Paraguay

Paraguay – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declara la admisibilidad en el caso del niño LM

Washington, Asunción y Buenos Aires, 10 de noviembre de 2011- El pasado 9 de noviembre de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó el Informe No. 162/11 mediante el cual declara la admisibilidad en el caso del niño LM que desde hace más de dos años fue entregado irregularmente en guarda provisoria, a pesar de que sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.

Jue, 10/11/2011

Washington, Asunción y Buenos Aires, 10 de noviembre de 2011- El pasado 9 de noviembre de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó el Informe No. 162/11 mediante el cual declara la admisibilidad en el caso del niño LM que desde hace más de dos años fue entregado irregularmente en guarda provisoria, a pesar de que sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.

 

Por ello, en septiembre de 2010, la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia  (CDIA) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) presentaron una petición ante la Comisión Interamericana, alegando la violación de los derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos. En su informe, la CIDH realizó una evaluación prima facie que determinó que podrían caracterizarse posibles violaciones a los derechos garantizados en la Convención Americana, e inició la etapa de discusión sobre las violaciones alegadas.

 

En igual sentido, la CIDH rechazó la excepción de falta de agotamiento de los recursos internos presentada por el Estado de Paraguay en tanto consideró que se registró un retardo injustificado en resolver las causas judiciales internas en trámite.

 

“Una vez más, Paraguay podría ser sometido a un proceso judicial ante el sistema interamericano por la violación de los derechos de los niños/as. Esta vez, la responsabilidad estatal se configura también en tanto los órganos estatales no han actuado adecuada y diligentemente en la resolución de la causa judicial en la que se discute la guarda de un niño de 2 años”, afirmó Liliana Tojo, Directora del Programa para Bolivia y Cono Sur de CEJIL.

 

El caso del niño LM pone de manifiesto una práctica estructural existente en el Paraguay y  relativa a la concesión de guardas irregulares para adopción. En efecto, se estima que el 66% de las adopciones  registradas desde 1999 fueron realizadas a partir de guardas irregulares.

 

Por la urgencia que presenta el caso, la Corte Interamericana dictó una medida provisional en el caso, ordenando la urgente implementación de un régimen de relacionamiento entre el niño LM y su familia de origen ampliada que, al día de la fecha, no se encuentra totalmente cumplida.

 

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Liliana Tojo - CEJIL

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Heve Otero - CDIA

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CEJIL recibe el Premio Thomas J. Dodd en justicia internacional y derechos humanos

La ceremonia fue presidida por el ex Senador Christopher J. Dodd

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

Lun, 03/10/2011

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

 

El Premio Dodd conmemora la distinguida carrera de Thomas J. Dodd, quien fue Abogado Senior durante los Juicios de Nuremberg, Representante ante el Congreso de los Estados Unidos de 1953 a 1957 y Senador del estado de Connecticut de 1959 a 1971. Thomas Dodd dedicó su vida al servicio público y a la lucha contra la violación de los derechos humanos en Estados Unidos y el mundo.

Tras recibir el premio, Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, dijo que “La labor de CEJIL forma parte del legado de los juicios de Nurembergy del trabajo de Thomas J. Dodd. Al enfocarnos en las Américas, una región notoria por sus violaciones a los derechos humanos y al Estado de derecho, creemos firmemente en la dignidad para todos, la importancia de honrar a todos los seres humanos y la necesidad de fortalecer y aplicar el Estado de derecho para asegurar los derechos de todos.”

 

Krsticevic concluyó diciendo que, “A nombre de todos en CEJIL, muchas gracias por este gran honor. Este premio nos animará a seguir nuestra lucha por la justicia y la igualdad. Nos dará la esperanza necesaria para crear muchas más historias de éxito en las Américas y nos recuerda la importancia de preservar el legado y los principios de Nuremberg.”

 

Este premio será invertido en el litigio estratégico de CEJIL en el hemisferio, la incidencia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la capacitación de defensores y defensoras de derechos  humanos en la región.

Para más información:

Milli  Legrain

Directora de Comunicación

mlegrain@cejil.org

202 319 3000

CEJIL celebra el establecimiento de una relatoría sobre verdad, justicia y reparación en Naciones Unidas

Nuevo mecanismo coordinará con órganos del Sistema Interamericano

Washington, D.C., 29 de septiembre del 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) recibe con satisfacción el anuncio de que, el día de hoy, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha adoptado una resolución por la que crea una Relatoría Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La resolución fue adoptada por consenso y contó con un amplio respaldo, habiendo sido copatrocinada por más de 75 países de todo el mundo.

Jue, 29/09/2011

Morazán, El Salvador. Monumento a las víctimas de la masacre de El Mozote y sitios aledaños. "Ellos no han muerto, están con nosotros, con ustedes, con la humanidad entera".Washington, D.C., 29 de septiembre del 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) recibe con satisfacción el anuncio de que, el día de hoy, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha adoptado una resolución por la que crea una Relatoría Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La resolución fue adoptada por consenso y contó con un amplio respaldo, habiendo sido copatrocinada por más de 75 países de todo el mundo.

CEJIL destaca particularmente el propósito expreso de coordinación entre la relatoría y los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Esta cooperación podría traducirse en un mejor cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

La relatoría tiene un gran reto para impulsar la tarea de que los Estados avancen tanto en la derogación de figuras que garantizan la impunidad, como en propuestas de políticas públicas y leyes que garanticen el derecho a la reparación por violaciones a los derechos humanos.

CEJIL considera que el trabajo de este nuevo mecanismo debería retomar estudios elaborados por las Naciones Unidas en materia de amnistías e impunidad. Su trabajo también podría encontrar una tarea muy importante en defender el derecho de interponer recursos y obtener reparaciones por parte de víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario.

La persona que estará a cargo de la relatoría tendrá un mandato de tres años y deberá reportar anualmente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Entre algunas de las labores de la Relatoría destacan: a) la prestación de asistencia técnica; b) la sistematización y estudio de información sobre las situaciones nacionales, en particular sobre el marco normativo, las prácticas y experiencias nacionales, tales como las comisiones de verdad y reconciliación y otros mecanismos; c) la identificación, intercambio y promoción de las buenas prácticas y las enseñanzas obtenidas, así como identificar posibles elementos adicionales con miras a recomendar medios de mejorar y reforzar la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición; y d) formulación de recomendaciones sobre, entre otras cosas, medidas judiciales y no judiciales al elaborar y aplicar estrategias, políticas y medidas para hacer frente a las violaciones manifiestas de los derechos humanos y a las violaciones graves del derecho internacional humanitario.

De manera particularmente relevante se señala que parte del mandato de la nueva relatoría será la realización de “un estudio sobre los medios de abordar las cuestiones inherentes al mandato” que retome información de distintas fuentes. Se aclara que la relatoría deberá “trabajar en estrecha coordinación, evitando las duplicaciones innecesarias, con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, con otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y con otros actores pertinentes”.

“Sin lugar a dudas, esta decisión contribuye a hacer realidad los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de millones de víctimas de graves violaciones de derechos humanos y sobrevivientes en el mundo entero”, sostuvo Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del CEJIL.

Krsticevic agregó que, dada la dimensión del problema, es muy importante para la legitimidad y la eficacia del mecanismo que la resolución de creación haya tenido un amplio respaldo.

“Esperamos que el trabajo de la nueva relatoría permita dar un salto cualitativo en el abordaje de esta temática en varios países de América Latina –como Brasil, Uruguay, Guatemala, El Salvador, Panamá, Colombia y México, entre otras naciones– que aún precisan avanzar significativamente en la garantía de estos derechos fundamentales y en la lucha contra la impunidad”, concluyó.

Paraguay - La Corte IDH ordena urgente implementación de un regimen de relacionamiento entre el niño LM y su familia de origen

 
Asunción y Buenos Aires, 19 de julio de 2011- El pasado 18 de julio de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó su resolución mediante la cual otorgó medidas provisionales a favor del niño LM. Específicamente, la Corte Interamericana ordenó que el Estado de Paraguay adopte, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias, adecuadas y efectivas para proteger los derechos a la integridad personal, protección de la familia e identidad del niño LM, permitiéndole mantener vínculos con su familia de origen.
 

Mar, 19/07/2011


 
Asunción y Buenos Aires, 19 de julio de 2011El pasado 18 de julio de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó su resolución mediantela cual otorgó medidas provisionales a favor del niño LM. Específicamente, la Corte Interamericana ordenó que el Estado de Paraguay adopte, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias, adecuadas y efectivas para proteger los derechos a la integridad personal, protección de la familia e identidad del niño LM, permitiéndole mantener vínculos con su familia de origen.
 
En noviembre de 2009, el niño LM fue entregado irregularmente en guarda provisoria a un matrimonio registrado en la lista de aspirantes a adoptar, a pesar de que esto se encuentra expresamente prohibido por las leyes nacionales y de que, desde esa misma fecha, sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.
 
De esta forma, y a pesar de los múltiples pedidos formulados ante la justicia, los padres y abuelos del niño LM –de casi 2 años de edad- fueron impedidos del contacto con su hijo y nieto. Ante la falta de respuesta efectiva por parte de los tribunales internos, el caso fue llevado a la Corte Interamericana que ordenó al Estado de Paraguay la pronta implementación de un régimen de relacionamiento como medida para tutelar los derechos a la integridad personal, a la familia y a la identidad del niño.
 
“Con su resolución, la Corte reconoce la afectación a los derechos que ocasiona a un niño el privarlo del contacto con su familia de origen. Es muy lamentable haber llegado a una instancia internacional para proteger los derechos del niño. Ahora es necesario implementar de manera urgente la orden que da la Corte para no profundizar el daño que se ha causado al niño LM”, dice Liliana Tojo, Directora del Programa para Cono Sur de CEJIL, que junto con CDIA representan a las víctimas.
 
Es la primera vez que Paraguay se ve expuesto a una denuncia de esta naturaleza. El Estado de Paraguay, en tanto ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos y admitió la jurisdicción de la Corte Interamericana, tiene la obligación de implementar la decisión adoptada en el caso para evitar incurrir en responsabilidad internacional.
 
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Para mayor información:
 
 
Contacto en Buenos Aires:
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Liliana Tojo
Línea: +54 11 5031 2331
Celular: +54 9 33409795
ltojo@cejil.org
 
 
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Paraguay se expone a nueva condena internacional por violaciones a derechos humanos de la niñez

 

El pasado 10 de mayo de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó al Estado de Paraguay la interposición de una demanda internacional por violación a la Convención Americana de Derechos Humanos, en razón de la entrega irregular en guarda provisoria del niño LM a un matrimonio con pretensiones de adopción.

 

Mar, 17/05/2011

 
El pasado 10 de mayo de 2011 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó al Estado de Paraguay la interposición de una demanda internacional por violación a la Convención Americana de Derechos Humanos, en razón de la entrega irregular en guarda provisoria del niño LM a un matrimonio con pretensiones de adopción.
 
En efecto, el 12 de noviembre de 2009, el niño LM fue entregado irregularmente en guarda provisoria a un matrimonio registrado en la lista de aspirantes a adoptar, a pesar de que esto se encuentra expresamente prohibido por las leyes nacionales y de que, desde esa misma fecha, sus padres y abuelos reclaman la tenencia y custodia del niño.
 
El caso del niño LM ilustra una práctica estructural vigente en el Paraguay y  relativa a la concesión de guardas preadoptivas. En efecto, se estima que el 66% de las adopciones  registradas desde 1999 fueron realizadas a partir de guardas irregulares.
 
En razón de la falta de diligencia en el avance de las causas judiciales y el grave efecto que el transcurso del tiempo tiene para los derechos del niño y su familia de origen, se solicitó la intervención de la CIDH para que, en ejercicio de sus funciones, garantice la pronta tutela de los derechos del niño LM. El pasado 10 de mayo la CIDH notificó formalmente al Estado de Paraguay la presentación de esa demanda y le otorgó un plazo de 2 meses para que presente sus observaciones.
Por la urgencia que presenta el caso, la CIDH ya había dictado una medida cautelar en el caso, ordenando la pronta resolución del proceso de guarda del niño LM. Estas medidas se encuentran aún vigentes y continúan siendo incumplidas por el Estado paraguayo.

Caso Vargas Areco Vs. Paraguay ante la Corte IDH

Jue, 02/09/2010 - 13:30 - 15:00
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José, Costa Rica

Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicita información al Estado paraguayo ante irregularidades procesales que afectan los intereses superiores del niño

Niño separado de sus padres biológicos en Paraguay

En el día de la fecha, la Comisión Interamericana solicitó información al Estado de Paraguay para que aclare las razones por las cuales la justicia paraguaya impide el contacto del niño LM –cuya identidad se mantiene en reserva- con sus padres biológicos.

Mié, 28/07/2010

 

Asunción y Buenos Aires, julio 28 de 2010

 

En el día de la fecha, la Comisión Interamericana solicitó información al Estado de Paraguay para que aclare las razones por las cuales la justicia paraguaya impide el contacto del niño LM –cuya identidad se mantiene en reserva- con sus padres biológicos.

Desde el mes de noviembre de 2009, los padres biológicos del niño LM se encuentran luchando para que la justicia paraguaya les garantice el vínculo con su hijo quien fuera entregado irregularmente en guarda provisoria a un matrimonio con pretensiones de adopción. La injustificable demora procesal vulnera el interés superior del niño, protegido tanto por la normativa interna del país como por el derecho internacional ratificado por el Paraguay.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA), han denunciado esta grave situación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para proteger los derechos del niño LM y que sea restablecido de inmediato el vínculo familiar con sus padres biológicos.

 

Para más información contactar:

 

Oficina Regional de CEJIL Bolivia y Cono Sur

(54) 11 50 312 331

liliana.tojo@cejil.org

 

CDIA

(595) 21 227 061

cdia@cdia.org.py

 

 

Paraguay condenado por violar la libertad de expresión de Ricardo Canese

En el día de ayer, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, notificó su sentencia del 31 de agosto del 2004, en el Caso Ricardo Canese vs. Paraguay. Esta es la primera sentencia emitida por la Corte contra ese país. El ingeniero Canese fue representado por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional ante dicha Corte; el CEJIL participó como peticionario ante el foro internacional junto con el Sindicato de Periodistas de Paraguay, el Sindicato de Trabajadores de la Administración Nacional de Electricidad y los abogados Pedro Almada Galeano, Alberto Nicanor Duarte y Carlos Daniel Alarcón.

Mié, 15/09/2004

En el día de ayer, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, notificó su sentencia del 31 de agosto del 2004, en el Caso Ricardo Canese vs. Paraguay. Esta es la primera sentencia emitida por la Corte contra ese país. El ingeniero Canese fue representado por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional ante dicha Corte; el CEJIL participó como peticionario ante el foro internacional junto con el Sindicato de Periodistas de Paraguay, el Sindicato de Trabajadores de la Administración Nacional de Electricidad y los abogados Pedro Almada Galeano, Alberto Nicanor Duarte y Carlos Daniel Alarcón.

Canese era candidato a la presidencia de Paraguay y en una serie de declaraciones ante medios periodísticos, denunció públicamente las presuntas vinculaciones del en ese entonces candidato a la Presidencia de Paraguay, Juan Carlos Wasmosy, con el ex dictador Alfredo Stroessner, en hechos de corrupción vinculados a la represa hidroeléctrica Itaipú. Cabe señalar que las declaraciones ante la prensa fueron realizadas en el contexto de la contienda electoral para la Presidencia de Paraguay.

Canese fue víctima de un proceso que se prolongó por más de diez años: fue condenado por el delito de difamación y finalmente, previa apelación y luego de la presentación de esta demanda ante la Corte, fue absuelto en el año 2002. Durante dicho proceso penal, el señor Canese fue impedido para salir de Paraguay casi de manera permanente.

En su decisión la Corte condenó al Estado paraguayo por haber violado el derecho a la libertad de pensamiento y expresión del señor Canese, su derecho de circulación, a las garantías judiciales y el principio de retroactividad de la ley. El Tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión para la democracia y para asegurar mecanismos de control por parte de la ciudadanía. A su vez recalcó que, particularmente en contextos de elecciones, debe protegerse y garantizarse este derecho en el debate político: “Es preciso que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, así como disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones de manera que los electores puedan formar su criterio para votar. En este sentido, el ejercicio de los derechos políticos y la libertad de pensamiento y de expresión se encuentran íntimamente ligados y se fortalecen entre sí”, expresó la Corte en su sentencia.

Según sostuvo la Corte, “[a]l publicar las declaraciones del señor Canese, los diarios ‘ABC Color’ y ‘Noticias’ jugaron un papel esencial como vehículos para el ejercicio de la dimensión social de la libertad de pensamiento y de expresión, pues recogieron y transmitieron a los electores la opinión de uno de los candidatos presidenciales respecto de otro de ellos, lo cual contribuye a que el electorado cuente con mayor información y diferentes criterios previo a la toma de decisiones”.

En este contexto, las limitaciones a la libertad de expresión deben estar sometidas a un escrutinio estricto. Así, según la Corte, el proceso penal, la condena de Canese y la restricción impuesta para salir del país, constituyeron una sanción innecesaria y excesiva, además de un medio indirecto para limitar su libertad de expresión.

Viviana Krsticevic, directora ejecutiva del CEJIL, sostuvo que “esta sentencia es sumamente importante pues en ella la Corte Interamericana reafirma una vez más la trascendencia del derecho a la libertad de expresión para la construcción de democracias más inclusivas y pluralistas. En ella se destaca el papel fundamental de un debate abierto en la arena política y, en particular, en asuntos de interés público”. Constituye por esta razón una reparación para el ingeniero Ricardo Canese, a quien a su vez le fue reconocido su derecho a una indemnización por los daños inmateriales sufridos. En virtud de ello el Estado paraguayo le deberá pagar a Canese la suma de treinta y cinco mil dólares.

Finalmente, cabe destacar que en el litigio de este caso, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estuvo representada por el Relator Especial para la Libertad de Expresión, abogado Eduardo Bertoni. Asimismo, participaron como testigos y peritos del caso, entre otros, el señor Miguel López, secretario general del Sindicato de Periodistas de Paraguay y los señores Horacio Verbitsky y Danilo Arbilla, quienes hicieron hincapié en la trascendencia y necesidad de que los ciudadanos conozcan la información que les permita tomar decisiones acertadas, sin restricciones y que, de este modo, se respete la libertad de expresión como herramienta esencial para la formación de opinión pública.

 

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El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.

Corte Interamericana condenó a Paraguay por violar los derechos humanos de niños privados de libertad

Vie, 24/09/2004

Washington, D.C. 24 de septiembre de 2004

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su sentencia condenatoria contra Paraguay en el caso del Centro de Reeducación de Menores, más conocido como Panchito López, el cual ilustra las condiciones carcelarias infrahumanas a que fueron sometidos un número aproximado de 4.000 niños que pasaron por ese instituto entre 1996 y 2001. La población del Panchito López tenía capacidad para 15 internos, sin embargo albergaba entre 200 y 300 niños al mismo tiempo. Este alto tribunal dio por probados los hechos denunciados por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Fundación Tekojoja, las cuales representaron a las víctimas y sus familiares ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.

La Corte estableció que los internos estaban recluidos en celdas insalubres, mal alimentados, sin atención médica adecuada, con pocas oportunidades de participar en actividades educativas y recreativas. La gran mayoría se encontraba procesada sin sentencia y contaban con una asistencia legal deficiente y lenta. La Corte también concluyó que en el Panchito se utilizaban como método de castigo, la tortura, el aislamiento y los traslados a cárceles con adultos. Las precarias condiciones de detención descritas derivaron en tres incendios en los que murieron doce internos y más de 40 resultaron heridos. El último incendio destruyó completamente el Panchito López, lo cual obligó al Estado a cerrarlo. Con posterioridad al cierre, las graves violaciones continuaron cometiéndose ya que los internos menores de edad fueron trasladados a prisiones de adultos.

En su sentencia, la Corte responsabilizó a Paraguay por violar los derechos a la vida, a la integridad personal, al debido proceso y a la protección judicial, todos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual ha sido firmada y ratificada por Paraguay. La Corte consideró que el Estado no adoptó las medidas especiales de protección que está obligado a tomar a favor de los niños detenidos. En uno de sus párrafos el tribunal resalta: “Más aún, fue el Estado quien permitió que sus agentes amenazaran, afectaran, vulneraran o restringieran derechos que no podían ser objeto de ningún tipo de limitación o vulneración, exponiendo de manera constante a todos los internos del Instituto a un trato cruel, inhumano y degradante, así como a condiciones de vida indigna que afectaron su derecho a la vida, su desarrollo y sus proyectos de vida.” Asimismo, la Corte señaló que, respecto de niños privados de libertad, el Estado tiene la obligación de proveerles de asistencia de salud y educación. También condenó a Paraguay por la excesiva demora y el incumplimiento de un recurso de habeas corpu genérico, interpuesto a favor de 239 niños internos del Panchito López.

Además de los muertos y heridos en los incendios, con posterioridad al cierre del Panchito López, dos niños que habían sido trasladados a otro centro de detención murieron como consecuencia de riñas entre internos. Sobre este tema, la Corte estableció la responsabilidad internacional de Paraguay por las vidas de estos niños ya que, independientemente de que ninguna autoridad estatal fue aparentemente responsable directo de estas muertas, el Estado tenía el deber de crear las condiciones necesarias para evitar peleas entre los internos.

En su decisión la Corte obligó al Estado paraguayo a que realice, en un plazo de seis meses un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en estos hechos así como también que adopte una política de Estado para niños en conflicto con la ley acorde con los estándares internacionales. Asimismo, ordenó que se brinde tratamiento médico y psicológico a todas las víctimas y que se diseñe un programa de educación especial. Por último, el alto tribunal ordenó a Paraguay el pago de una indemnización económica a cada uno de los heridos y a los familiares de los fallecidos. El monto total de estas indemnizaciones, tanto por daño material como por daño moral, es de U$S 3.659.000 dólares estadounidenses.

“Esta sentencia es de una especial trascendencia no sólo para Paraguay sino también para toda América Latina ya que refleja la gravísima situación de los niños y niñas privados de libertad en la región y establece por primera vez estándares internacionales sobre la obligación de los Estados de garantizar condiciones carcelarias dignas para niños y niñas,” dijo Viviana Kristicevic, directora ejecutiva de CEJIL.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) demandó a Paraguay ante la Corte en mayo de 2002. En octubre del mismo año y en representación de las víctimas, CEJIL y la Fundación Tekojoja presentaron su demanda ante la Corte. Vale recordar que las sentencias de la Corte son de cumplimiento obligatorio para los países que han aceptado su jurisdicción como es el caso de Paraguay.

 

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CEJIL participa de audiencias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Desde el 21 hasta el 27 de octubre el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) participará en audiencias y reuniones convocadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) relativas a casos individuales sobre violaciones de los derechos humanos en el hemisferio americano.

Mié, 20/10/2004

Washington, D.C. 20 de octubre de 2004

Desde el 21 hasta el 27 de octubre el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) participará en audiencias y reuniones convocadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) relativas a casos individuales sobre violaciones de los derechos humanos en el hemisferio americano. CEJIL informará a la CIDH sobre el estado de los derechos humanos en algunos países y abordará asimismo temáticas específicas como la explotación sexual de niños y niñas en Centroamérica y la integración económica, entre otros temas. Estas audiencias se realizarán en Washington con motivo del 121º período ordinario de sesiones de la CIDH que comenzó el 11 de octubre y se extiende hasta el 27 de octubre. Además de CEJIL, estarán presentes las víctimas y/o sus representantes, otras organizaciones no gubernamentales y las delegaciones de los gobiernos del hemisferio.

Durante el primer día de audiencias CEJIL expondrá a la CIDH dos temas que continúan afectando seriamente a las mujeres y los niños de América Latina. Uno de ellos tiene que ver con la discriminación y la deficiente administración de justicia de que son víctimas las mujeres en toda la región. Acompañarán a CEJIL en esta audiencia organizaciones regionales de mujeres. Seguidamente, CEJIL se referirá a la explotación sexual de menores de edad en Centroamérica, un fenómeno que continúa en aumento en dicha región. Se hará hincapié específicamente en la falta de políticas estatales destinadas a terminar con esta gravísima violación de los derechos humanos de niños y niñas centroamericanos. Ese mismo día la CIDH también recibirá a CEJIL para analizar el caso de Heliodoro Portugal de Panamá, activista político desaparecido durante la última dictadura militar.

El deterioro de los derechos humanos en Chiapas, México, y la parálisis e irregularidades en las investigaciones de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua serán denunciados por CEJIL ante la CIDH. Con respecto a esta última, se pedirá que el Estado mexicano retome las recomendaciones efectuadas por la Relatora de la CIDH sobre derechos de la mujer efectuadas en marzo de 2002 en referencia a las investigaciones de estos homicidios. CEJIL y las organizaciones mexicanas manifestarán tanto a la CIDH como al gobierno que, pese a los intentos por avanzar en el esclarecimiento de estos hechos, se continúan evidenciando fallas en la coordinación de las investigaciones y falta de capacitación de los funcionarios a cargo de las mismas.

CEJIL también participará en una audiencia en la que se informará a la CIDH sobre la cada vez más preocupante situación en la que trabajan los defensores y defensoras de derechos humanos de América. El estado de estos derechos en Bolivia también será abordado por CEJIL en audiencia con la CIDH. Se manifestará con especial énfasis preocupación por los obstáculos interpuestos por el gobierno para la aprobación de una ley de derechos sexuales y reproductivos.

Una audiencia que se espera que despierte gran interés será la referida al impacto de los procesos de integración económica sobre los derechos humanos de los habitantes de América Latina. Participarán de manera conjunta siete organizaciones latinoamericanas y constituirá esta la primera vez que la CIDH escuche este tema en audiencia.

Se realizarán asimismo dos audiencias sobre Venezuela, una de ellas se referirá al problema de impunidad que afecta a ese país. Actualmente en Venezuela el 90% de las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos no se llegan a iniciar en el proceso penal. CEJIL y las organizaciones locales harán referencia a las principales causas de esta impunidad que son, entre otras, la inseguridad jurídica debido a la incertidumbre de las reglas y leyes del Estado, la demora legislativa y el carácter provisorio de la mayoría de los jueces. La segunda audiencia se centrará en dar información sobre el estado actual de protección de los derechos económicos, sociales y culturales. En cuanto al litigio de CEJIL en casos individuales, se llevará a cabo una audiencia sobre el caso de Gilda Rosario Pizarro Jiménez y otros, más conocido como Las Paquitas, de Chile y otra sobre el suicidio del joven Wilmer González Rojas en una prisión de Nicaragua, el cual no ha sido investigado diligentemente por el Estado. Habrá también una audiencia para analizar avances en el caso de Ramón Hernández Berrios y otros de Honduras, que involucra a cuatro menores de edad que fueron detenidos en cárceles con adultos y torturados y aún no se han realizado investigaciones ni sancionado a los responsables.

La CIDH recibirá a CEJIL para que informe si el Estado peruano ha cumplido las recomendaciones del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en Perú. Y también se realizará otra audiencia sobre los casos de los magistrados y fiscales del poder judicial cesados durante el gobierno actual en la cual se evaluará si se continúa con el proceso de solución amistosa. CEJIL reiterará en audiencia sus observaciones y preocupaciones sobre el proceso de desmovilización de paramilitares en Colombia y el papel de la Misión para Apoyar el proceso de paz de la OEA. Nuevamente CEJIL destacará la falta de garantías de los derechos a la justicia y la verdad en el proceso e insistirá en la urgencia de un monitoreo activo de la CIDH.

Finalmente tendrán lugar dos audiencias sobre Guatemala. En una de ellas CEJIL abordará la delicada situación de las personas que viven con VIH/Sida en ese país debido a que el Estado continúa sin proveerles los medicamentos necesarios pese estar ellos bajo la protección de medidas cautelares (de protección) ordenadas por la CIDH. Se le pedirá a la CIDH que le solicite a la Corte la adopción de medidas provisionales en favor de las más de 40 víctimas, cuyas vidas corren serio peligro debido a la inercia estatal. En la segunda audiencia se informará sobre las nefastas consecuencias de la decisión del Estado de Guatemala de enviar al Programa Nacional de Resarcimiento para las víctimas del conflicto armado interno las reparaciones económicas ordenadas por la CIDH. Por último, CEJIL participará de una audiencia en la que denunciará las graves condiciones en que se encuentran las personas detenidas en El Salvador.

Además de las audiencias mencionadas, CEJIL, junto a sus co-peticionarios, mantendrá reuniones de trabajo sobre una serie de casos pendientes relacionados con Argentina, Brasil, Colombia, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Paraguay y Perú.

 

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A continuación se encuentra la lista de las organizaciones (por orden alfabético) que estarán presentes junto a CEJIL en las audiencias y reuniones de trabajo:

Casa Alianza de Honduras, Guatemala y Nicaragua

Capítulo Boliviano de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas

Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” de México

Centro de Derechos Reproductivos de Nueva York, Estados Unidos

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de Argentina

Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) de Colombia

CIIDH de Guatemala

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH)

Comité de Familiares de las víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989 (COFAVIC)

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú

Coordinadora de la Mujer de Bolivia

Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” de Colombia

Derechos y Democracia de Canadá

Estudio por la Defensa de los derechos de las mujeres (DEMUS) de Perú

Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)

Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA) de EL Salvador

Instituto de Formación Femenina Integral

Justicia para Nuestros Hijas

Programa Venezolano de Educación-Acción de Derechos Humanos (PROVEA )

Red de Infancia y Adolescencia de El Salvador (RIA)

Red de Organizaciones sobre VIH/SIDA de Guatemala

Save the Children

III Consulta de Defensores y Defensoras de América

Vicaria de Derechos Humanos de Caracas

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