Fondo de Asistencia Jurídica

Lun, 28/09/2009

El Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (SI) —compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos— es ampliamente reconocido como un sistema independiente y autónomo que ha proporcionado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos una última oportunidad para obtener una reparación cuando las instancias locales no han funcionado o no existen. Sin embargo, el SI confronta significativos retos estructurales para consolidar y fortalecer su papel tradicional como último recurso para obtención de justicia y reparación. Uno de los principales desafíos es la necesidad de un Fondo de Asistencia Legal para las víctimas.

Después de años de esfuerzos, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) finalmente aprobó el reglamento que permite el funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal, el pasado 11 de noviembre. Ese fue el último paso para concretar una idea que CEJIL impulsó desde su origen.

En 2007, CEJIL publicó un documento de coyuntura en el que planteó la necesidad de un Fondo de Asistencia Legal. En 2008 CEJIL calculó que el costo de litigar un caso relativamente simple ascendía a  más de US$ 55.000, sin contar honorarios profesionales de ningún tipo. El costo de litigio significa que, en la práctica, muchos de los ciudadanos más vulnerables del hemisferio están excluidos de la protección que el SI promete. Víctimas cuyos casos han sido exitosos por lo general poseen recursos financieros significativos o, más frecuentemente, tienen la buena fortuna de encontrar el apoyo de una fuerte ONG local o internacional que accede a litigar su caso pro bono

No es de sorprender que la demanda por tal clase de asistencia experta supere por mucho a la oferta, lo cual contribuye, entre otras razones, a que solo de 10 a 15 casos lleguen cada año a la Corte Interamericana mientras unas 1.500 denuncias son presentadas anualmente a la Comisión Interamericana. Al proponer e impulsar la creación de un Fondo de Asistencia Legal, CEJIL procura remediar esta situación otorgando mayores posibilidades de acceso al SI.

En junio de 2008, la Asamblea General de la OEA aprobó la resolución AG/RES. 2426, la cual establece un Fondo de Asistencia Legal para el SI. Obviamente la resolución fue un gran paso adelante, en la medida en que este representa una visión de consenso entre los Estados miembros de la OEA de que el Fondo de Asistencia Legal es necesario. La resolución confirió al Consejo Permanente de la OEA la responsabilidad de proponer las reglas de procedimiento que determinen, entre otras cosas, quien controla el fondo, quiénes contribuyen, quién administra el dinero, cuáles gastos cubre o cuáles serán los criterios a ser usados para proveer ayuda, etc. Mientras que las reglas no estuvieran establecidas, el fondo no existía en la práctica y no era posible hacer ni obtener contribuciones.

Con esto en mente, CEJIL buscó asistencia experta para investigar y esbozar las reglas de procedimiento del fondo. El trabajo incluyó discusiones con miembros del equipo de CEJIL y otros actores del SI, para entender la dimensión del problema e identificar los asuntos que las reglas deberían resolver; investigar prácticas relevantes de experiencias de otros tribunales nacionales e internacionales; esbozar las reglas, proponer un borrador de las mismas y apoyar la defensa de la adopción de estas reglas ante el Consejo Permanente de la OEA. Una vez aprobado el reglamento del Fondo, CEJIL espera las reglas que el Fondo comience a funcionar en los primeros meses de 2010.