S.

CEJIL

+506 22807473 ext. 11

Fotografía CC Daniel Fajardo

XLII Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Mon, 10/04/2010 - 03:00 - Fri, 10/08/2010 - 03:00
Centro de Convenciones Eugenio Espejo
Quito, Ecuador

Timurtas v. Turkey

Fri, 07/09/1999

CEJIL  presented an analysis of the jurisprudence of the Inter-American Commission and Court of Human Rights concerning forced disappearances, inter alia, in relation to the right to life.

The Inter-American Court has on several occasions pronounced that forced disappearances frequently involve the violation of the right to life[3]. In the inter-American system, a violation of the right to life as a consequence of a forced disappearance can be proved in two different ways. Firstly, it may be established that the facts of the case at hand are consistent with an existing pattern of disappearances in which the victim is killed. Secondly, the facts of an isolated incident of a fatal forced disappearance may be proved on their own, independently of a context of an official pattern of disappearances. Both methods are used to establish State control over the victim's fate which, in conjunction with the passage of time, leads to the conclusion of a violation of the right to life.

CEJIL  presented an analysis of the jurisprudence of the Inter-American Commission and Court of Human Rights concerning forced disappearances, inter alia, in relation to the right to life.

The Inter-American Court has on several occasions pronounced that forced disappearances frequently involve the violation of the right to life[3]. In the inter-American system, a violation of the right to life as a consequence of a forced disappearance can be proved in two different ways. Firstly, it may be established that the facts of the case at hand are consistent with an existing pattern of disappearances in which the victim is killed. Secondly, the facts of an isolated incident of a fatal forced disappearance may be proved on their own, independently of a context of an official pattern of disappearances. Both methods are used to establish State control over the victim's fate which, in conjunction with the passage of time, leads to the conclusion of a violation of the right to life.

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Nueva demanda contra Guatemala por pena de muerte

Tue, 09/28/2004

San José, Costa Rica, 28 de septiembre de 2004

El pasado 18 de septiembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una nueva demanda contra Guatemala, esta vez, por la condena a pena de muerte de Ronald Ernesto Raxcacó. Este caso, litigado ante la CIDH por su abogado defensor, por el Centro por la Justicia el Derecho Internacional CEJIL y por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala, se refiere a la responsabilidad internacional del Estado guatemalteco por realizar reformas legislativas que ampliaron los delitos sancionados con pena de muerte, en contravención con la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Ronald Raxcacó fue juzgado por el secuestro de un niño en ciudad de Guatemala y condenado a muerte el 14 de mayo de 1999.

En su momento, la CIDH alegó que el Estado de Guatemala es responsable de violación a los derechos humanos en perjuicio de Ronald Raxcacó, por lo que le recomendó al Estado: adoptar medidas legislativas para garantizar que no se imponga la pena de muerte de manera obligatoria a ninguna persona en ese país; adoptar medidas para que no se aplique dicha pena a delitos que no la contemplaban en el momento de la ratificación de la Convención Americana; y adoptar medidas para que sea efectivo el derecho a solicitar amnistía, indulto o conmutación de la sentencia. Además, la CIDH recomendó a Guatemala que tome medidas para reparar a la víctima y para mejorar las condiciones de detención de Ronald Raxcacó.

Para evitar que la Comisión Interamericana enviara este caso a la Corte, el Estado de Guatemala, en dos ocasiones, solicitó prórrogas adicionales para cumplir con las recomendaciones. Sin embargo, el Estado no cumplió con ellas y la CIDH decidió enviar el caso Raxcacó al máximo tribunal interamericano.

En los próximos días, CEJIL y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, en su calidad de representantes de la víctima, serán notificados de la demanda y tendrán la oportunidad de presentar la suya ante la Corte. CEJIL espera que la Corte resuelva este caso y que obligue al Estado guatemalteco a adecuar la legislación interna en materia de pena de muerte de conformidad a los estándares internacionales.

Cabe mencionar, y siempre en relación con este caso, que la Comisión Interamericana a solicitud de CEJIL, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y el abogado defensor de Raxcacó, solicitó el pasado 16 de agosto del presente año, Medidas Provisionales ante la Corte para evitar que Raxcacó y otras personas condenadas a muerte fueran ejecutadas mientras la CIDH resuelve los casos que se tramitan ante esta instancia. La Comisión solicitó directamente las Medidas Provisionales considerando que en tres ocasiones anteriores, el Estado guatemalteco no implementó medidas cautelares aprobadas en casos similares y ejecutó a las personas condenadas a muerte.

 

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El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.

CEJIL informó a la CIDH sobre irregularidades de la justicia militar en Brasil

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), junto con los expertos Beatriz Affonso y Dr. Helio Picudo, participó hoy de una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la que informó sobre la competencia de la Justicia Militar para juzgar crímenes comunes en Brasil y la situación de impunidad que se deriva de esta irregularidad.

Mon, 02/28/2005

Washington, D.C. 28 de febrero de 2005

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), junto con los expertos Beatriz Affonso y Dr. Helio Picudo, participó hoy de una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la que informó sobre la competencia de la Justicia Militar para juzgar crímenes comunes en Brasil y la situación de impunidad que se deriva de esta irregularidad. La CIDH recibió a CEJIL en el marco del 122º período ordinario de sesiones que se está celebrando en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) en Washington. Representantes del gobierno de Brasil estuvieron también presentes en la audiencia.

CEJIL informó a la CIDH que actualmente los crímenes comunes perpetrados por policías militares son juzgados por la justicia militar y que, si bien sólo los homicidios dolosos han sido transferidos a la justicia común, éstos continúan siendo investigados por la policía militar. Se informó además que de los 230 casos de homicidios dolosos que han sido investigados un 72% ha sido archivado por el Ministerio Público. CEJIL y los expertos antes mencionados expresaron su preocupación a la CIDH debido al grado de impunidad en la mayoría de estos casos en los que están involucrados agentes policiales.

CEJIL solicitó a la CIDH que le exija al Estado brasilero que ajuste su legislación interna a los estándares establecidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que organice un seminario invitando a los principales actores políticos ligados al tema para discutir una reforma de la legislación interna, de manera de adecuar la Justicia Militar a los estándares internacionales de protección de los derechos humanos. Asimismo le solicitó que haga todos sus esfuerzos para la aprobación de un proyecto de ley en el Congreso Nacional que transferiría de la Justicia Militar a la Justicia Común la competencia para investigar, procesar y juzgar todos los crímenes comunes cometidos por policías militares.

El doctor Helio Bicudo, ex miembro de la CIDH, se refirió a la falta de voluntad política del gobierno brasilero para aprobar el proyecto original de la ley que proponía la transferencia de todos los crímenes comunes a la justicia común. CEJIL insistió además en que el gobierno brasilero no ha avanzado en la reforma constitucional del poder judicial en esta materia.

El gobierno reconoció que no ha cumplido las recomendaciones que la CIDH ha venido haciendo a través de los casos individuales de Brasil ante el sistema interamericano y se comprometió a tomar en cuenta las sugerencias presentadas por los peticionarios en esta audiencia.

 

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Organizaciones denuncian aumento de represión de protestas en Venezuela

Audiencia ante la CIDH
Mon, 11/02/2009

Washington 2 de noviembre de 2009

En 2008 hubo 1.763 manifestaciones en Venezuela y de ellas 83 fueron reprimidas; en 2009 ha habido 2.893 protestas y en 197 de ellas hubo represión policial, con un saldo de siete muertos. Por participar en esas actividades, 2.240 personas están procesadas judicialmente.

Organizaciones de la sociedad civil ilustraron con esas cifras el incremento en la violencia, criminalización y judicialización de las protestas sociales en Venezuela, en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) este 2 de noviembre en Washington DC.

El Coordinador general del Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA), Marino Alvarado, detalló los nombres de las siete personas que murieron en las protestas: Dave Ávila Urbina, José González, Douglas Rojas Jiménez, Gabriel Hurtado, Pedro Suárez, José Gregorio Hernández y Yuban Ortega.

Los representantes del Estado explicaron que las detenciones y actuaciones policiales se deben a la necesidad de mantener el orden y aplicar las leyes a quienes provocan desórdenes o cometen actos vandálicos. Venezuela admitió las muertes de los manifestantes pero las atribuyó a “incidentes desafortunados” no achacables al Estado. Según los representantes del Estado, las muertes están en investigación y los sospechosos serán de cometerlas llevados a juicio.

“La gente sale a manifestarse porque tiene demandas y no tiene respuestas y necesita ser escuchada por la autoridad”, dijo Carlos Correa, director ejecutivo de la organización venezolana Espacio Público. Correa cuestionó la promulgación de un conjunto de leyes que restringen el derecho a la manifestación, como reformas al Código Penal y la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa que hacen discrecionales las razones para prohibirlas.

A estas actuaciones del Estado se suma la aplicación de delitos penales como “resistencia a la autoridad”, “obstaculización de vías públicas” o “perturbación del orden público” a grupos de manifestantes. Entre los más criminalizados destacan los trabajadores, dirigentes sindicales, estudiantes, campesinos y activistas sociales.

“Queremos que se entienda que pensar distinto o querer mejores condiciones de vida no es un delito”, enfatizó Correa.

La subdirectora ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Ariela Peralta, pidió a la CIDH que solicite Estado aplicar la prohibición constitucional de usar armas de fuego y sustancias tóxicas contra protestas sociales, garantizar el derecho a la protesta sin que implique represalias y establecer responsabilidades penales y administrativas para los funcionarios que han usado la fuerza de manera desproporcionada.

 

Comisión Interamericana de Derechos Humanos examina caso sobre personas afectadas por VIH/Sida en Guatemala

Fri, 10/20/2006

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Preventiva de SIDA “Fernando Iturbide”, la Asociación de Salud Integral y la Red Nacional de Personad que Viven con VIH/SIDA participaron, el día de ayer, en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para referirse a un caso contra el Estado de Guatemala por violar los derechos humanos a un grupo de personas que viven con el virus del VIH/Sida. La reunión se llevó a cabo en el marco del 126° período de sesiones de la CIDH que está teniendo lugar en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) en Washington, D.C.

 

Hace ya 3 años que 49 personas viviendo con VIH/SIDA acudieron ante la CIDH para acusar al Estado guatemalteco por no brindarles atención médica, ni los medicamentos necesarios para sobrevivir. A la fecha, seis de ellas fallecieron y 32 reciben tratamiento que les otorga la organización Médicos sin Fronteras. Este caso pone en evidencia que el Estado guatemalteco viola el derecho a la vida y a la salud de estas personas.

 

Los agentes estatales señalaron los esfuerzos que hacen para avanzar en la cobertura médica de la población afectada por el virus del VIH/Sida. Sin embargo, los peticionarios indicaron que estos esfuerzos han sido insuficientes tomando en cuenta el crecimiento de la epidemia.

 

Asimismo, las organizaciones participantes criticaron la inexistencia de una política gubernamental que garantice los derechos de las personas con el virus, pese a que Guatemala aprobó una ley que prevé la atención integral de ellas.

 

Los peticionarios pretenden con el caso presentado ante la CIDH que el Estado instaure una política nacional que garantice a todas las personas con el virus acceso tanto a las pruebas que requieren como a los medicamentos antiretrovirales que les permitan vivir dignamente.

 

Durante la audiencia, tanto las organizaciones denunciantes, como el Estado, lamentaron que el gobierno estadounidense no le otorgara visa de ingreso a dos víctimas del caso que atestiguarían ante la CIDH sobre su situación, siendo este un nuevo acto de discriminación en su contra, por ser portadoras del virus.

Exponen ante la CIDH la violencia que sufren la niñez y adolescencia guatemalteca

Fri, 10/20/2006

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y las organizaciones guatemaltecas el Movimiento Social por los Derechos de la Niñez y la Adolescencia y Casa Alianza informaron, el día de ayer, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la desprotección en la que se encuentran la niñez y la adolescencia en Guatemala y las diferentes y más comunes formas de violencia en su contra.

 

Indicaron que de enero a julio del 2006 fueron asesinados, en la capital, cerca de 200 niñas, niños y adolescentes. Las ejecuciones, en esa zona geográfica, se incrementaron en un 14% en relación con el año 2005.

 

Las organizaciones señalaron que el alto número de muertes de niños y niñas permiten hablar de una práctica de limpieza social que es tolerada por el Estado de Guatemala. El gobierno aceptó que sí podría hablarse de limpieza social y representantes del Ministerio Público presentes en la audiencia reconocieron que en algunos casos de ejecuciones de menores de edad había participación de miembros de la Policía Nacional.

 

Se indicó además que esta situación empeora por la incapacidad del Estado para atender e investigar hechos delictivos en contra de niños, niñas y adolescentes. De esta manera se fomenta la impunidad y se evidencia la inexistencia de una política seria de prevención que garantice el respeto a los derechos humanos de esta población.

 

La CIDH mostró su preocupación sobre esta temática y ofreció hacer una visita al país a través de su relator de niñez, Paulo Sergio Pinheiro y el comisionado encargado de Guatemala, Víctor Abramovich. Este último indicó que la Comisión observa con atención este tema y la situación de la población privada de libertad en ese país centroamericano.

 

Las organizaciones peticionarias esperan que esta audiencia ponga en evidencia la necesidad de que el Estado guatemalteco tome medidas inmediatas para garantizar a los niños, niñas y adolescentes sus derechos fundamentales.

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