Panamá

Denuncia de Vélez Loor contra Panamá se resuelve satisfactoriamente a favor de la víctima

Primer caso sobre migrantes en situación irregular en la Corte IDH

CEJIL expresa su satisfacción por la sentencia condenatoria que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado panameño con respecto al caso del ciudadano ecuatoriano Jesús Vélez Loor.

Sáb, 11/12/2010


Denuncia de Vélez Loor contra Panamá se resuelve satisfactoriamente a favor de la víctima
CEJIL expresa su satisfacción por la sentencia condenatoria que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado panameño con respecto al caso del ciudadano ecuatoriano Jesús Vélez Loor.
 
Hoy, viernes,  la Corte notificó el fallo al gobierno panameño y a CEJIL como representante de la víctima. Esta es la primera sentencia emitida por el tribunal en la cual reconoce la especial situación de vulnerabilidad a la que se encuentran expuestas las personas migrantes en situación irregular.
 
El ser un inmigrante en estas condiciones en Panamá le valió al ecuatoriano Jesús Vélez Loor un trato discriminatorio en el sistema de justicia panameño desde noviembre del 2002. A la víctima no se le otorgó acceso a un defensor ni a su consulado y estuvo recluido diez meses en una cárcel panameña en donde sufrió torturas y vivió en condiciones infrahumanas.
 
El tribunal destacó la arbitrariedad en las políticas migratorias que se le aplicaron al Sr. Vélez Loor. La Corte declaró al Estado panameño responsable por la violación a varios de los derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, dentro los que se encuentran el derecho a la libertad personal  y por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial.  Asimismo, se  declaró al Estado responsable por la violación del principio de legalidad y del derecho a la integridad personal y ordenó la adopción de una serie de medidas de reparación.
 
Dadas las repercusiones de este histórico fallo, en próximas fechas CEJIL extenderá más declaraciones sobre la sentencia.
 

CEJIL recibe el Premio Thomas J. Dodd en justicia internacional y derechos humanos

La ceremonia fue presidida por el ex Senador Christopher J. Dodd

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

Lun, 03/10/2011

Washington D.C., 3 de octubre de 2011.- El día de hoy, el Centro por la Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) fue premiado con el Thomas J. Dodd Prize en Justicia Internacional y Derechos Humanos, en lo que fue la quinta edición de la entrega de este premio. La ceremonia se celebró en la Universidad de Connecticut a las 16 horas (hora del este de EEUU) y fue presidida por Susan Herbst, Presidenta de dicha institución así como por el Senador Christopher J. Dodd.

 

El Premio Dodd conmemora la distinguida carrera de Thomas J. Dodd, quien fue Abogado Senior durante los Juicios de Nuremberg, Representante ante el Congreso de los Estados Unidos de 1953 a 1957 y Senador del estado de Connecticut de 1959 a 1971. Thomas Dodd dedicó su vida al servicio público y a la lucha contra la violación de los derechos humanos en Estados Unidos y el mundo.

Tras recibir el premio, Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, dijo que “La labor de CEJIL forma parte del legado de los juicios de Nurembergy del trabajo de Thomas J. Dodd. Al enfocarnos en las Américas, una región notoria por sus violaciones a los derechos humanos y al Estado de derecho, creemos firmemente en la dignidad para todos, la importancia de honrar a todos los seres humanos y la necesidad de fortalecer y aplicar el Estado de derecho para asegurar los derechos de todos.”

 

Krsticevic concluyó diciendo que, “A nombre de todos en CEJIL, muchas gracias por este gran honor. Este premio nos animará a seguir nuestra lucha por la justicia y la igualdad. Nos dará la esperanza necesaria para crear muchas más historias de éxito en las Américas y nos recuerda la importancia de preservar el legado y los principios de Nuremberg.”

 

Este premio será invertido en el litigio estratégico de CEJIL en el hemisferio, la incidencia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la capacitación de defensores y defensoras de derechos  humanos en la región.

Para más información:

Milli  Legrain

Directora de Comunicación

mlegrain@cejil.org

202 319 3000

CEJIL celebra el establecimiento de una relatoría sobre verdad, justicia y reparación en Naciones Unidas

Nuevo mecanismo coordinará con órganos del Sistema Interamericano

Washington, D.C., 29 de septiembre del 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) recibe con satisfacción el anuncio de que, el día de hoy, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha adoptado una resolución por la que crea una Relatoría Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La resolución fue adoptada por consenso y contó con un amplio respaldo, habiendo sido copatrocinada por más de 75 países de todo el mundo.

Jue, 29/09/2011

Morazán, El Salvador. Monumento a las víctimas de la masacre de El Mozote y sitios aledaños. "Ellos no han muerto, están con nosotros, con ustedes, con la humanidad entera".Washington, D.C., 29 de septiembre del 2011- El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) recibe con satisfacción el anuncio de que, el día de hoy, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha adoptado una resolución por la que crea una Relatoría Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La resolución fue adoptada por consenso y contó con un amplio respaldo, habiendo sido copatrocinada por más de 75 países de todo el mundo.

CEJIL destaca particularmente el propósito expreso de coordinación entre la relatoría y los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Esta cooperación podría traducirse en un mejor cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

La relatoría tiene un gran reto para impulsar la tarea de que los Estados avancen tanto en la derogación de figuras que garantizan la impunidad, como en propuestas de políticas públicas y leyes que garanticen el derecho a la reparación por violaciones a los derechos humanos.

CEJIL considera que el trabajo de este nuevo mecanismo debería retomar estudios elaborados por las Naciones Unidas en materia de amnistías e impunidad. Su trabajo también podría encontrar una tarea muy importante en defender el derecho de interponer recursos y obtener reparaciones por parte de víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario.

La persona que estará a cargo de la relatoría tendrá un mandato de tres años y deberá reportar anualmente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Entre algunas de las labores de la Relatoría destacan: a) la prestación de asistencia técnica; b) la sistematización y estudio de información sobre las situaciones nacionales, en particular sobre el marco normativo, las prácticas y experiencias nacionales, tales como las comisiones de verdad y reconciliación y otros mecanismos; c) la identificación, intercambio y promoción de las buenas prácticas y las enseñanzas obtenidas, así como identificar posibles elementos adicionales con miras a recomendar medios de mejorar y reforzar la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición; y d) formulación de recomendaciones sobre, entre otras cosas, medidas judiciales y no judiciales al elaborar y aplicar estrategias, políticas y medidas para hacer frente a las violaciones manifiestas de los derechos humanos y a las violaciones graves del derecho internacional humanitario.

De manera particularmente relevante se señala que parte del mandato de la nueva relatoría será la realización de “un estudio sobre los medios de abordar las cuestiones inherentes al mandato” que retome información de distintas fuentes. Se aclara que la relatoría deberá “trabajar en estrecha coordinación, evitando las duplicaciones innecesarias, con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, con otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y con otros actores pertinentes”.

“Sin lugar a dudas, esta decisión contribuye a hacer realidad los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de millones de víctimas de graves violaciones de derechos humanos y sobrevivientes en el mundo entero”, sostuvo Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del CEJIL.

Krsticevic agregó que, dada la dimensión del problema, es muy importante para la legitimidad y la eficacia del mecanismo que la resolución de creación haya tenido un amplio respaldo.

“Esperamos que el trabajo de la nueva relatoría permita dar un salto cualitativo en el abordaje de esta temática en varios países de América Latina –como Brasil, Uruguay, Guatemala, El Salvador, Panamá, Colombia y México, entre otras naciones– que aún precisan avanzar significativamente en la garantía de estos derechos fundamentales y en la lucha contra la impunidad”, concluyó.

CEJIL condena las amenazas contra la prensa que siguen en el continente americano

Día Mundial de la Libertad de Prensa

Washington, DC y San José- 3 de mayo de 2011. En el Día Mundial de la Libertad de Prensa, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa su preocupación por la censura e inseguridad que enfrentan muchos comunicadores al ejercer su labor en las Américas. En los últimos meses, CEJIL ha conocido numerosos casos en los cuales la libertad de expresión ha sido gravemente amenazada.

Mar, 03/05/2011

Washington, DC y San José- 3 de mayo de 2011. En el Día Mundial de la Libertad de Prensa, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa su preocupación por la censura e inseguridad que enfrentan muchos comunicadores al ejercer su labor en las Américas. En los últimos meses, CEJIL ha conocido numerosos casos en los cuales la libertad de expresión ha sido gravemente amenazada.

Uno de los fenómenos más preocupantes es la impunidad en la que se encuentran los ataques contra periodistas en Honduras. Al menos nueve comunicadores fueron asesinados durante el 2010 en ese país, según datos de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH y la gran mayoría de estos crímenes no han sido debidamente investigados ni castigados.

Nahúm Palacios, uno de los periodistas asesinados en ese país, contaba con medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero no fueron implementadas adecuadamente por el Estado. A lo largo de 2010, la CIDH había otorgado esta medida de protección a 24 personas amenazadas en Honduras por el ejercicio de su libertad de expresión y, recientemente el 18 de abril, la Comisión ordenó esta medida para los comunicadores de la radio comunitaria La Voz de Zacate Grande debido a las agresiones, amenazas e intimidaciones que han enfrentado.

Por otra parte, CEJIL ha visto con preocupación los hostigamientos que han recibido diversos medios de comunicación y periodistas en Nicaragua. En marzo de este año, el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) solicitó ante la CIDH medidas cautelares a favor del periodista Luis Galeano. Este fue amenazado de muerte cuando se anunció que publicaría una investigación relacionada con presuntos actos de corrupción en el Consejo Superior Electoral de ese país.

En Panamá, CEJIL condenó las acciones estatales que obligaron a abandonar el país por medio de una “repatriación voluntaria” al periodista español Paco Gómez Nadal y a su pareja, Pilar Chato Carral, después de que fuerzas estatales de seguridad los detuvieran irregularmente el pasado 26 de febrero. Nadal es defensor de los derechos de los pueblos indígenas y era columnista del diario local La Prensa, desde donde lanzaba fuertes críticas contra el Gobierno.

Asimismo, en diciembre de 2010, Carlos Correa, Director Ejecutivo de la ONG Espacio Público y defensor de la libertad de expresión en Venezuela fue agredido físicamente cuando se dirigía hacia la Asamblea Nacional para presentar su posición frente a posibles reformas que limitarían la libertad de expresión y opinión en ese país.

CEJIL condena estos hechos, que representan sólo una muestra de las diversas violaciones a la libertad de expresión que sufren los profesionales en el continente e urge a los Estados para que respeten la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, de la cual son signatarios.

Más información:

Constataciones de la misión internacional sobre la situación de los derechos humanos en Honduras en julio de 2009.

Testimonio de CEJIL ante el Congreso de Estados Unidos sobre las agresiones a periodistas en Honduras el 16 de junio de 2010.

Expulsión de periodista vulnera libertad de expresión en Panamá

Comunicador español ha sido crítico del gobierno

San José, 1.° de marzo del 2011. La reciente resolución que ordena el retorno a su país del periodista español Paco Gómez Nadal representa una violación a sus garantías individuales y es una muestra de irrespeto del Estado de Panamá hacia la libre expresión y el trabajo de los defensores de los derechos humanos.

Mié, 02/03/2011

San José, 2 de marzo del 2011. CEJIL lamenta la actuación de las autoridades panameñas, las cuales expulsaron al periodista español Paco Gómez Nadal y a su compañera Pilar Chato Carral el lunes pasado después de su detención irregular el sábado 26 de febrero.

Aquel día, el periodista grababa el desalojo de un grupo de indígenas ngobe que se manifestaba en la Plaza 5 de Mayo, en Ciudad de Panamá, contra la reforma al Código Minero aprobada recientemente. El comunicador y defensor de derechos humanos realizaba esta labor como miembro de la organización internacional Human Rights Everywhere. Gómez Nadal también es columnista del diario La Prensa, desde donde ha criticado frecuentemente al gobierno.

La dirección del Servicio Nacional de Migración (SNM) ordenó la detención y, posteriormente, la “repatriación voluntaria” de ambos ciudadanos españoles. No obstante, CEJIL observa con preocupación que ambas decisiones carecen de motivación.

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que las decisiones que puedan afectar derechos humanos –como el derecho a la libertad personal– deben estar siempre debidamente fundamentadas. De lo contrario, el tribunal considera arbitrarias estas resoluciones. La vulneración de este criterio emitido por la Corte IDH resulta especialmente grave en el caso de Gómez Nadal y Chato Carral, pues han transcurrido menos de 3 meses desde que Panamá fue condenada por este tribunal por arbitrariedades similares cometidas por las autoridades de migración.

Asimismo, las resoluciones dictadas contra los españoles son contradictorias e inconsistentes. La dirección del SNM ordenó la detención de Gómez Nadal aunque en la misma resolución se establece que él contaba con expediente de trámite de visa y posterior permanencia definitiva en Panamá. Igualmente, pese a que su estatus legal en el país había sido establecido, se le aplicó la figura de la “repatriación voluntaria” –prevista únicamente para migrantes en situación irregular– y además se le sancionó con dos años de impedimento de entrada a Panamá.

CEJIL considera que las actuaciones del Estado panameño en este caso constituyen violaciones a la libertad de expresión que estuvieron destinadas a acallar una voz disidente y a debilitar los movimientos que reclaman derechos frente al Estado panameño. Cabe recordar que, el 4 de julio del 2010, funcionarios del SNM ya habían intentado infructuosamente expulsar a Gómez Nadal de Panamá.

Este tipo de actuaciones, además de tener un efecto directo sobre las víctimas, puede generar temor y obligar a otras personas a abstenerse de manifestar sus opiniones y hacer reclamaciones.

CEJIL solicita al Estado panameño que rectifique sus actuaciones, que investigue las violaciones sufridas por Paco Gómez Nadal y Pilar Chato Carral y que sancione a los funcionarios responsables. Finalmente le instamos a que reconozca la importancia de la labor de los defensores de derechos humanos y se comprometa a crear condiciones adecuadas para que el derecho a la libertad de expresión sea ejercido sin restricciones indebidas.

Sentencia del caso Vélez Loor sienta un precedente para la protección de los derechos de personas migrantes en el continente

Decisión histórica

San José, martes 14 de diciembre del 2011. El viernes pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó a CEJIL –en su calidad de representante del ciudadano ecuatoriano Jesús Tranquilino Vélez Loor– una sentencia histórica en la que se pronuncia por primera vez en un caso contencioso acerca de los derechos de las personas migrantes en las Américas.

Mar, 14/12/2010

San José, martes 14 de diciembre del 2011. El viernes pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó a CEJIL –en su calidad de representante del ciudadano ecuatoriano Jesús Tranquilino Vélez Loor– una sentencia histórica en la que se pronuncia por primera vez en un caso contencioso acerca de los derechos de las personas migrantes en las Américas.

El señor Vélez Loor vivió una pesadilla que duró diez meses por el simple hecho de haber ingresado de manera irregular en Panamá. Luego de ser detenido por las autoridades de migración, fue sancionado a dos años de prisión sin tener acceso a un defensor ni a su consulado. Estuvo recluido en dos de las cárceles con peores condiciones del país (La Palma y La Joyita), donde convivió con personas procesadas y condenadas por distintos delitos, sufrió torturas y vivió en condiciones infrahumanas, hechos que nunca fueron investigados eficazmente.

El fallo de la Corte desarrolló algunas medidas que los Estados deben adoptar para garantizar los derechos a la libertad, al debido proceso y al acceso a la justicia de las personas migrantes. Asimismo, estableció que la imposición de penas de prisión para castigar la migración irregular es incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y destaca que “la detención de personas por incumplimiento de las leyes migratorias nunca debe ser con fines punitivos”.

Al señalar que las detenciones de personas migrantes –quienes se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad– deben ser excepcionales, la Corte establece que “serán arbitrarias las políticas migratorias cuyo eje central es la detención obligatoria de los migrantes irregulares, sin que las autoridades competentes verifiquen en cada caso en particular, y mediante una evaluación individualizada, la posibilidad de utilizar medidas menos restrictivas que sean efectivas”.

En las situaciones en las que la privación de libertad se justifique, ésta debe ser revisada por un juez y se debe garantizar el derecho a cuestionarla mediante un recurso judicial adecuado y efectivo.

La Corte resolvió que ninguna de estas garantías fue respetada en el caso del señor Vélez Loor. Tampoco se le garantizó la asistencia de un abogado para la defensa de sus derechos. De acuerdo con la Corte, esta garantía es de particular importancia en el caso de una persona extranjera “que puede no conocer el sistema legal del país y que se encuentra en una situación de agravada vulnerabilidad al encontrarse privada de libertad”. De igual manera, resolvió que “el derecho de un detenido extranjero a solicitar la ayuda del consulado de su país ha sido considerado como un componente de las ‘garantías mínimas para brindar a los extranjeros la oportunidad de preparar adecuadamente su defensa’.”

Asimismo, la Corte se pronunció sobre las pésimas condiciones de detención en las prisiones panameñas, así como sobre la importancia de que se garantice la presencia de médicos independientes y se haga un monitoreo de los centros penitenciarios. En este sentido, el alto Tribunal determinó que se violó la integridad personal del señor Vélez Loor por su estadía en tales cárceles.

Finalmente, la Corte Interamericana estableció como reparaciones las siguientes: avanzar en la investigación de las alegaciones de tortura, el pago de una indemnización al señor Vélez Loor, la publicación de la sentencia tanto en el Diario Oficial como en un sitio web oficial en Panamá, el pago del apoyo médico y psicológico la víctima, el establecimiento de programas de capacitación sobre la obligación de investigar de oficio las alegaciones de tortura y la adopción de medidas necesarias para “disponer de establecimientos con capacidad suficiente para alojar a las personas cuya detención es necesaria y proporcionada en el caso en concreto por cuestiones migratorias”.

La sentencia en cuestión es un avance en el establecimiento de estándares de respeto y protección de las personas migrantes en el hemisferio. Por ello, CEJIL insta al Estado panameño a cumplir adecuadamente con las medidas de reparación ordenadas por la Corte Interamericana a la mayor brevedad posible, para evitar la repetición de hechos como aquellos a los que se refiere este caso.

Caso Vélez Loor Vs. Panamá ante la Corte IDH

Mié, 25/08/2010 - 09:00 - Jue, 26/08/2010 - 09:00
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José, Costa Rica

Caso Vélez Loor vs. Panamá: primer caso contencioso sobre inmigrantes en el continente

Discriminación y criminalización de la migración latinoamericana

Los días 25 y 26 de agosto de 2010, la Corte Interamericana de Derechos Humanos va a conocer del caso de Jesús Tranquilino Vélez Loor.

Lea a continuación la hoja informativa del caso.

Vie, 13/08/2010

 

Los días 25 y 26 de agosto de 2010, la Corte Interamericana de Derechos Humanos va a conocer del caso de Jesús Tranquilino Vélez Loor.

El señor Vélez Loor, de nacionalidad ecuatoriana, fue arrestado por la policía panameña el 11 de noviembre de 2002 en la provincia fronteriza de Darién por ingresar de forma ilegal al país, y luego fue puesto a disposición de las autoridades de migración. Posteriormente, como resultado de un proceso del que ni siquiera tuvo conocimiento, sin poder defenderse ni ser informado sobre la posibilidad de recibir asistencia del consulado de su país, fue condenado a dos años de prisión por haber infringido la legislación migratoria en reiteradas ocasiones.

Jesús Vélez Loor estuvo privado de libertad durante 10 meses para luego ser deportado, gracias a las gestiones del Consulado ecuatoriano al que finalmente logró contactar a través de un teléfono clandestino dentro de la prisión. Durante dicho periodo fue recluido en centros penitenciarios donde vivió en condiciones que contravienen los estándares mínimos en la materia y fue sometido a torturas.

El señor Vélez Loor no tuvo acceso a recursos que le permitieran denunciar los abusos cometidos en su contra por las autoridades panameñas, ni remediar en modo alguno su situación mientras estuvo en Panamá. No fue sino hasta que llegó a Ecuador que pudo interponer una queja en la Embajada de Panamá por las graves violaciones sufridas. Sin embargo, las denuncias de tortura interpuestas por Jesús Vélez Loor nunca han sido investigadas de forma seria y diligente hasta la fecha.

Las violaciones cometidas en perjuicio del señor Vélez Loor se enmarcan dentro de un contexto generalizado de discriminación y criminalización de la migración, como un intento fallido de procurar la disminución de los flujos migratorios, en particular aquellos irregulares. Además, por ser una persona privada de libertad y migrante, tuvo que enfrentar una doble situación de vulnerabilidad.

Este caso refleja la triste realidad de los migrantes latinoamericanos. Criminalizados por el simple hecho de ser indocumentados, detenidos ilegalmente, o deportados de forma inmediata y forzada sin tener la posibilidad de defenderse.

Siete años después de su Opinión Consultiva sobre la Condición Jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados, este caso brinda a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una oportunidad histórica de concretar los principios que estableció en el año 2003. Es necesario que este Alto Tribunal se pronuncie, a través del caso del señor Vélez Loor, sobre los límites a las políticas migratorias, a fin de que todos los Estados del continente garanticen el respeto de los derechos humanos de forma igualitaria y sin discriminación alguna.

En este contexto, CEJIL hace un llamado a los miembros de la sociedad civil, organizaciones de derechos humanos y académicos para que dirijan cartas de apoyo al caso al Dr. Diego García Sayán, Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por correo electrónico (corteidh@corteidh.or.cr) o al fax (+506 2234 0584) expresenado la oportunidad única que tiene el Tribunal de profundizar su jurisprudencia relativa a los derechos de las personas migrantes de América Latina.

 

De igual manera, en caso de necesitar información adicional, pueden escribir a mesoamerica@cejil.org.

 

CEJIL exige al Estado panameño respeto para los defensores ambientales

Represión de protestas en Panamá

CEJIL y otras organizaciones expresan en una carta abierta su profunda preocupación por las recientes denuncias de hostigamientos, detenciones arbitrarias y uso excesivo de la fuerza por parte de la policía nacional en Panamá hacia los defensores ambientales y de derechos humanos respecto de las protestas sobre la Ley 30 de 2010 (conocida como “Ley Chorizo”).

Lea aquí la carta abierta.

Mar, 20/07/2010

CEJIL y otras organizaciones expresan en una carta abierta su profunda preocupación por las recientes denuncias de hostigamientos, detenciones arbitrarias y uso excesivo de la fuerza por parte de la policía nacional en Panamá hacia los defensores ambientales y de derechos humanos respecto de las protestas sobre la Ley 30 de 2010 (conocida como “Ley Chorizo”).

 

Lea aquí la carta abierta.

 

Coautores de la carta:

Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, A. C.

Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD)

Asociación Nacional de Centros (ANC)

Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)

Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)

Center for Biological Diversity

Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA)

Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM)

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)

Corporación de Gestión y Derechos Ambiental ECOLEX

Foro de Mujeres del Mercosur

Grupo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas A.C.

Justicia para la Naturaleza

Justiça Global


El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.

Estado panameño pide perdón a familia de Heliodoro Portugal

Presidente Martinelli reconoce responsabilidad internacional del Estado

CEJIL expresa su satisfacción por el acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, por la desaparición forzada de Heliodoro Portugal, que encabezó el Presidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli, en el Palacio de las Garzas el pasado 27 de mayo.

Mié, 02/06/2010

CEJIL expresa su satisfacción por el acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, por la desaparición forzada de Heliodoro Portugal, que encabezó el Presidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli, en el Palacio de las Garzas el pasado 27 de mayo.
 
En el acto, transmitido en vivo por cadena nacional de televisión, el Presidente Martinelli pidió perdón por las violaciones cometidas en perjuicio de Heliodoro Portugal, y de las demás víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar (1968-1989). En el reconocimiento participaron además de Ministros de Estado, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General de la Nación y la Primera Dama de la República.
 
De manera oficial, y después de 40 años de lucha por parte de los familiares de la víctima desaparecida en mayo de 1970, Martinelli asumió, en representación del Estado, “la responsabilidad por la desaparición forzada de Heliodoro Portugal y de todas las víctimas del régimen militar”, precisando que este acto no debía “verse como el producto de una obligación, sino como un deber ineludible del Estado panameño”.
 
La petición de perdón se basó en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 12 de agosto de 2008, en la cual ordenaba al Estado panameño cumplir con ciertas obligaciones, entre ellas la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional “con el fin de reparar el daño causado a la víctima y a sus familiares y para evitar que hechos como los de este caso se repitan”.
 
Contrario a lo ocurrido el 6 de febrero de 2009, cuando el Estado realizó una ceremonia en la que no pidió perdón por las violaciones e impidió la participación de la familia Portugal –a la que había convocado con sólo dos días antes-, el acto del pasado 27 de mayo cumplió con el fin reparador de la medida ordenada por la Corte Interamericana.
 
La familia Portugal expresó su satisfacción por el reconocimiento de responsabilidad y la petición de perdón realizada por el Estado, y consideró que el acto contribuyó a la dignificación de la memoria de Heliodoro Portugal. “Este es el inicio de la justicia de mi padre”, dijo su hija Patria Portugal, “y no solamente de mi padre sino de todos estos crímenes de la dictadura”. “Heliodoro Portugal no se merecía menos que esto”, añadió.
 
Durante el evento, el Presidente Martinelli informó que se ha elaborado un Proyecto de Ley que contempla la tipificación del delito de desaparición forzada conforme a los estándares internacionales (otra de las medidas ordenadas por el Alto Tribunal regional y que aún se encuentra pendiente de cumplimiento), y se comprometió en que se haría justicia en este y otros casos de graves violaciones de derechos humanos cometidos durante la dictadura militar.
 
Militares panameños detuvieron al reconocido dirigente sindical, Heliodoro Portugal, el 14 de mayo de 1970. En 1999 sus restos fueron encontrados en el antiguo Cuartel Militar de Los Pumas, en Tocumen. Su hija, Patria, denunció la desaparición de su padre ante las autoridades judiciales de Panamá pero los hechos nunca fueron investigados efectivamente.
 
CEJIL, que litigó el caso en el Sistema Interamericano, valora el acto de reconocimiento realizado, especialmente porque fue realizado con respeto a la dignidad de los familiares de Heliodoro Portugal y de forma consecuente con las obligaciones del Estado panameño. Asimismo espera que el Estado adelante todas las acciones necesarias para cumplir con las medidas de reparación que siguen pendientes.
 
 
Contactos:
Alejandra Nuño anuno@cejil.org
Marcela Martino mmartino@cejil.org
Tel: (506) 2280-7473 mesoamerica@cejil.org www.cejil.org
 
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.

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