Fortalecimiento del Sistema Interamericano

Foro de la sociedad civil en el marco de la VI Cumbre de las Américas

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Mié, 11/04/2012 - 09:00 - Jue, 12/04/2012 - 17:00
VI Cumbre de las Américas
Cartagena de Indias

42º Asamblea General de la OEA

La Organización de Estados Americanos celebrará la 42º Asamblea General de la OEA del 3 al 5 de Junio en Cochambamba, Bolivia. El tema central para este encuentro será “Seguridad Alimentaria con Soberanía en las Américas”.

 

Lea aquí el comunicado de prensa de la OEA.

 

 

Dom, 03/06/2012 (Todo el día) - Mar, 05/06/2012 (Todo el día)
Bolivia
Cochabamba

Audiencias Públicas 144º Período de Sesiones CIDH – Marzo 2012

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrará su 144º Período de Sesiones del viernes 23 al miércoles 28 de marzo. Vea aquí el calendario de audiencias públicas en las que participarán CEJIL y sus contrapartes.
 
Vea aquí el calendario completo de audiencias ante la CIDH.

Vie, 23/03/2012 (Todo el día) - Mié, 28/03/2012 (Todo el día)
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Washington DC

CEJIL se pronuncia sobre el caso de Mapiripán v. Colombia


Washington D.C, 1 de noviembre de 2011 - Como es de conocimiento público, en los últimos días, Mariela Contreras, una testigo del caso Mapiripán v. Colombia decidido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el 2005,  se habría retractado  de las declaraciones que dio ante la justicia colombiana en el 2002 y ante la misma Corte Interamericana en el 2005. Este hecho ha generado un vigoroso debate en Colombia sobre la magnitud de los crímenes cometidos, la sanción que corresponde a los responsables, las responsabilidades de la administración de justicia y de los abogados/as que representan a denunciantes.

Mar, 01/11/2011

Washington D.C, 1 de noviembre de 2011 - Como es de conocimiento público, en los últimos días, Mariela Contreras, una testigo del caso Mapiripán v. Colombia decidido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el 2005,  se habría retractado  de las declaraciones que dio ante la justicia colombiana en el 2002 y ante la misma Corte Interamericana en el 2005. Este hecho ha generado un vigoroso debate en Colombia sobre la magnitud de los crímenes cometidos, la sanción que corresponde a los responsables, las responsabilidades de la administración de justicia y de los abogados/as que representan a denunciantes.
 
En primer lugar,  es imprescindible dejar en claro que no existe duda alguna en el ámbito interno o internacional acerca de la ocurrencia de la masacre, ni de las responsabilidades compartidas entre las AUC y miembros de las fuerzas de seguridad en los hechos que fueron reportados ampliamente en la prensa, habiendo sido reconocida la responsabilidad por el Estado y por los propios paramilitares.
 
En segundo lugar, compartimos la preocupación de la administración de justicia, nuestros colegas del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR),  el Gobierno y la sociedad colombiana ante la posibilidad de que la testigo haya manipulado el proceso a nivel nacional e internacional con declaraciones no ajustadas a la verdad  y confiamos que este hecho sea debidamente investigado y aclarado.
 
Por otro lado, cabe destacar que Mariela  Contreras confirió su representación legal ante el proceso internacional a CEJIL y al CCAJAR en el 2003, cuatro años después de que la petición inicial de Mapiripán fuera presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y un año después de su declaración  ante la Fiscalía General de la Nación.
 
Asimismo, la declaración de Mariela Contreras estaba en absoluta consonancia con lo sostenido por sus hijos, la prueba forense, la prueba documental, los testimonios de autoridades, entre ellos el  juez Novoa Cortes, así como con las declaraciones de víctimas, familiares y peritos expertos. Al litigar un caso, la prueba se basa fundamentalmente en el acervo probatorio existente a nivel interno y en toda la información facilitada por el Estado.
 
Adicionalmente, es de resaltar que el propio Estado colombiano, representado por el Poder Ejecutivo, incluyó reiteradamente en el proceso internacional a la Sra. Contreras entre los familiares de las víctimas de la masacre y asumió responsabilidad internacional por los crímenes cometidos.
 
La incertidumbre sobre los números de muertos en la masacre de Mapiripán no es un tema nuevo, sino que fue identificado con claridad en el litigio internacional. Esta dificultad fue marcada como una de las falencias en la investigación estatal por la Corte Interamericana en la sentencia de 2005, que ordenó que el Estado realice inmediatamente las debidas diligencias a fin de individualizar e identificar en un plazo razonable a las víctimas ejecutadas, desaparecidas y sus familiares. La misma Corte afirmó que, precisamente debido a la forma en la que se planificó  y ejecutó  la masacre, era posible, aun tratándose de casos excepcionales, que en el curso de una investigación penal pudiera establecerse el paradero de personas, que fueron dadas por muertas.
 
Frente a este tipo de hechos, el compromiso de las organizaciones de derechos humanos es el establecimiento de la verdad, la determinación de responsabilidades ante la justicia y la determinación de reparaciones debidas a las víctimas.
 
Contacto en Washington
Milli Legrain
mlegrain@cejil.org
Tel (1)202 319 3000
 

Pronunciamiento sobre el Acuerdo de Cartagena de Indias y la posible reincorporación del Estado de Honduras a la OEA

Firman 20 organizaciones incluyendo CEJIL

Ante la firma del Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la República de Honduras (en adelante Acuerdo de Cartagena de Indias o Acuerdo), las organizaciones de derechos humanos firmantes reconocemos que el mismo constituye un paso significativo que facilita el regreso del ex Presidente Manuel Zelaya Rosales y sus colaboradores a Honduras, sienta las bases para la restitución de sus derechos políticos y constituye un paso significativo hacia una posible salida a la crisis política hondureña. No obstante, observamos con preocupación la omisión de los siguientes temas mínimos e indispensables cuya ausencia compromete la restitución del Estado de Derecho y la superación de las consecuencias más agudas del golpe de Estado en dicho país, por lo que rechazamos el reingreso incondicional de Honduras a la Organización de los Estados Americanos (OEA) si el mismo se basa únicamente en este Acuerdo.

Lun, 30/05/2011

Ante la firma del Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la República de Honduras (en adelante Acuerdo de Cartagena de Indias o Acuerdo), las organizaciones de derechos humanos firmantes reconocemos que el mismo constituye un paso significativo que facilita el regreso del ex Presidente Manuel Zelaya Rosales y sus colaboradores a Honduras, sienta las bases para la restitución de sus derechos políticos y constituye un paso significativo hacia una posible salida a la crisis política hondureña. No obstante, observamos con preocupación la omisión de los siguientes temas mínimos e indispensables cuya ausencia compromete la restitución del Estado de Derecho y la superación de las consecuencias más agudas del golpe de Estado en dicho país, por lo que rechazamos el reingreso incondicional de Honduras a la Organización de los Estados Americanos (OEA) si el mismo se basa únicamente en este Acuerdo.

Según han señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), en el contexto del golpe de Estado –y como resultado del mismo– ocurrieron innumerables violaciones a los derechos humanos que afectaron principalmente a personas que se manifestaron en contra de la citada ruptura. Sin embargo, el Acuerdo de Cartagena de Indias no reconoce estos hechos ni establece un mecanismo efectivo para su investigación, sanción y adecuada reparación. La referencia que se hace para que la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos atienda las denuncias relacionadas con violaciones de derechos humanos resulta contraria al orden interno, ya que dicha institución no tiene competencia para tales efectos sino que correspondería al Ministerio Público y al Poder Judicial procesar estas denuncias. Así, el Acuerdo hace evidente la falta de reconocimiento de las graves vulneraciones a los derechos ocurridas en el contexto del golpe de Estado.

El Acuerdo no establece las bases ni expresa el compromiso para que las personas que participaron en la ruptura del orden constitucional –cometiendo graves violaciones a los derechos de las personas o actuando con aquiescencia frente a ellas– sean sometidas a una efectiva investigación y se les sancione conforme corresponda. En este sentido se mantienen en sus cargos todos los miembros de la Corte Suprema de Justicia, del Ministerio Público y del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. A su vez, como lo señaló en su oportunidad la CIDH, varios miembros de la cúpula militar que lideró el golpe de Estado se mantienen en la dirección de instituciones que forman parte del Poder Ejecutivo. La rendición de cuentas de estas personas y el establecimiento de las responsabilidades que correspondan son condiciones mínimas para avanzar hacia la restitución del Estado de Derecho en Honduras. Como lo señaló la OACNUDH en su informe del mes de marzo de 2010, estos órganos fallaron en el cumplimiento de sus mandatos a costa de la protección de los derechos humanos y del respeto del Estado de Derecho.

Todo Estado está obligado a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, lo que

significa, como mínimo en el caso hondureño, la existencia de un sistema de tutela de garantías que funcione de manera diligente, independiente e imparcial ante violaciones de derechos humanos. Asimismo, Honduras debe emprender acciones concretas de combate a la impunidad, y cesar inmediatamente los actos de persecución y represión en contra de los sectores críticos al Gobierno, que actualmente se encuentran en una situación de indefensión.

Si bien comprendemos la importancia de que el Estado hondureño sea reintegrado a la OEA, el Acuerdo resulta insuficiente si no va de la mano de medidas que superen las condiciones que permitieron el golpe de Estado, y sin que al menos se defina un proceso debidamente supervisado por la comunidad internacional para investigar, enjuiciar a los violadores de los derechos humanos y a quienes han atentado en contra del Estado de Derecho, al tiempo que se reparen a las víctimas como consecuencia de su oposición al golpe de Estado y se tomen medidas concretas para fortalecer la democracia.

Como mínimo, la OEA debe retomar las recomendaciones dadas por la Comisión de Alto Nivel nombrada por esta institución en junio de 2010 y valorar los avances concretos que ha tomado el Estado hondureño para cumplir con ellas. En particular, esta Organización debe evaluar las acciones específicas de avance respecto de las siguientes recomendaciones relativas a los derechos humanos:

 

1. Las investigaciones para esclarecer los asesinatos de periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos;

 

2. La adopción de medidas para poner fin a las amenazas y hostigamientos contra defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales, maestros y miembros del Frente Nacional de Resistencia Popular, jueces/as que participaron en actividades contra el golpe de Estado;

 

3. La implementación efectiva de mecanismos de cumplimiento de las medidas cautelares dictadas para proteger la vida e integridad de numerosas personas que se encuentran en situación de riesgo; y

 

4. El cese a la impunidad por las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco del golpe de Estado, incluyendo las verificadas por la CIDH y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU; con las consecuentes depuraciones institucionales necesarias para garantizar la adecuada investigación y sanción de los responsables.

 

Por lo anterior, las organizaciones firmantes objetamos que la reincorporación de Honduras a la OEA se haga sobre la base única de un Acuerdo que, si bien es significativo, poseería omisiones en lo relativo al respeto a los derechos humanos y las garantías para un Estado de Derecho, así como en relación con la investigación, sanción y reparación de las violaciones ocurridas con ocasión y como consecuencias del golpe. Un reingreso incondicional en dichas circunstancias va en detrimento no sólo de la democracia hondureña, sino también de todas las democracias del continente americano.

 

30 de mayo de 2011

 

Abogados y Abogadas en Resistencia Zona Norte - Honduras

Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) - Honduras

Asociación LGBT Arco Iris - Honduras

Centro de Derechos de Mujeres (CDM) - Honduras

Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de Tortura y sus Familiares (CPTRT)

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH) - Honduras

Comisión Ecuménica de Derechos Humanos - Ecuador

Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Honduras (COFADEH)

Comité por la Libre Expresión (C-Libre) - Honduras

Comunidad Gay Sampedrana para la Salud Integral - Honduras

Diakonia - Suecia

Equipo de Reflexión, Comunicación e Investigación de la Compañía de Jesús (ERIC) - Honduras

Fundación IEPALA (Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África) de España

Movimiento de Mujeres por la Paz "Visitación Padilla" - Honduras

Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ) - Honduras

Organización Fraternal Negra (OFRANEH) - Honduras

Solidaridad Mundial - Bélgica

Red Lésbica Cattrachas - Honduras

Rights Action

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo para la Reconciliación Nacional y la Consolidación del Sistema Democrático en la República de Honduras. Disponible en:

http://www.presidencia.gob.hn/index.php?option=com_content&view=article&id=1388:acuerdo-en-cartagena-de-de-indias&catid=39:presidente&Itemid=92

 

Carta conjunta a los Embajadores de la OEA sobre el reintegro de Honduras éste órgano. Disponible en:

http://cejil.org/comunicados/preocupaciones-respecto-a-una-eventual-reincorporacion-de-honduras-a-la-oea

 

Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre Derechos Humanos y Golpe de Estado en Honduras: Disponible en: http://www.cidh.oas.org/countryrep/Honduras09sp/Indice.htm

 

Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las violaciones de derechos humanos en Honduras desde el golpe de Estado de 28 de junio de 2009. Disponible en: http://cejil.org/sites/default/files/Informe%20ONU_marzo%202010.pdf

CEJIL lamenta retirada de candidato brasileño a las elecciones de la Comisión Interamericana

El anuncio se hizo en el marco del desacuerdo sobre la hidroeléctrica de Belo Monte

Washington DC y Rio de Janeiro, 14 de abril de 2011.- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) lamenta el anuncio por parte del gobierno de Brasil de la retirada de Paulo de Tarso Vannuchi como candidato a integrar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Las elecciones de miembros de la CIDH se celebrarán en junio de este año en San Salvador durante la Asamblea General de la OEA.

Jue, 14/04/2011

Washington DC y Rio de Janeiro, 14 de abril de 2011.- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) lamenta el anuncio por parte del gobierno de Brasil de la retirada de Paulo de Tarso Vannuchi como candidato a integrar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Las elecciones de miembros de la CIDH se celebrarán en junio de este año en San Salvador durante la Asamblea General de la OEA.
 
La retirada se hizo en el marco del desacuerdo del gobierno de Dilma Rousseff con la medida cautelar anunciada el pasado 1 de abril por la CIDH, en relación al proyecto de construcción de la planta hidroeléctrica  Belo Monte, en la cuenca del río Xingu en el estado de Pará, Amazonía. La medida cautelar fue solicitada por varias organizaciones no gubernamentales brasileñas e internacionales: Movimento Xingu Vivo Para Sempre – MXVPS, Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira – COIAB, Prelazia do Xingu, Conselho Indigenista Missionário – CIMI, Sociedade Paraense de Direitos Humanos – SDDH, Justiça Global e Associação Interamericana de Defesa do Meio Ambiente.
 
La CIDH otorgó medidas de protección a favor de más de diez comunidades indígenas que habitan la zona, exigiendo en concreto que el gobierno realice un proceso de consulta con las poblaciones afectadas, que las comunidades tengan acceso a un Estudio de Impacto Social y Ambiental del proyecto y que el Estado adopte medidas para proteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos indígenas afectados. De acuerdo con los compromisos internacionales asumidos por Brasil, la medida es vinculante.
 
“No estamos haciendo una valoración al candidato propuesto hasta hace poco por Brasil. Simplemente nos preocupa que las elecciones ante la Comisión Interamericana se usen como instrumento de negociación. El gesto podría ser interpretado como un intento para deslegitimar o presionar al Sistema Interamericano frente a las medidas de Belo Monte. Nos sorprende la actitud del Estado, ya que existen vías jurídicas abiertas para controvertir la decisión de la Comisión que no fueron utilizadas por el Gobierno brasilero” expresó Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, organismo de defensa y protección de los derechos humanos, experto en el litigio ante el Sistema Interamericano.
 
El retiro de la candidatura de Vannuchi implica que a partir de 2012, Brasil no tendrá ningún/a jurista en la Comisión o Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Contacto de Prensa
Milli Legrain
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
mlegrain@cejil.org
Tel (+1) 202 319 3000

Entra en vigor el Reglamento de la CIDH sobre el Fondo de Asistencia Legal

El Fondo prestará asistencia económica a víctimas que carecen de recursos para su representación ante el Sistema Interamericano

Washington, D.C, 2 de marzo de 2011 – Ayer, entró en vigor el Reglamento de la Comisión Interamericana sobre el Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.  La noticia fue anunciada por  la CIDH en un comunicado reproducido a continuación.

Mié, 02/03/2011

 

Washington, D.C, 2 de marzo de 2011 – Ayer, entró en vigor el Reglamento de la Comisión Interamericana sobre el Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.  La noticia fue anunciada por  la CIDH en un comunicado reproducido a continuación.
 
El Fondo cubrirá gastos para el procesamiento de una petición o caso ante la Comisión, lo cual incluye la comparecencia de víctimas, testigos o peritos a audiencias ante la CIDH. Su creación es fundamental para asegurar la representación de todas las víctimas ante el Sistema Interamericano, sin discriminación por razones económicas.
 
CEJIL estima que el costo de litigar un caso relativamente sencillo ante el Sistema Interamericano asciende a unos US$55.000, sin contar honorarios profesionales de ningún tipo. Además, se calcula que llevar un caso ante la CIDH y la Corte Interamericana toma un promedio de más de nueve años.  Así, en la práctica, las víctimas más vulnerables se quedan excluidas de la protección del Sistema Interamericano.
 
Desde el año 2006, CEJIL propuso la creación del Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y publicó un documento de coyuntura en el que argumentó la imperiosa necesidad de establecerlo. En junio de 2008 la Asamblea General de la OEA aprobó su creación y en noviembre de 2009 el Consejo Permanente de la OEA aprobó el reglamento para su funcionamiento.
 
El Fondo dispondrá de dos cuentas separadas, una para la Comisión Interamericana y otra para la Corte Interamericana. Este último ya entró en funcionamiento en junio de 2010. A nivel de la Comisión, el Consejo Directivo del Fondo de Asistencia Legal integrado por un representante de la CIDH y otro de la Secretaría General de la OEA, decidirá si se concede o no la asistencia solicitada. Está previsto que el Fondo se nutra con aportes de capital voluntarios. Su  implementación depende actualmente de su financiamiento.
 

 
 
Para más información:
Milli Legrain
Coordinadora de comunicación
CEJIL
Tel 202 319 3000
mlegrain@cejil.org
 
 

Por la implementación del Fondo de Asistencia Legal para Víctimas

El Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (SI) -compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte) - es ampliamente reconocido como un sistema independiente y autónomo que ha proporcionado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos una última oportunidad para obtener reparación cuando las instancias locales no han funcionado o no existen. Sin embargo, el SI confronta significativos retos estructurales para consolidar y fortalecer su papel tradicional como último recurso para obtención de justicia y reparación. Uno de los principales desafíos ha sido la creación de un Fondo de Asistencia Legal para las víctimas.

El Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (SI) -compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte) - es ampliamente reconocido como un sistema independiente y autónomo que ha proporcionado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos una última oportunidad para obtener reparación cuando las instancias locales no han funcionado o no existen. Sin embargo, el SI confronta significativos retos estructurales para consolidar y fortalecer su papel tradicional como último recurso para obtención de justicia y reparación. Uno de los principales desafíos ha sido la creación de uencia Legal para las víctimas.

 

 

Vie, 18/12/2009

El Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (SI) -compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte) - es ampliamente reconocido como un sistema independiente y autónomo que ha proporcionado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos una última oportunidad para obtener reparación cuando las instancias locales no han funcionado o no existen. Sin embargo, el SI confronta significativos retos estructurales para consolidar y fortalecer su papel tradicional como último recurso para obtención de justicia y reparación. Uno de los principales desafíos ha sido la creación de un Fondo de Asistencia Legal para las víctimas.

 

En 2010, CEJIL calculó que llevar un caso ante la CIDH y la Corte tomaba un promedio de 9 años y medio. Por otra parte, el costo de litigar un caso relativamente simple, ascendía a  más de US$ 54.000, sin contar honorarios profesionales de ningún tipo. Esto se incrementa si los casos involucran multiplicidad de víctimas, tienen trámites prolongados, son técnicamente complejos, o en los que es necesario recabar un mayor número de prueba.  El alto coste y la demora del trámite en el litigio supone que, en la práctica, los ciudadanos y ciudadanas más vulnerables del hemisferio estén excluidos de la protección que el SI promete.

 

Por ello para CEJIL, la creación e implementación del Fondo de Asistencia Legal ha sido una prioridad desde que las reformas reglamentarias de 2001 permitieron que las víctimas tuvieran locus standi ante la Corte, de modo que se les permitió participar en todas las etapas del procedimiento. Ese mayor protagonismo de las víctimas debía verse correspondido por medidas que aseguren su efectiva participación.

 

Después de años de esfuerzos, en junio de 2008 la Asamblea General de la OEA aprobó una resolución creando el Fondo con el fin de prestar asistencia económica a las personas que carecen de recursos para acceder al SI, estableciendo dos cuentas separadas, una para la Comisión Interamericana y otra para la Corte Interamericana. El 11 de noviembre de 2009 el pleno del Consejo Permanente de la OEA aprobó la Resolución 963, que creó el Reglamento para el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Dicho avance se vio seguido en febrero de 2010 por la aprobación por parte de la Corte Interamericana, de su Reglamento para el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, el cual entró en vigor el 1 de junio de 2010, y está siendo aplicado por vez primera a algunos de los casos actualmente en litigio ante la Corte.

 

En su Reglamento, la Corte dispone que la víctima que lo desee, deberá presentar su solicitud con su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. Asimismo, deberá demostrar, “mediante declaración jurada y otros medios probatorios idóneos que satisfagan al Tribunal”, carencia de recursos suficientes para solventar los gastos del litigo e indicar con precisión qué aspectos de su defensa requieren el uso de recursos del Fondo. Al momento de emitir sentencia, la Corte podría ordenar al Estado demandando el reintegro al Fondo de las erogaciones incurridas durante el proceso. El Reglamento no detalla los criterios que la Corte tendrá en cuenta para aprobar solicitudes de asistencia del fondo, lo cual esperamos que se concrete con la práctica de la propia Corte.

 

El 1 de marzo de 2011 la Comisión Interamericana ha anunciado públicamente que a partir de esa fecha entra en vigor el Reglamento que regula el Fondo de Asistencia Legal para dicho órgano.

 

En su Reglamento, la CIDH dispone que se otorguen recursos del Fondo en denuncias con admisibilidad o en las cuales la Comisión haya comunicado su decisión de acumular el análisis de admisibilidad con el fondo del asunto. La Comisión concederá los recursos solicitados “a aquellas personas que demuestren la carencia de recursos suficientes para cubrir total o parcialmente gastos” en relación a aspectos probatorios, a la comparecencia de víctimas, testigos o peritos a audiencias ante la Comisión, “y otros gastos que la Comisión estime pertinentes para el procesamiento de una petición o de un caso.”

 

A nivel de la Comisión, existirá un Consejo Directivo del Fondo de asistencia legal integrado por un representante de la Comisión Interamericana y un representante de la Secretaría General de la OEA, quien decidirá si se concede o no la asistencia solicitada.

 

CEJIL participó activamente con propuestas y reflexiones sobre los criterios que dicho órgano debe tener en cuenta para la correcta aplicación del Fondo. En ese sentido, además de responder a la consulta de la CIDH, evidenciamos la necesidad de que el Fondo entre en funcionamiento cuanto antes, teniendo en cuenta que los cambios reglamentarios adoptados por CIDH y Corte en enero de 2010 exigen un mayor rol de las víctimas en el litigio. Igualmente, CEJIL propuso que la Corte y la CIDH valoren el contexto de cada caso y las situaciones de especial vulnerabilidad de las víctimas al considerar solicitudes de asistencia; que implementen el Fondo siguiendo criterios de razonabilidad de gastos y equidad en la concesión de la asistencia, y que apliquen procesos transparentes, sencillos, y que no generen costos adicionales a los solicitantes.

 

 

 

 

 

 

OEA aprueba reglamento del Fondo de Asistencia Legal

Víctimas contarán con recursos para costear litigios

Consejo Permanente de la OEALas víctimas de violaciones a derechos humanos en el continente americano cuentan desde el 11 de noviembre con un fondo para costear los gastos de un proceso legal ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un proyecto impulsado por CEJIL durante años.

Mié, 11/11/2009

Consejo Permanente de la OEA

Washington D.C., 11 de noviembre de 2009

Las víctimas de violaciones a derechos humanos en el continente americano cuentan desde el 11 de noviembre con un fondo para costear los gastos de un proceso legal ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un proyecto impulsado por CEJIL durante años.

El Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos aprobó el reglamento para el funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El Fondo tiene como objetivo facilitar el acceso al Sistema Interamericano a víctimas de violaciones a derechos humanos que actualmente no tienen los recursos necesarios para presentar y tramitar su caso.

La aprobación del Reglamento era una condición básica para el funcionamiento del Fondo, cuya creación había sido aprobada desde el 3 de junio de 2008 por la Asamblea General de la OEA.

“La decisión que tomó hoy el Consejo Permanente de la OEA es un avance fundamental para enfrentar el problema de acceso a la justicia en el continente y superar la grave contradicción que existe entre un mayor protagonismo de las víctimas en el litigio ante la Comisión y la Corte, y la falta de medios con que cuentan para sufragar el costo de un proceso”, dijo Viviana Krsticevic, directora ejecutiva de CEJIL.

La creación y operatividad del Fondo de Asistencia Legal ha sido un tema prioritario para CEJIL, desde el año 2006, cuando publicó un documento de coyuntura en el que señaló la necesidad y urgencia de establecerlo. CEJIL calculó que el costo de litigar un caso relativamente simple ante el Sistema Interamericano ascendía a más de US$55.000 sin tomar en cuenta honorario profesional alguno.

En los últimos años, CEJIL siguió impulsando la creación y reglamentación del Fondo, junto con organizaciones de derechos humanos del continente, los Estados, la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). CEJIL destaca el papel que jugó el Estado colombiano, que promovió tanto la resolución de la Asamblea General de 2008 como al reglamento aprobado hoy.

El presidente del Consejo Permanente de la OEA, Luis Alfonso Hoyos, comentó que un Estado nórdico ya ofreció un aporte al fondo de $3 millones, que no había podido concretarse debido a la falta de reglamentación del Fondo.

El Reglamento establece que el Fondo se nutrirá con aportes de capital voluntarios de Estados miembros de la OEA, observadores permanentes y de otros Estados y donantes que deseen colaborar.

La votación unánime a favor del Reglamento ocurrió al final de una sesión especial del Consejo Permanente de la OEA para celebrar el 50 aniversario de la CIDH, el 40 aniversario de la Convención Americana de Derechos Humanos y el 30 aniversario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Sin embargo, en un mensaje al Consejo Permanente, la subdirectora ejecutiva de CEJIL, Ariela Peralta, lamentó que la OEA cancelara a última hora la invitación cursada a dos víctimas, Lucrecia Molina y Gisela Ortiz, para estar presentes en las actividades conmemorativas.

“Haberlas escuchado habría inspirado aún con mayor fuerza el compromiso que tenemos para una mayor protección de las víctimas”, enfatizó Ariela Peralta.

 

 

Contacto de prensa:

Mauricio Herrera.

Director de Comunicación.

(202) 319-3000 (202) 445-4676.

mherrera@cejil.org

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional.

Declaración por parte de Organizaciones de la Sociedad Civil

Cumbre de las Américas- Cartagena, Colombia 2012

Los derechos humanos, la democracia y la paz son tres importantes temas de la agenda multilateral de nuestra región que están ausentes de la agenda formal de esta Cumbre y que traemos hoy con el ánimo de que sean incluidos de manera explícita y permanezcan en los debates actuales y futuros.

Y es aquí en Colombia, país que sufre uno de los más largos conflictos armados, donde democracia, paz y derechos humanos cobran un significado particular. Nuestro hemisferio, pese a avances, es todavía inaceptablemente desigual. Desafortunadamente, la aplicación de ciertas políticas de desarrollo limitan el goce de los derechos sociales, a la salud, a la educación y al medioambiente. Persisten deudas importantes en materia de derechos humanos y falencias estructurales en nuestras democracias. Esta situación erosiona la prosperidad y tiene consecuencias palpables para millones de ciudadanos y ciudadanas del hemisferio.

 


Vie, 13/04/2012

Buenos días. Los derechos humanos, la democracia y la paz son tres importantes temas de la agenda multilateral de nuestra región que están ausentes de la agenda formal de esta Cumbre y que traemos hoy con el ánimo de que sean incluidos de manera explícita y permanezcan en los debates actuales y futuros.

 

Y es aquí en Colombia, país que sufre uno de los más largos conflictos armados, donde democracia, paz y derechos humanos cobran un significado particular. Nuestro hemisferio, pese a avances, es todavía inaceptablemente desigual. Desafortunadamente, la aplicación de ciertas políticas de desarrollo limitan el goce de los derechos sociales, a la salud, a la educación y al medioambiente. Persisten  deudas importantes en materia de derechos humanos y falencias estructurales en nuestras democracias. Esta situación erosiona la prosperidad y tiene consecuencias palpables para millones de ciudadanos y ciudadanas del hemisferio.

 

La protección de los derechos humanos a nivel nacional tiene fallas significativas y, por ello, no sólo es clave reforzar la capacidad de respuesta a nivel local, impulsar políticas públicas que tutelen derechos fundamentales sino también asegurar que funcione de manera efectiva la protección regional. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos, formado por la Comisión y la Corte, es en muchos casos, el único o el último recurso para proteger derechos fundamentales. Los Estados de la región deben comprometerse a proteger la integridad e independencia de estos órganos y evitar asumir posiciones que, a efectos de avanzar intereses políticos inmediatos, afectarían su autonomía y efectividad, como ha ocurrido en relación con el otorgamiento de medidas cautelares que protegen vidas y derechos en riesgo y de algunas iniciativas que han querido limitar el trabajo de la Relatoría de la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana.

 

La libertad de expresión es un derecho fundamental para la autonomía individual y colectiva, el debate democrático, la transparencia de la gestión pública y la participación política, entre otros. El  acceso a la información pública, reconocido como un derecho, cumple un papel primordial como facilitador del goce de otros derechos y de la gobernabilidad democrática.

 

Uno de los derechos clave que se fortalece con la información pública es la participación ciudadana. Ella es imprescindible para garantizar los derechos de asociación y reunión.También permite el diálogo a nivel nacional y en los organismos internacionales.

 

En este mismo espíritu, es clave que se implemente de manera efectiva la Carta Democrática Interamericana para dar una respuesta regional a las crisis institucionales y los quiebres y/o amenazas al orden constitucional y al estado de derecho.

 

Los defensores y las defensoras de derechos humanos juegan un rol fundamental en la realización de derechos, la democracia y la paz.

En no pocos países de la región las amenazas, violencia sexual y asesinatos  continúan siendo medios de inhibición y silenciamiento de su labor.

Los Presidentes y Presidentas aquí reunidos deben  promover y garantizar  la vida y la labor de los defensores y defensoras en todos los ámbitos.

 

En algunos Estados se está criminalizando la protesta social como una estrategia para amedrentar a los líderes sociales y socavar la fortaleza moral de sus bases con un alto riesgo para sus vidas, su integridad física y para la  cohesión de las propias organizaciones sociales.

Al mismo tiempo, la situación de exclusión social, invisibilidad y grave discriminación que sufren las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgéneros, travestis, transexuales, e intersex, las comunidades afrodescendientes, pueblos indígenas, migrantes, roma, personas con discapacidad,  refugiados, apátridas, mujeres, niños y niñas, adultos mayores, minorías religiosas hacen inviable  muchos de los compromisos de esta Cumbre. Esta discriminación se manifiesta cotidianamente en asesinatos, violencia,  marginación y estigmatización, a veces implícita, otras explícitamente, como por ejemplo las leyes que criminalizan las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo y las identidades y expresiones de género.

Una de las deudas más importantes de las Américas es el racismo estructural, que se presenta de manera latente o manifiesta, cimentando  privilegios para unos en detrimento de la población discriminada. De ello dan  cuenta los y las afrodescendientes y los pueblos indígenas de nuestro hemisferio que reclaman por el reestablecimiento de sus derechos individuales y colectivos, por el fin de la xenofobia y por la implementación de acciones positivas que permitan modificar esta situación de desigualdad.

 

En el caso de los pueblos indígenas, los Estados deben hacer efectivo el derecho a la consulta, y al consentimiento libre, previo e informado.

Los Estados deben proveer los recursos y adoptar las medidas necesarias para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas. Estas medidas deben incluir la lucha contra la trata de personas, la garantía del ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos de toda la población, incluído el acceso efectivo a servicios de anticoncepción.

 

Una de las causas más fuertes de la erosión de los derechos humanos y la democracia es la persistencia de la guerra. En este aspecto queremos reafirmar que el mejor aporte que le pueden ofrecer los mandatarios y mandatarias a Colombia, como país anfitrión de la Cumbre de las Américas, es la activación de mecanismos diplomáticos  que permitan al gobierno y las guerrillas explorar caminos no militares que superen el único conflicto armado que hay en el hemisferio.

 

Esta exposición fue construida sobre la base de aportes de las siguientes organizaciones y redes:

 

Alianza Democracia

Alianza Regional por la Libre  Expresión e Información

Amnistía Internacional

Articulación de ONGs de Mujeres Negras Brasileñas

Asociación Nacional de Afrocolombia Desplazadas

Asociación Afroamigas

Asociación Pro Derechos Humanos - Perú

Asamblea Permanente de la Sociedad Civil por la Paz - Colombia

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional

Coalición LGBTTI - (28 organizaciones)

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo -Colombia

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos - Perú (79 organizaciones)

Due Process of Law Foundation

Fundación Pro Acceso - Chile

Freedom House

Global Rights

Heartland Alliance

Organización Negra Centroamericana

REDLAD - Red  Latinoamericana y del Caribe para la Democracia - (60 organizaciones)

Red Democrática Activa

Red de Mujeres Afrolatinas, Caribeñas y de la Diáspora

Red por El Acceso a la Información Pública

Reiniciar - Colombia

 

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