Clinton debe promover investigación diligente de violaciones a DD. HH. en Honduras
WASHINGTON D.C. (4 de marzo de 2010): Organizaciones de derechos humanos hicieron un llamado a la Secretaria de Estado de Estados Unidos, Hillary Clinton, a aprovechar su visita a Centroamérica para insistir en que la Comisión de la Verdad de Honduras lleve a cabo una investigación diligente e independiente, que estudie todas las violaciones a los derechos humanos cometidos desde el golpe de Estado del 28 de junio de 2009, como un paso en el combate de la impunidad.
La Secretaria de Estado se reunió el viernes 5 de marzo con líderes Centroamericanos, en Guatemala, incluyendo al nuevo presidente de Honduras, Porfirio Lobo. La carta enviada a Clinton la firmaron el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) y el Fondo de Educación del Grupo de Trabajo para Asuntos Latinoamericanos (LAWGEF).
Se espera que comience a trabajar en Honduras una Comisión de la Verdad, coordinada por el ex vicepresidente guatemalteco Eduardo Stein, a finales de este mes para examinar los acontecimientos que rodearon el golpe. Desde el golpe de Estado, al menos siete personas han muerto y miles se han enfrentado a detenciones ilegal y malos tratos. Una investigación adicional sobre estas violaciones de derechos humanos debe ser examinada por la Comisión de la Verdad y aquellos responsables llevados ante la justicia.
Nosotros, como organizaciones para la protección de los derechos humanos, estamos preocupados de que estas violaciones sean ignoradas. Medidas adoptadas recientemente sugieren que el fortalecimiento de la impunidad sigue siendo una poderosa fuerza opositora a cualquier forma de rendición de cuentas por el golpe de estado y su represor acompañamiento. En enero, el ex líder del golpe, Roberto Micheletti, fue nombrado "diputado vitalicio", excluyéndolo de esta forma de su enjuiciamiento por su papel durante el golpe de Estado. Los oficiales del ejército, acusado de abuso de autoridad por la captura y el exilio forzado del presidente, se les concedió una suspensión de procedimiento y una amnistía general promulgada con términos mal definidos. El 22 de febrero, un juez de primera instancia en Tegucigalpa, sin duda da por terminado el proceso de otros dos oficiales militares que habían secuestrado ilegalmente equipos de radio Globo, una estación de radio local de los medios de comunicación, sobre la base de la nueva Ley de Amnistía.
En este clima, es especialmente urgente que la comunidad internacional apoye el trabajo del Sr. Stein, para que pueda llevar a cabo su investigación independiente. Para garantizar la integridad de su trabajo, los grupos de derechos humanos sostienen que la Comisión de la Verdad no debe ser un sustituto de la acción judicial. Por el contrario, debería ser un primer paso para dar fin a la impunidad que han disfrutado tradicionalmente en Honduras los violadores de derechos humanos
Además, sobre la base de las lecciones aprendidas con anteriores Comisiones de la Verdad, la coalición de derechos humanos pidió a la secretaria Clinton, y a la comunidad internacional, garantizar que se incorporen las siguientes lecciones de anteriores comisiones de la verdad:
1. Función: la labor de la Comisión debe contribuir a establecer los hechos de los acontecimientos que rodearon el golpe de Estado; reconocer cómo se han violado los derechos individuales; y formular recomendaciones que eviten más violaciónes.
2. Competencia: el mandato de la comisión debe definirse claramente, ser lo suficientemente amplio, y debe estar centrado en las víctimas de violaciónes a los derechos humanos. Debe tener la autoridad para determinar los hechos y asignar responsabilidades individuales o institucionales de violaciónes de derechos humanos, así como las debilidades estructurales que permitió que el golpe de Estado tuviera lugar.
3. Prerrogativas: la Comisión debe tener la facultad de acceder a todos los testimonios, documentos y otras pruebas que puedan contribuir a esclarecer los hechos. Las personas o instituciones quienes presuntamente son responsables de violaciones a derechos humanos, deben tener la oportunidad de defender sus acciones.
El trabajo de la Comisión de la Verdad debe ser transparente y ampliamente difundido. Se deben realizar audiencias públicas en las que las víctimas o sus familiares se les anima a declarar. Deben existir condiciones adecuadas para que aquellas personas que deban dar testimonios se sientan seguras tanto psicológicamente como físicamente para hacerlo. También debe haber medidas suficientes para proteger a los testigos. Cuando sea necesario, la Comisión debe ser capaz de tomar testimonio confidencial de los testigos y de las víctimas.
4. Estructura: las víctimas y organizaciones de la sociedad civil deben ser ampliamente consultada en el diseño, implementación y evaluación de la labor de la Comisión de la Verdad a fin de que tenga la legitimidad necesaria. El proceso para la elección de los miembros de la comisión debe ser transparente y consultivo. Criterios para elegir a los miembros deben incluir experiencia, independencia, y altos estándares éticos.
5. Recursos y competencias: La Comisión debe estar plenamente integrada con investigadores expertos que cuenten con conocimiento técnico necesario para cumplir con la tarea. Una vez que los miembros han sido seleccionados, deben tener plena autonomía para nombrar su personal.
Los grupos de derechos humanos sostienen que la Comisión de la Verdad no debe ser un sustituto de la acción judicial. Por el contrario, debe ser un paso para poner fin a la impunidad de los violadores a los derechos humanos que han disfrutado tradicionalmente en Honduras.
Contactos en Washington D.C.:
Vicki Gass, Asociada Senior en Derechos y Desarrollo.
(202) 797-2171/ vgass@wola.org
Washington Office on Latin America (WOLA)
Lisa Haugaard, Directora Ejecutiva.
(202) 546-7010/ lisah@lawg.org
Latin America Working Group Education Fund (LAWGEF).
Mauricio Herrera, Director de Comunicaciones.
(202) 319-3000/ mherrera@cejil.org
Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
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