Niños, niñas y adolescentes

Audiencias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Lun, 20/02/2012 (Todo el día) - Vie, 02/03/2012 (Todo el día)
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José

Paraguay – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declara la admisibilidad en el caso del niño LM

Washington, Asunción y Buenos Aires, 10 de noviembre de 2011- El pasado 9 de noviembre de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó el Informe No. 162/11 mediante el cual declara la admisibilidad en el caso del niño LM que desde hace más de dos años fue entregado irregularmente en guarda provisoria, a pesar de que sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.

Jue, 10/11/2011

Washington, Asunción y Buenos Aires, 10 de noviembre de 2011- El pasado 9 de noviembre de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó el Informe No. 162/11 mediante el cual declara la admisibilidad en el caso del niño LM que desde hace más de dos años fue entregado irregularmente en guarda provisoria, a pesar de que sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.

 

Por ello, en septiembre de 2010, la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia  (CDIA) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) presentaron una petición ante la Comisión Interamericana, alegando la violación de los derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos. En su informe, la CIDH realizó una evaluación prima facie que determinó que podrían caracterizarse posibles violaciones a los derechos garantizados en la Convención Americana, e inició la etapa de discusión sobre las violaciones alegadas.

 

En igual sentido, la CIDH rechazó la excepción de falta de agotamiento de los recursos internos presentada por el Estado de Paraguay en tanto consideró que se registró un retardo injustificado en resolver las causas judiciales internas en trámite.

 

“Una vez más, Paraguay podría ser sometido a un proceso judicial ante el sistema interamericano por la violación de los derechos de los niños/as. Esta vez, la responsabilidad estatal se configura también en tanto los órganos estatales no han actuado adecuada y diligentemente en la resolución de la causa judicial en la que se discute la guarda de un niño de 2 años”, afirmó Liliana Tojo, Directora del Programa para Bolivia y Cono Sur de CEJIL.

 

El caso del niño LM pone de manifiesto una práctica estructural existente en el Paraguay y  relativa a la concesión de guardas irregulares para adopción. En efecto, se estima que el 66% de las adopciones  registradas desde 1999 fueron realizadas a partir de guardas irregulares.

 

Por la urgencia que presenta el caso, la Corte Interamericana dictó una medida provisional en el caso, ordenando la urgente implementación de un régimen de relacionamiento entre el niño LM y su familia de origen ampliada que, al día de la fecha, no se encuentra totalmente cumplida.

 

Para mayor información:


Contacto en Buenos Aires:

Contacto en Asunción: Contacto en Washington:

Liliana Tojo - CEJIL

ltojo@cejil.org

+54 9 33409795

+54 11 5031 23

Heve Otero - CDIA

cdia@cdia.org.py

+595 21 227 061

Milli Legrain - CEJIL

mlegrain@cejil.org

+1-202 319 3000

 


 

Evento Argentina

Archivo Multimedia: 

Informe de Actividades de CEJIL - 20 años

Desde su fundación en 1991 el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) ha contribuido de manera significativa al goce de derechos en la región. El presente informe describe algunos de los hitos, logros y desafíos del trabajo de CEJIL durante dos décadas. El mismo rescata algunas acciones destacadas a fin de dejar constancia de la labor realizada durante ese período.


Tipo de publicación: Informe de Actividades
Versión completa disponible en:
Fecha Publicación: 2011
Su opinión vale mucho y nos permite seguir mejorando nuestras herramientas. Si usted tuvo la oportunidad de utilizar este material lo/a invitamos a completar el formulario de evaluación.

Nicaragua fue denunciada ante la CIDH por no garantizar los derechos de las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual

En el 2010 se cometió el equivalente a una violación sexual de una niña o mujer cada dos horas en Nicaragua

Washington D. C., 26 de octubre del 2011- Las niñas y mujeres en Nicaragua se encuentran en riesgo e indefensión frente un Estado que no garantiza sus derechos y que permite la impunidad de los perpetradores de violencia sexual. Esta denuncia fue presentada el lunes pasado por cinco organizaciones de la sociedad civil –en presencia de representantes del Estado nicaragüense– ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante su 143er periodo de sesiones.

Mié, 26/10/2011

Washington D. C., 26 de octubre del 2011- Las niñas y mujeres en Nicaragua se encuentran en riesgo e indefensión frente un Estado que no garantiza sus derechos y que permite la impunidad de los perpetradores de violencia sexual. Esta denuncia fue presentada el lunes pasado por cinco organizaciones de la sociedad civil –en presencia de representantes del Estado nicaragüense– ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante su 143er periodo de sesiones.

Las organizaciones presentes en la audiencia fueron Ipas Centroamérica, Women’s Link Worldwide (WLW), Movimiento Autónomo de Mujeres de Nicaragua (MAM) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). Esta coalición presentó datos sobre la situación actual de violencia sexual contra niñas y mujeres, las deficiencias en la implementación de los protocolos de atención a víctimas y sobrevivientes de violencia sexual, y las dificultades para obtener justicia en este tipo de casos.

Durante la audiencia se reveló la falta de información actualizada y estadísticas consolidadas sobre violencia sexual en Nicaragua; no obstante, las peticionarias citaron algunos de los pocos datos disponibles. Cifras del Instituto de Medicina Legal, por ejemplo, revelan que en 2010 ocurrieron en promedio 13 casos al día, es decir una violación sexual cada dos horas en Nicaragua. El 84% de las mujeres agredidas eran menores de edad y una de cada tres eran menores de 10 años. Para el mismo año, los medios de comunicación escritos reportaron un total de 15 menores embarazadas, producto de una violación. Ello resulta preocupante en un país donde no existe opción para interrumpir el embarazo, ni siquiera por el riesgo a la salud y la vida de las niñas.

En la audiencia fueron expuestos ante la CIDH dos casos emblemáticos de violencia sexual en Nicaragua. Uno de ellos es el de 13 niños y niñas de entre 9 y 16 años que fueron víctimas de abuso sexual por parte de militares en la comunidad de Monkey Point, en la Región Autónoma del Atlántico Sur. La denuncia trascendió durante este año pero los abusos presuntamente se venían cometiendo desde el 2003. Hasta la fecha no se ha sancionado a ningún militar por estos hechos.

El otro caso se refirió a la sentencia de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia sobre la violación sexual que sufrió la joven Fátima Hernández. La Corte resolvió rebajar la pena del agresor y ordenó su libertad considerando que la víctima fue colaboradora y que el perpetrador actuó bajo los efectos de la cerveza. Para las organizaciones peticionarias, la impunidad en este caso y la humillación que sufrió la víctima se convierten en antecedentes disuasorios para que otras mujeres denuncien actos de violencia sexual.

Durante la audiencia, la Relatora para la Mujer de la CIDH, Luz Patricia Mejía, llamó la atención del Estado en relación con la sentencia en el caso de Fátima Hernández y señaló su preocupación por las consecuencias para la protección de las mujeres. Por su parte, el Comisionado Felipe González preguntó al Estado sobre los mecanismos disponibles en el país para acceder a información en el Estado. El comisionado Paulo Sergio Pinheiro pidió información sobre las cifras de denuncias y condenas por violencia sexual y enfatizó la importancia de garantizar justicia y luchar contra la impunidad.

Las peticionarias solicitaron a la CIDH exhortar al Estado de Nicaragua para que despenalice el aborto terapéutico, garantizándolo como derecho a las víctimas de violencia sexual, de manera que se permita a las niñas y mujeres decidir sobre continuar o no con un embarazo producto de violación. Las organizaciones también solicitaron a la Comisión que impulse ante el Estado la aprobación expedita de la Ley integral contra la violencia hacia la mujer y la generación de mecanismos para su implementación. Asimismo, solicitaron a la CIDH que reitere a Nicaragua su pedido para hacer una visita y constatar la situación de los derechos de las mujeres.

Audio de la audiencia:

http://www.cidh.org/audiencias/143/09.mp3

Video de la audiencia:

http://www.oas.org/OASPage/videosasf/2011/10/102411_RubenDario_V2_11am.wmv

Corte Interamericana ordena a El Salvador determinar el paradero de niños desaparecidos

Nueva sentencia de la Corte obliga al Estado a proporcionar información sobre casos de violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno

San Salvador y San José, 10 de octubre del 2011- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a El Salvador realizar todos los esfuerzos para determinar el paradero de cinco niños desaparecidos durante el conflicto armado interno en ese país. La sentencia sobre el caso Gregoria Herminia Contreras y otros vs. El Salvador fue comunicada el jueves pasado al Estado y a las organizaciones representantes de las víctimas, la Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

Lun, 10/10/2011

San Salvador y San José, 10 de octubre del 2011- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a El Salvador realizar todos los esfuerzos para determinar el paradero de cinco niños desaparecidos durante el conflicto armado interno en ese país. La sentencia sobre el caso Gregoria Herminia Contreras y otros vs. El Salvador fue comunicada el jueves pasado al Estado y a las organizaciones representantes de las víctimas, la Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

La Corte IDH reconoció que en El Salvador existió un patrón sistemático de desapariciones forzadas de niños y niñas durante los años del conflicto armado interno (1980-1992), quienes eran sustraídos y retenidos ilegalmente por miembros de las Fuerzas Armadas, principalmente entre 1980 y 1984. En la sentencia, el tribunal ordena continuar con las investigaciones –o abrir las que sean necesarias– para identificar, juzgar y sancionar a todos los responsables de las desapariciones forzadas de los hermanos Gregoria Herminia, Serapio Cristian y Julia Inés Contreras; de las hermanas Ana Julia y Carmelina Mejía Ramírez; y del niño José Rubén Rivera Rivera. De los seis niños, Gregoria Contreras ha sido la única joven reencontrada, gracias a la Asociación Pro-Búsqueda.

“Es la primera vez que la Corte Interamericana describe de manera detallada el patrón de desapariciones forzadas de niños y niñas ejecutadas por el Ejército durante el conflicto armado. El tribunal reconoce la verdad que por años les fue negada a los familiares de los cientos de niños y niñas que se encuentran en esta situación”, declaró Ester Alvarenga, directora de Pro-Búsqueda.

Más allá de estos casos particulares, la sentencia ordena al Estado garantizar que los operadores de justicia tengan acceso a los archivos que contengan información útil para la investigación de causas seguidas por violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno.

“Una de las principales  dificultades enfrentadas para determinar lo ocurrido a los niños y niñas desaparecidos es la obstaculización en el acceso a la información por parte de las fuerzas militares cuando las autoridades encargadas de la investigación les piden los datos requeridos. A partir de la sentencia de la Corte, el Estado tendrá que adoptar medidas para asegurar que esto no vuelva a ocurrir”, afirmó Alejandra Nuño, directora regional de CEJIL para Mesoamérica. Nuño agregó que esta orden de la Corte Interamericana es especialmente relevante en este momento, cuando en El Salvador se discute sobre los reglamentos a la nueva Ley de Acceso a la Información Pública.

Durante el proceso ante el más alto tribunal hemisférico, el Estado salvadoreño reconoció la responsabilidad internacional en los hechos.

CEJIL y la Asociación Pro-Búsqueda resaltan la trascendencia de la decisión de la Corte Interamericana. Asimismo instan al Estado a cumplir la sentencia a cabalidad y a que se comprometa a reparar el daño causado por la desaparición forzada de más de 881 niños y niñas durante el conflicto armado interno en El Salvador.

Los hechos

El caso Herminia Contreras y otros vs. El Salvador es la fusión de tres procesos en los que se denunció la desaparición forzada de niños.

  • El 25 de agosto de 1982 los hermanos Gregoria Herminia, Serapio Cristian y Julia Inés Contreras, de 4 años, 1 año y 8 meses, y 4 meses de edad, desaparecieron en manos de miembros del ejército salvadoreño durante un operativo realizado en el cantón San Juan de Buena Vista (departamento de San Vicente). Gregoria Herminia fue ubicada por la Asociación Pro-Búsqueda en el 2006 pero aún no se tiene conocimiento del paradero de sus hermanos.
  • Ana Julia y Carmelina Mejía Ramírez fueron testigos del asesinato de sus familiares cuando, el 13 de diciembre de 1981, miembros del Ejército ingresaron en el cantón de Cerro Pando (departamento de Morazán) y ejecutaron la “Masacre de El Mozote”, en el contexto de la llamada “Operación Rescate”. Posteriormente, las niñas, de 15 y 7 años de edad, fueron llevadas por un grupo de soldados y no se conoce su paradero.
  • El 19 de mayo de 1982, José Rubén Rivera, de 3 años de edad, fue llevado por un grupo de soldados de la Quinta Brigada de Infantería cuando él y su familia huían de un operativo militar que se llevaba a cabo en el cantón de La Joya (departamento de Morazán). Aún no se conoce su paradero.

Guatemala sigue sin investigar e identificar el paradero de Marco Antonio Molina Theissen a 30 años de su desaparición

Crimen permanece en la impunidad pese a sentencia de la Corte Interamericana

San José, 6 de octubre del 2011- La desaparición forzada del niño Marco Antonio Molina Theissen a manos del Ejército de Guatemala sigue en la impunidad luego de 30 años de sucedidos los hechos. La familia de Marco Antonio, y la sociedad en su conjunto, aún no conocen su paradero, a pesar de que el Estado guatemalteco tiene la obligación de buscar y entregarles sus restos, según fue ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en una sentencia de reparaciones emitida el 3 de julio del 2004.

Jue, 06/10/2011

Ciudad de Guatemala, 17 de febrero del 2006. Inauguración de la Escuela Mártir Marco Antonio Molina Theissen. A la extrema derecha aparece Emma Molina, madre de Marco Antonio; en el medio y de gafas oscuras aparece Lucrecia, su hermana.San José, 6 de octubre del 2011- La desaparición forzada del niño Marco Antonio Molina Theissen a manos del Ejército de Guatemala sigue en la impunidad luego de 30 años de sucedidos los hechos. La familia de Marco Antonio, y la sociedad en su conjunto, aún no conocen su paradero, a pesar de que el Estado guatemalteco tiene la obligación de buscar y entregarles sus restos, según fue ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en una sentencia de reparaciones emitida el 3 de julio del 2004.

En una resolución de supervisión de este fallo que emitió el 16 de noviembre de 2009, la Corte destacó la absoluta pasividad del Estado y la impunidad en la que se encuentra el caso. Resaltó que la inacción estatal de investigar y sancionar a los responsables continúa afectando a los familiares y “fomenta la repetición de hechos violatorios, profundiza la impunidad, desacredita el Estado de Derecho e incumple compromisos internacionales”.

Cabe recordar que la sentencia también busca justicia y reparación para otras víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado interno en Guatemala ya que, según datos de la Comisión Nacional de Búsqueda de la Niñez Desaparecida, al menos 5.000 niños fueron desaparecidos y secuestrados por las Fuerzas Armadas guatemaltecas durante el conflicto armado interno (1960-1996).

Por ello, entre otras acciones, la Corte ha ordenado la creación de un sistema de información genética y la adopción de un procedimiento expedito que permita obtener la declaración de ausencia y presunción de muerte por desaparición forzada. Estas órdenes tampoco han sido acatadas por el Estado de Guatemala.

Debido al incumplimiento estatal, en su resolución de supervisión la Corte también ordenó atender algunas de las causas estructurales que perpetúan la impunidad en este y otros casos. Esta acción requiere la pronta participación y efectiva colaboración de los poderes ejecutivo, legislativo, y judicial así como de otras instituciones estatales.

Alejandra Nuño, directora del Programa para Centroamérica y México de CEJIL, señaló que esta fecha es de especial dolor para la familia Molina. Asimismo, afirmó que “la dramática historia que vivió la familia hace treinta años se revive a diario. Pese a ello la inacción del Estado evidencia el desdén con que se trata un caso tan grave, en el que se sigue negando a la familia el derecho a la justicia y a la verdad”.

El día de hoy, Lucrecia Molina, hermana de Marco Antonio, escribió en su blog: “Son treinta años pesados como puños, de búsqueda y espera, acumulados en mi piel y en mis huesos, también en mi palabra. Mientras tanto, ellos, los desaparecedores, los asesinos –triunfantes, satisfechos, soberbios, con su poder intacto– se pasean impunes, quizá deseando que muera o que desista. Pero yo, Ajpu, cerbatanera, acecho en el camino del tiempo y la paciencia, sostenida por la lealtad, la solidaridad, los principios y la sangre de mi hermano, que es la misma que corre por mis venas”.

La falta de respuesta estatal en este y otros casos motivó a CEJIL a liderar la solicitud de una audiencia –en conjunto con organizaciones y familiares– para tratar el tema de la impunidad de las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos con relación a Guatemala, la cual ha sido concedida por ese tribunal y cuya fecha está por ser definida.

CEJIL ha sido enfático en señalar reiteradamente el incumplimiento del Estado en este caso. En el 30.° aniversario de la desaparición de Marco Antonio Molina, exigimos a Guatemala honrar sus compromisos internacionales dando inmediato cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana. El acatamiento de esta orden, así como la implementación de otras medidas estructutrales, es una responsabilidad para con la familia de Marco Antonio y para con las de miles de personas desaparecidas por fuerzas de seguridad del Estado durante el conflicto armado interno.

CEJIL recibe el Premio Thomas J. Dodd en justicia internacional y derechos humanos

La ceremonia fue presidida por el ex Senador Christopher J. Dodd

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

Lun, 03/10/2011

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

 

El Premio Dodd conmemora la distinguida carrera de Thomas J. Dodd, quien fue Abogado Senior durante los Juicios de Nuremberg, Representante ante el Congreso de los Estados Unidos de 1953 a 1957 y Senador del estado de Connecticut de 1959 a 1971. Thomas Dodd dedicó su vida al servicio público y a la lucha contra la violación de los derechos humanos en Estados Unidos y el mundo.

Tras recibir el premio, Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, dijo que “La labor de CEJIL forma parte del legado de los juicios de Nurembergy del trabajo de Thomas J. Dodd. Al enfocarnos en las Américas, una región notoria por sus violaciones a los derechos humanos y al Estado de derecho, creemos firmemente en la dignidad para todos, la importancia de honrar a todos los seres humanos y la necesidad de fortalecer y aplicar el Estado de derecho para asegurar los derechos de todos.”

 

Krsticevic concluyó diciendo que, “A nombre de todos en CEJIL, muchas gracias por este gran honor. Este premio nos animará a seguir nuestra lucha por la justicia y la igualdad. Nos dará la esperanza necesaria para crear muchas más historias de éxito en las Américas y nos recuerda la importancia de preservar el legado y los principios de Nuremberg.”

 

Este premio será invertido en el litigio estratégico de CEJIL en el hemisferio, la incidencia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la capacitación de defensores y defensoras de derechos  humanos en la región.

Para más información:

Milli  Legrain

Directora de Comunicación

mlegrain@cejil.org

202 319 3000

Paraguay - La Corte IDH ordena urgente implementación de un regimen de relacionamiento entre el niño LM y su familia de origen

 
Asunción y Buenos Aires, 19 de julio de 2011- El pasado 18 de julio de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó su resolución mediante la cual otorgó medidas provisionales a favor del niño LM. Específicamente, la Corte Interamericana ordenó que el Estado de Paraguay adopte, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias, adecuadas y efectivas para proteger los derechos a la integridad personal, protección de la familia e identidad del niño LM, permitiéndole mantener vínculos con su familia de origen.
 

Mar, 19/07/2011


 
Asunción y Buenos Aires, 19 de julio de 2011El pasado 18 de julio de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó su resolución mediantela cual otorgó medidas provisionales a favor del niño LM. Específicamente, la Corte Interamericana ordenó que el Estado de Paraguay adopte, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias, adecuadas y efectivas para proteger los derechos a la integridad personal, protección de la familia e identidad del niño LM, permitiéndole mantener vínculos con su familia de origen.
 
En noviembre de 2009, el niño LM fue entregado irregularmente en guarda provisoria a un matrimonio registrado en la lista de aspirantes a adoptar, a pesar de que esto se encuentra expresamente prohibido por las leyes nacionales y de que, desde esa misma fecha, sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.
 
De esta forma, y a pesar de los múltiples pedidos formulados ante la justicia, los padres y abuelos del niño LM –de casi 2 años de edad- fueron impedidos del contacto con su hijo y nieto. Ante la falta de respuesta efectiva por parte de los tribunales internos, el caso fue llevado a la Corte Interamericana que ordenó al Estado de Paraguay la pronta implementación de un régimen de relacionamiento como medida para tutelar los derechos a la integridad personal, a la familia y a la identidad del niño.
 
“Con su resolución, la Corte reconoce la afectación a los derechos que ocasiona a un niño el privarlo del contacto con su familia de origen. Es muy lamentable haber llegado a una instancia internacional para proteger los derechos del niño. Ahora es necesario implementar de manera urgente la orden que da la Corte para no profundizar el daño que se ha causado al niño LM”, dice Liliana Tojo, Directora del Programa para Cono Sur de CEJIL, que junto con CDIA representan a las víctimas.
 
Es la primera vez que Paraguay se ve expuesto a una denuncia de esta naturaleza. El Estado de Paraguay, en tanto ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos y admitió la jurisdicción de la Corte Interamericana, tiene la obligación de implementar la decisión adoptada en el caso para evitar incurrir en responsabilidad internacional.
 
________________________________________________________________________
 
Para mayor información:
 
 
Contacto en Buenos Aires:
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Liliana Tojo
Línea: +54 11 5031 2331
Celular: +54 9 33409795
ltojo@cejil.org
 
 
Contacto en Asunción:
Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA)
Heve Otero
+595 21 227 061
cdia@cdia.org.py
 

Distribuir contenido