Guatemala

CEJIL celebra día histórico para la justicia guatemalteca

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) celebra la sentencia dictada por la justicia guatemalteca contra el general en retiro Efraín Ríos Montt, quien fue encontrado culpable por los delitos de genocidio y contra deberes de humanidad y fue condenado a la pena máxima de 80 años de prisión.

Esta sentencia constituye un triunfo paradigmático en el continente y es un primer paso y una oportunidad única para garantizar el derecho de las víctimas para obtener justicia, verdad y reparación.

Vie, 10/05/2013

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) celebra la sentencia dictada por la justicia guatemalteca contra el general en retiro Efraín Ríos Montt, quien fue encontrado culpable por los delitos de genocidio y contra deberes de humanidad y fue condenado a la pena máxima de 80 años de prisión. 

Esta sentencia constituye un triunfo paradigmático en el continente y es un primer paso y una oportunidad única para garantizar el derecho de las víctimas para obtener justicia, verdad y reparación.

El ex general y jefe de inteligencia José Mauricio Rodríguez Sánchez fue absuelto de los cargos que se le imputaron, sin embargo esperamos que continúen las investigaciones que sienten las responsabilidades para todas y cada una de las partes involucradas, tal y como lo ordenó esta tarde también el Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo A de Guatemala.

Con la resolución del citado Tribunal, el país centroamericano cumple con su compromiso de garantizar justicia como signatario de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El Tribunal consiguió llevar adelante un juicio justo e imparcial pese a las evidentes estrategias dilatorias presentadas por la defensa de los imputados. Por ello es importante que los órganos jurisdiccionales que conozcan de los recursos que se interpongan, continúen actuando con imparcialidad e independencia y respeten el derecho de las víctimas a una tutela judicial efectiva.

La decisión del Tribunal tiene un significado histórico, al obtenerse una condena de un ex general a través de un juicio llevado a cabo por los tribunales del propio país.

La sentencia es consecuencia de la abnegación de víctimas, familiares y organizaciones de derechos humanos guatemaltecos por obtener justicia. CEJIL saluda y felicita a estos actores que han hecho posible este día histórico.

CEJIL afirma que no es posible concebir la paz y la democracia sin la justicia.

Más información

Sergio Pacheco S.

Comunicador

CEJIL Mesoamérica

+506 22807473 ext. 11

skype: sergiopachecosalazar

Organizaciones internacionales piden que el juicio por genocidio en Guatemala se celebre hasta el final

Cuatro organizaciones internacionales defensoras de los derechos humanos y el derecho internacional se han unido para pedir a todos los implicados en el juicio que tiene lugar en Guatemala contra el ex presidente Efraín Ríos Montt, por cargos de genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, que el juicio prosiga con el debido respeto a la independencia judicial.

Vie, 19/04/2013

New York, Washington D.C y San José, 19 de abril, 2013- Cuatro organizaciones internacionales defensoras de los derechos humanos y el derecho internacional se han unido para pedir a todos los implicados en el juicio que tiene lugar en Guatemala contra el ex presidente Efraín Ríos Montt, por cargos de genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, que el juicio prosiga con el debido respeto a la independencia judicial.

JuicioRíosMontt-SandraSebastianCCPlazaPublica

Las cuatro organizaciones son: Open Society Justice Initiative (OSJI), el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ, por sus siglas en inglés), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL, por sus siglas en inglés) y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés).

El juicio contra Ríos Mont, ex general que gobernó Guatemala entre 1982 y 1983, se inició en la Ciudad de Guatemala el 19 de marzo.

Juntamente con Mauricio Rodríguez Sánchez, su jefe de inteligencia en esos años, Ríos Montt se enfrenta a cargos de genocidio y otros delitos graves por atrocidades cometidas contra miembros de la comunidad maya ixil durante su mandato.

Las cuatro organizaciones se muestran especialmente preocupadas por la decisión tomada el jueves 18 de abril por la juez de primera instancia Carol Patricia Flores de anular los procedimientos del juicio que han tenido lugar hasta ahora, entre ellos los testimonios de más de 100 familiares y sobrevivientes de la violencia, así como testimonios de la defensa y peritos expertos.

Al anunciar su anulación, la juez Flores citó una sentencia de la Corte de Constitucionalidad con respecto a la admisibilidad de pruebas de descargo, a pesar de que el Tribunal de Alto Riesgo ya había admitido las pruebas ordenadas por la Corte de Constitucionalidad.

La Fiscal General de Guatemala, Claudia Paz y Paz Bailey, declaró que la decisión de Flores de anular los procedimientos es "ilegal".

Esta mañana, viernes 19 de abril, la juez que preside el juicio contra Ríos Montt, Yassmín Barrios, también ha rechazado la orden de anular los procedimientos por considerarla ilegal. Aún así, ha decidido suspender el proceso a la espera de que la Corte de Constitucionalidad se pronuncie sobre la legalidad de la sentencia de anulación.

Paul Seils, vicepresidente del ICTJ, dijo: "La decisión de la juez Barrios es una respuesta valiente y legalmente correcta a este evidente intento de sabotear la legítima exigencia de justicia de las víctimas de crímenes terribles. La Corte de Constitucionalidad debe pronunciarse sin dilación sobre la legalidad de la orden de anular el juicio, y permitir que este histórico juicio concluya como debe ser".

Justice Initiative, el ICTJ y el CEJIL también expresan su preocupación por el apoyo público expresado por el actual presidente, Otto Pérez Molina, a un comunicado firmado por varios líderes políticos y ex funcionarios del gobierno en el que se defendía que si en el juicio finalmente se sentenciaba que sí hubo genocidio, el proceso de paz en Guatemala estaría en peligro.

James A. Goldston, director ejecutivo de Justice Initiative, dijo: "Es imperativo, tanto para el Estado de derecho en Guatemala como para una reconciliación duradera, que el proceso legal continúe sin presiones externas inapropiadas. Al enfrentar su historia, Guatemala se unirá a otros países del mundo que han buscado justicia y rendición de cuentas por los más graves crímenes contra la humanidad".

Viviana Krsticevic, directora del CEJIL, añadió: "Las investigaciones y los procesos judiciales juegan un papel clave en ayudar a las sociedades a enfrentar los abusos históricos de derechos humanos. Este proceso solo puede fortalecer el Estado de derecho en Guatemala".

El juicio contra Ríos Montt es el primer proceso judicial por el crimen de genocidio que se lleva a cabo contra un ex jefe de Estado en tribunales nacionales.

Más información disponible en www.riosmontt-trial.org . Este sitio es administrado por el Open Society Justice Initiative (OSJI), en colaboración con el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), el Archivo de Seguridad Nacional (NSA), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Plaza Pública.

Foto Sandra Sebatian CC Plaza Pública.

Carta abierta al Presidente de Guatemala tras amenazas y atentados contra peritos del caso Masacre de Las Dos Erres

Hechos de hostigamiento han ocurrido tras condena de cuatro ex militares

San José, 11 de agosto del 2011- CEJIL expresa su preocupación por el grave riesgo en que se encuentran los miembros de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG). Ellos han sido amenazados y han sido víctimas de amenazas tras el fallo condenatorio contra cuatro ex militares en el caso de la masacre de Las Dos Erres.

Jue, 11/08/2011

San José, Costa Rica, 11 de agosto de 2011.

Señor
Ingeniero Álvaro Colom
Presidente de la República de Guatemala
Su despacho

Señor Presidente de la República:

Reciba un respetuoso saludo del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro que defiende y promueve los derechos humanos en el continente americano mediante el uso estratégico de las herramientas que ofrece el Derecho internacional de los derechos humanos.
En esta ocasión nos dirigimos a Usted, para expresarle nuestra preocupación por la grave situación de riesgo en que se encuentran la integridad y la vida de los miembros de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG).
Como es de su conocimiento, la FAFG realiza investigaciones antropológico forenses objetivas e imparciales de muertes sospechosas (individuales o masivas) utilizando la arqueología y antropología física y social. A través de su labor, la Fundación apoya a comunidades y a familiares de víctimas a que recuperen los restos de sus familiares para darles una sepultura digna y según sus costumbres. Asimismo, contribuye al fortalecimiento del sistema de justicia y al respeto de los derechos humanos a través de la investigación, documentación y divulgación de hechos históricos de violaciones al derecho a la integridad y la vida en casos de muerte no esclarecidos.
En razón de esta labor, los miembros de la Fundación han sido víctimas de acciones de intimidación durante años. Dichas acciones se agravaron a partir del año 2002, lo que ameritó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptara a su favor medidas cautelares, solicitándole al Estado de Guatemala que tomara todas las medidas que fueran necesarias para garantizar su vida e integridad.
A pesar de la vigencia de las referidas medidas cautelares, los actos de amenazas e intimidación continuaron. Ello provocó la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que mediante resolución de su Presidente resolvió, el 21 de abril de 2006, otorgar medidas provisionales a favor de la FAFG y sus miembros[1], las cuales fueron ratificadas por el pleno mediante decisión de 4 de julio de 2006[2] y se mantienen hasta la actualidad[3].
Estas medidas son de obligatorio acatamiento para Guatemala, toda vez que el Estado ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos desde el 25 de mayo de 1978 y luego reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 9 de marzo de 1987.
Según se ha hecho público, en días recientes se han registrado nuevos actos de intimidación contra miembros de la FAFG, específicamente algunos de los peritos que han participado en el proceso judicial seguido contra cuatro ex militares responsables de la masacre de Las Dos Erres, cuya sentencia fue dictada el pasado 2 de agosto. Esta sentencia histórica implica un importante avance en la búsqueda de justicia en dicho caso, pero además constituye un poderoso mensaje de que es posible superar la impunidad en la que durante décadas han permanecido gravísimas violaciones a derechos humanos.
En consecuencia, estos ataques no sólo ponen en riesgo la vida y la integridad de los miembros de la FAFG, sino que también obstaculizan el trabajo que realiza la Fundación y el sistema de administración de justicia en su conjunto.
Cabe recordar igualmente, que en la sentencia emitida en diciembre de 2009 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la masacre de Las Dos Erres el tribunal interamericano ordenó al Estado guatemalteco asegurar “que las personas que participen en la investigación, entre ellas víctimas, testigos y operadores de justicia, cuenten con las debidas garantías de seguridad”[4].
En razón de lo anterior, y considerando que existe una obligación internacional del Estado guatemalteco de proteger a los miembros de la Fundación, le solicitamos la interposición de sus buenos oficios para garantizar la seguridad personal de todos los integrantes de la Fundación, la continuidad de su labor y sobre todo la investigación real y efectiva los hechos intimidatorios en su contra.
Por la existencia de una medida de reparación expresa en la mencionada sentencia, así como la vigencia de medidas provisionales emanadas de un órgano internacional de protección de los derechos humanos, como lo es la Corte Interamericana, el Estado guatemalteco sería responsable internacionalmente por lo que pueda ocurrirle a los miembros de la FAFG.
En igual sentido, le instamos a garantizar que se adopten todas las acciones necesarias para asegurar la integridad y la vida de todas aquellas personas involucradas en el esclarecimiento de lo ocurrido y la determinación de las responsabilidades por la masacre de Las Dos Erres, particularmente a los y las integrantes de la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA) que actúan como querellantes adhesivos en el proceso y sus abogados.
Confiamos en que el Estado de Guatemala reaccionará decididamente, honrando así los compromisos adoptados en materia de derechos humanos ante la comunidad internacional.
Aprovechamos la ocasión para expresarle nuestra más alta consideración y estima.

Atentamente,

Viviana Krsticevic
Directora Ejecutiva

c.c. Claudia Paz y Paz, Fiscal General de la República.
c.c. Carlos Menocal, Ministro de Gobernación.
c.c. Ruth Del Valle, Presidenta de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos.
c.c. Pablo Saavedra, Secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Carta_Publica_Presidente_Colom_-_Amenazas_caso_masacre_de_Las_Dos_Erres.pdf

[1] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala. Resolución del Presidente de la Corte de 21 de abril de 2006, Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/antropo_se_021.pdf
[2] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala, Resolución de 4 de julio de 2006. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/antropo_se_02.pdf
[3] Corte IDH. Asunto de la Fundación de Antropología Forense respecto Guatemala, Resolución de 22 de febrero de 2011.
[4] Corte IDH. Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr 233.

La Corte de Constitucionalidad de Guatemala avala la impunidad de graves violaciones de derechos humanos

Ante el reiterado incumplimiento de este órgano, CEJIL ha solicitado la intervención de la Corte IDH

San José, 14 de febrero del 2011. El día de ayer se difundió en la prensa guatemalteca la nueva concesión de un amparo provisional a favor del coronel Julio Alberto Alpírez, uno de los imputados en la desaparición forzada de Efraín Bámaca Velásquez. Esta nueva decisión por parte de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala (CC) se suma a las diversas resoluciones emitidas por ese tribunal que violan normas de derechos humanos y resoluciones dadas por la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos.

Lun, 14/02/2011

 

San José, 14 de febrero de 2011. El día de ayer se difundió en la prensa guatemalteca la nueva concesión de un amparo provisional a favor del coronel Julio Alberto Alpírez, uno de los imputados en la desaparición forzada de Efraín Bámaca Velásquez. Esta nueva decisión por parte de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala (CC) se suma a las diversas resoluciones emitidas por ese tribunal que violan normas de derechos humanos y resoluciones dadas por la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos.

La decisión de la CC se basa en un amparo cuyo contenido no fue conocido por la Sra. Jennifer Harbury –viuda de Efraín Bámaca- y sus representantes legales, desafiando la resolución de la Corte IDH sobre la importancia de dar participación a las víctimas en los procesos internos. Precisamente el 18 de enero pasado, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala emitió una sentencia en la que se acata la resolución de supervisión de cumplimiento de la Corte IDH dictada el 18 de noviembre de 2010. Dicha decisión resolvió anular el sobreseimiento dictado en 1999 a favor de varios de los presuntos responsables de los hechos del caso y ordenó el inicio de un nuevo proceso en el que se esclarezca lo ocurrido y se sancione a los responsables. El fallo de la Cámara Penal es congruente con la jurisprudencia constante de la Corte IDH y constituía un importante paso para reconducir el proceso interno, lo cual ha sido revertido con la decisión de la CC que suspende nuevamente el proceso.

Hasta el momento, la Corte IDH ha establecido la responsabilidad internacional del Estado de Guatemala por la violación de derechos humanos en catorce casos, convirtiéndose éste en el segundo con más condenas en el continente, después de Perú. La Corte IDH, al igual que otros órganos internacionales, ha destacado el grave problema de impunidad imperante en el país y entre otros aspectos, ha ordenado distintas medidas dirigidas a evitar que se repitan los hechos constitutivos de las violaciones declaradas, así como otras medidas de derecho interno orientadas a impulsar las modificaciones necesarias para adecuar el derecho interno a las normas de la Convención Americana. Dado el incumplimiento de tales resoluciones, CEJIL ha solicitado a la Corte Interamericana la concesión excepcional de una audiencia conjunta de supervisión de sentencias para debatir exclusivamente el avance en la justicia de los casos.

Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL señaló que “el mensaje que ha dado la Corte de Constitucionalidad a los miembros del Poder Judicial guatemalteco es sumamente preocupante. La CC no puede ni debe avalar la impunidad. Sus integrantes deben rendir cuentas a la sociedad guatemalteca y a la comunidad internacional sobre la forma en la que administran justicia en un país que necesita desesperadamente que sus instituciones cumplan con el mandato que les ha sido conferido. En este sentido consideramos fundamental que la CC revierta su posición, permitiendo una investigación diligente en casos de graves violaciones de derechos humanos de acuerdo con sus obligaciones internacionales”.

CEJIL hace un llamado a los integrantes del poder judicial de Guatemala para que no solo velen por el adecuado cumplimiento del ordenamiento guatemalteco, sino también por que las obligaciones internacionales en materia de la debida diligencia en la investigación de graves violaciones derechos humanos sean implementadas de manera efectiva, garantizando el derecho de las víctimas y de la sociedad en su conjunto a la verdad y la justicia.

En este sentido, CEJIL exhorta a los integrantes del poder judicial guatemalteco a que, en el marco del debido proceso, y en concordancia con lo determinado por la Corte IDH, adopte las medidas conducentes para remover cualquier práctica, norma o institución procesal que pueda afectar la investigación o sanción de graves violaciones a derechos humanos, resguardando de ese modo los derechos de las víctimas.

Contacto de prensa

Darío Chinchilla

Difusión y Prensa de CEJIL

Tels.: + (506) 2280-7473/7608

Celular: + (506) 8354 -1361

Fax: + (506) 2280-5280

dchinchilla@cejil.org

www.cejil.org

Sentencias y resoluciones dictadas por la Corte IDH en el caso Bámaca Velásquez

Sentencia de fondo:

http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_70_esp.pdf

Sentencia de reparación

http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_91_esp.pdf

Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 27 de enero de 2009

http://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/bamaca_se_10.pdf

Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 18 de noviembre de 2010:

http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/bamaca_18_11_10.pdf

Evento sobre Derechos Humanos en Guatemala, en Washington DC

RSVP a Olivia Layug olayug@law.berkley.edu o (510) 643-0231

Mar, 21/05/2013 - 13:30 - 17:00
Open Society Foundations - 1730 Pennsylvania Ave. NW, 7th Floor
Washington DC

Evento sobre Derechos Humanos en Guatemala

Panel en Washington

 

Cuándo? Martes 21 de mayo, 2013 de 1:30 pm a 5:00 pm

Dónde? Open Society Foundations - 1730 Pennsylvania Avenue NW, 7th Floor

RSVP a Olivia Layug  olayug@law.berkeley.edu o (510) 643 0231

Consulten el folleto aquí

 



Vie, 03/05/2013

Decenas de organizaciones y juristas respaldan proceso judicial contra Ríos Montt y Rodríguez Sánchez

Guatemala

Decenas de organizaciones y juristas de todo el continente suscribieron esta mañana una misiva en la que aseguran que en Guatemala se está cumpliendo con los estándares internacionales, en el juicio por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, que tiene como imputados a los ex generales José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez.

“El Tribunal guatemalteco está respetando el derecho de defensa y el debido proceso”, sostiene la carta, en una alusión directa a los múltiples recursos de amparo que han interpuesto los representantes legales de Ríos Montt y Rodríguez Sánchez, con la clara finalidad de entorpecer el proceso judicial.

¡Informá a tus amigos y amigas!

Lee la carta completa.

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Mar, 16/04/2013

En el proceso seguido por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad

TRIBUNAL GUATEMALTECO ESTÁ RESPETANDO EL DERECHO DE DEFENSA Y EL DEBIDO PROCESO A EX GENERALES IMPUTADOS

Han transcurrido cuatro semanas desde que inició el histórico juicio en contra de los generales en retiro José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez por su participación en la comisión de los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad en perjuicio de la población maya ixil.JuicioRíosMont- SandraSebastián- CCPlazaPública

Desde los inicios del proceso, la defensa del imputado Ríos Montt ha alegado violaciones del derecho de defensa y del debido proceso, en especial, en virtud de la decisión del Tribunal A de Mayor Riesgo de retirar al abogado Francisco García Gudiel de la defensa del General Ríos Montt y nombrarle como defensor de oficio al abogado César Calderón, quien también actúa como defensor del imputado Rodríguez Sánchez.

El Gen. Ríos Montt había contado con un equipo de abogados que lo representaba hasta la apertura de la audiencia pública cuando nombra a Licenciado García Gudiel para que lo represente.

Ahora bien, la decisión del Tribunal A de Mayor Riesgo, de retirar de la defensa al recién nombrado abogado García Gudiel, ocurre ante las prácticas dilatorias que dicho abogado intentó implementar para obstaculizar el curso normal del proceso, entre ellas solicitar la recusación de la Presidenta del Tribunal por tener “enemistad” con él. Por lo cual, el Tribunal designó al abogado Calderón, aplicando la legislación guatemalteca, y pese a su negativa. Ante esta situación, el imputado decidió nombrar nuevamente a los abogados de confianza que le habían acompañado desde el inicio del proceso, quienes se presentaron al día siguiente y continuaron ejerciendo su representación.

No obstante la solución allegada, la defensa interpuso recursos de amparo ante la Corte de Constitucionalidad por esta y otras decisiones, alegando la violación al derecho de defensa y el debido proceso, quedando estos recursos pendientes de resolución.

Ante este panorama, los abajo firmantes (juristas y organizaciones de derechos humanos), externamos a continuación una opinión técnica basada en los estándares internacionales en la materia:

1. Sobre el uso abusivo de la figura del amparo:

Si bien la figura del amparo es legítima para tutelar los derechos humanos, en la práctica en los procesos penales seguidos por graves violaciones de derechos humanos en Guatemala, se ha utilizado por la defensa no para garantizar derechos sino para obstaculizar el proceso mismo e impedir su culminación. Ya para el año 2003, al conocer el caso Myrna Mack vs. Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se refirió al uso abusivo de la figura del amparo en Guatemala (párrs. 204, 206, 207, 208). En aquella ocasión, la Corte señaló la responsabilidad del Estado por haber permitido a la defensa promover una serie “de articulaciones y recursos (pedidos de amparo, inconstitucionalidad, recusaciones, incidentes, incompetencias, nulidades, pedidos de acogerse a la Ley de Reconciliación Nacional, entre otros)”, los cuales impidieron que el proceso pudiera avanzar hasta su culminación natural (párr. 208).

Posteriormente, en el año 2009, la Corte trató este tema nuevamente al emitir su sentencia en la Masacre de las Dos Erres vs. Guatemala, y reiteró que el amparo había sido utilizado en el país como una práctica dilatoria en el proceso penal, lo cual fue aceptado por el propio Estado guatemalteco en dicha oportunidad (párr. 106).

Para la Corte, esta práctica se origina en las disposiciones que “regulan el recurso de amparo, la falta de debida diligencia y la tolerancia por parte de los tribunales al momento de tramitarlo, así como la falta de tutela judicial efectiva” (párr. 120) De hecho, en esta sentencia, la Corte ordena al Estado adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para regular la Ley de Amparo, a fin de adecuar este recurso a su verdadero objeto y fin, de conformidad con los estándares interamericanos de protección de los derechos humanos.

En el proceso que se sigue actualmente, se observa con preocupación que se sigue utilizando esta figura de una manera excesiva y con fines meramente dilatorios.

2. Sobre la obligación de los jueces de vigilar la convencionalidad del proceso penal:

La Corte IDH se ha referido a la obligación de los jueces de ejercer un adecuado control de convencionalidad. Esto significa que “cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, sus jueces también están sometidos a ella, lo que les obliga a velar porque el efecto útil de la Convención no se vea mermado o anulado por la aplicación de leyes contrarias a sus disposiciones, objeto y fin” (Caso Aguado Alfaro y otros vs. Perú, párr. 128).

Respecto del uso prácticas dilatorias en procesos por graves violaciones de derechos humanos, el Tribunal Interamericano ha señalado que el derecho a la tutela judicial efectiva exige a los jueces que dirijan el proceso de manera que se eviten dilaciones y entorpecimientos indebidos, que conduzcan a la impunidad, frustrando así la debida protección judicial de los derechos humanos (Caso Bulacio vs. Argentina, párr. 115).

Según el Alto Tribunal Interamericano, si las autoridades permiten y toleran el uso abusivo y dilatorio de los recursos judiciales, los transforman en un medio para que los que cometen un ilícito penal dilaten y entorpezcan el proceso judicial, lo cual conduce a la violación de la obligación internacional del Estado de prevenir y proteger los derechos humanos y menoscaba el derecho de la víctima y de sus familiares a saber la verdad de lo sucedido, a que se identifique y se sancione a todos los responsables y a obtener las consecuentes reparaciones. (Caso Myrna Mack vs. Guatemala, párr. 209, 210).

En efecto, el derecho de las víctimas a saber la verdad es tan relevante que el mismo tribunal ha destacado que ante “eventuales tensiones entre el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y las garantías judiciales del imputado, existe una prevalencia prima facie de los derechos de las víctimas en casos de graves violaciones de derechos humanos y más aún cuando existe un contexto de impunidad (Bámaca Velásquez, resolución de supervisión de cumplimiento de 18 de noviembre de 2010, párr. 50).

Considerando lo expuesto, al observar el desarrollo del juicio oral, consideramos que el Tribunal A de Mayor Riesgo está actuando de conformidad con las obligaciones internacionales del Estado de Guatemala, ejerciendo un equilibrado control de convencionalidad, asegurando la fluidez del proceso en un tiempo razonable y eliminando las prácticas dilatorias que pudieran obstaculizar el mismo.

3. Sobre la garantía del derecho de defensa:

El derecho de defensa es una garantía que conforma el debido proceso. De acuerdo con la Corte Interamericana, para que exista “debido proceso legal” es preciso que un justiciable pueda hacer valer sus derechos y defender sus intereses en forma efectiva y en condiciones de igualdad procesal con otros justiciables (OC/16-99, párr. 117).

En el caso concreto, los imputados Ríos Montt y Rodríguez Sánchez no se encuentran en ninguna situación de desigualdad jurídica que limite el ejercicio de sus derechos, además, han participado activamente el proceso, han tenido la posibilidad de aportar prueba, de estudiar la prueba escrita que conforma el expediente, de cuestionar las diferentes actuaciones, de apelar las decisiones del Tribunal, de interrogar los testigos y peritos aportados por la parte acusadora y los querellantes, entre otras. Por tal razón, hasta el momento no se observa ningún agravio que permita sustentar una violación del derecho de defensa.

Por otra parte, la Corte Europea de Derechos Humanos también se ha referido a la facultad de los tribunales internos de nombrar defensores de oficio, si ello está en el mejor interés de la justicia, señalando que el derecho de tener un abogado de confianza no es un derecho absoluto (Pakelli v. Germany, judgment of 25 April 1983, Series A no. 64, p. 15, para. 31, Croissant v. Germany, judgment of 25 September 1992, para. 29, y Mayzit v. Russia, judgment of 20 January 2005, para. 66).

Dicha jurisprudencia rescata la importancia de contar con una defensa técnica, pero a la vez, resalta la facultad de los tribunales internos de nombrar de oficio, cuando hay una obstrucción que ha sido generada por el mismo imputado, o bien, cuando el interés de la justicia lo requiere. En tal sentido, es nuestra valoración que la actuación del Tribunal A de Mayor Riesgo, en cuanto al nombramiento de un defensor de oficio para garantizar la continuación del proceso contra los señores Ríos Montt y Rodríguez Sánchez, se encuentra ajustada a los estándares internacionales.

Con base en lo expuesto, hacemos un llamado a la comunidad internacional para que continúe observando con atención el proceso penal citado, a la vez, exhortamos respetuosamente a la justicia guatemalteca para que, en el desarrollo del presente proceso histórico, se tomen en cuenta las obligaciones internacionales en la materia y se emitan resoluciones congruentes con estas, a la vez, reiteramos la importancia de que se garantice la independencia de los jueces y en especial se brinde seguridad a todas las partes involucradas en el presente proceso.

La verdad y la justicia efectiva son fundamentales en la prevención de las atrocidades del genocidio y la mitigación de los daños ocasionados a los sobrevivientes, familiares, comunidades, pueblos y a toda la humanidad.

16 de abril de 2013.

Juristas:

Roxana Arroyo, profesora universitaria, Costa Rica

Carlos Ayala, ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y miembro de la Comisión Internacional de Juristas

Célia Bernardes, jueza federal, Brasil

Kenarik Boujikian, magistrada de apelaciones del Tribunal de Justicia de Sao Paolo, Brasil

Miguel Carbonell, profesor del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México

Alfredo Chirino Sánchez, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Costa Rica

Mario Coriolano, profesor de la Universidad Nacional de La Plata, Argentina

Ronald Gámarra, abogado de las víctimas en el proceso por violaciones de derechos humanos contra Alberto Fujimori, Perú

Tirza Flores Lanza, ex magistrada de Corte de Apelaciones, Honduras

Adán Guillermo López Lone, ex juez penal, Honduras

Antonio Maffezoli, defensor público interamericano, Brasil

Rita Maxera, profesora de la Universidad de Costa Rica

José Ricardo de Prada Solaesa, magistrado en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en Madrid, España

José Henrique Rodrigues Torres, presidente de la Asociación de Jueces para la Democracia y juez de derecho en Sao Paulo, Brasil

Naomi Roht-Arriaza, profesora del College Hastings of Law, Universidad de California, Estados Unidos

Ramón Sáez Valcárcel, magistrado en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en Madrid, España

Leo Valladares Lanza, ex miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ex Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Honduras

 

Organizaciones:

Abogados Sin Fronteras Canadá, organización internacional

Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Perú

Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos (PRO-BÚSQUEDA), El Salvador

Alianza Ciudadana Pro Justicia, Panamá

Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, México

Centro Feminista de Información y Acción (CEFEMINA), Costa Rica

Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), organización internacional

Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH)

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), organización internacional

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC), México

Comisión de Derechos Humanos de Guatemala en Estados Unidos (GHRC)

Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos en Honduras (COFADEH)

Comité de Familiares de las Víctimas de los sucesos ocurridos entre el 27 de febrero y los primeros días de marzo de 1989 (COFAVIC), Venezuela

Defensa de Niños y Niñas Internacional (DNI), Costa Rica

El Centro de Justicia y Responsabilidad (CJA), organización internacional

Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (ERIC), Honduras

Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), El Salvador

Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA), El Salvador

Instituto Promoviendo Desarrollo Social (IPRODES), Perú

Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), Nicaragua

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), organización internacional

Rights International Spain, organización internacional

 

Descargue la versión pdf de este pronunciamiento aquí.

Foto: Sandra Sebastián CC Plaza Pública.

La verdad, la justicia y la reparación deben prevalecer en el juicio por genocidio en Guatemala

Declaración de organizaciones de la sociedad civil sobre juicio a Ríos Montt

Organizaciones del continente instan a un adecuado proceso, con las debidas garantías.

El próximo 19 de marzo dará inicio en Guatemala la audiencia pública en el juicio que se sigue en contra del General en retiro Efraín Ríos Montt y de su ex director de los servicios de inteligencia militar, también General en retiro José Mauricio Rodríguez Sánchez, como presuntos autores intelectuales de genocidio y crímenes de lesa humanidad (asesinatos, desapariciones forzadas, violaciones sexuales, tortura) en contra de casi dos mil personas, la mayoría de ellas mayas Ixil. Los hechos ocurrieron desde marzo de 1982 hasta agosto de 1983, cuando Ríos Montt ocupó el poder en su país.

 

Lun, 18/03/2013

El próximo 19 de marzo dará inicio en Guatemala la audiencia pública en el juicio que se sigue en contra del General en retiro Efraín Ríos Montt y de su ex director de los servicios de inteligencia militar, también General en retiro José Mauricio Rodríguez Sánchez, como presuntos autores intelectuales de genocidio y crímenes de lesa humanidad (asesinatos, desapariciones forzadas, violaciones sexuales, tortura) en contra de casi dos mil personas, la mayoría de ellas mayas Ixil. Los hechos ocurrieron desde marzo de 1982 hasta agosto de 1983, cuando Ríos Montt ocupó el poder en su país.

En el proceso judicial, impulsado por el Ministerio Público, figuran como abogados directores de la parte querellante, la Asociación para la Justicia y la Reconciliación (AJR), los abogados del Bufete Jurídico de Derechos Humanos y del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH). Quienes además están siendo apoyados por Abogados sin fronteras Canadá, todos en condición de representantes de las víctimas. La trascendencia de este proceso –inédito en Guatemala- implica el desahogo de aproximadamente 140 testimonios de víctimas y de la comparecencia de unos 70 peritos expertos.

Tanto la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otras instancias, han documentado las atrocidades ocurridas en Guatemala durante el conflicto armado interno, y en especial, han dado cuenta de la denominada Doctrina de Seguridad Nacional impulsada particularmente a principios de la década de 1980 y mediante la cual se aplicó una política de “tierra arrasada” que buscaba acabar con el pueblo maya sospechoso de colaborar con la insurgencia.

De acuerdo con la CEH, alrededor de 626 masacres fueron ejecutadas mediante “actos de extrema crueldad” dirigidos a la eliminación de las personas o grupos de personas definidos como “enemigo interno” y destinados a “aterrorizar a la población”. La CEH concluyó además que el 91% de las violaciones registradas durante el conflicto armado se produjo entre los años 1978 y 1983, estando en el poder los generales Romeo Lucas García (1978-1982) y Efraín Ríos Montt (1982-1983).

A diferencia de lo que ha sucedido en la historia reciente en Guatemala –en donde hasta la fecha, salvo contadas excepciones, no ha sido posible obtener justicia en el ámbito interno y por lo cual se ha acudido a instancias internacionales de protección de derechos humanos-, el Estado guatemalteco tiene en este ocasión, la valiosa oportunidad de celebrar un proceso apegado a las garantías judiciales, en el que se juzgue a los acusados y sancione efectivamente a quienes se prueben como responsables de delitos tan graves como son el genocidio y los de lesa humanidad.

El esclarecimiento de los hechos, a través del debido proceso penal, así como la sanción de los responsables del genocidio y de crímenes de lesa humanidad ocurrido en Guatemala, constituye la medida idónea para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad guatemalteca en su conjunto. Además, sólo a través de la identificación, el juzgamiento y la sanción adecuada de los responsables materiales e intelectuales de las citadas violaciones de derechos humanos se logrará la no repetición de hechos tan reprochables. Este tipo de procesos fortalecen el Estado de Derecho y la democracia guatemalteca.

Considerando lo anterior, las organizaciones firmantes saludamos el proceso que lleva el Tribunal de Mayor Riesgo en Guatemala, y expresamos nuestro apoyo decidido al mismo. Además instamos a las autoridades guatemaltecas a lo siguiente:

 

  1. Que se proteja efectivamente –antes, durante y después del proceso- a todas las partes involucradas en ello (testigos, peritos, operadores de justicia, abogados y abogadas).
  2. Que se garantice una adecuada cadena de custodia en la evidencia.
  3. Que se garantice la independencia judicial mediante el apoyo público y decidido a la labor que están llevando a cabo los jueces a cargo del proceso y se asegure que no habrá ninguna injerencia indebida en sus decisiones. Treinta años después de la comisión de varios crímenes de lesa humanidad ha llegado la hora de conocer la verdad y hacer realidad el derecho de las víctimas a obtener justicia.

 

18 de marzo de 2013

Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, A. C., México

Abogados sin Fronteras Canadá (ASF), organización internacional

Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de la Violencia en las Verapaces, Maya Achí (ADIVIMA), Guatemala

Alianza por tus derechos, Costa Rica

Amnistía Internacional, organización internacional

Asistencia Legal por los Derechos Humanos (ASILEGAL), México

Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), Guatemala

Asociación Nacional de Centros (ANC), Perú

Asociación para la Prevención de la Tortura (APT), organización internacional

Asociación Pluriculturalidad Jurídica de Guatemala (PLURIJUR), Guatemala

Asociación Pro-búsqueda de niñas y niños desaparecidos, El Salvador

Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Perú

Centro de Derechos Humanos de la Montaña "Tlachinollan", Guerrero, México

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), México

Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL), Perú

Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM), Ecuador

Centro de Educación Popular-Proyecto Amigo, Perú

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Argentina

Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH), Guatemala

Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), Nicaragua

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), organización internacional

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CJAR), Colombia

Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), Ecuador

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Colombia

Comité de América Latina y el Caribe para los derechos de las Mujeres (CLADEM), organización internacional

Comité de Familiares de las Víctimas de los sucesos ocurridos entre el 27 de febrero y los primeros días de marzo de 1989 (COFAVIC), Venezuela

Consultorio Jurídico Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Bogotá, Colombia

Convergencia por los Derechos Humanos (integrada por: Asociación Refugio de la Niñez; Centro para el Análisis Forense y Ciencias Aplicadas – CAFCA; Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos -CALDH-; Centro para la Acción Legal-Ambiental y social de Guatemala – CALAS; Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos -CIIDH-; Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial -ECAP-; Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala -ODHAG-; Seguridad en Democracia -SEDEM-; Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos Guatemala -UDEFEGUA-; Unión Nacional de Mujeres de Guatemala -UNAMG-), Guatemala. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Perú Corporación Humanas, Chile Corporación Reiniciar, Colombia Defensa de Niños y Niñas Internacional (DNI), Costa Rica Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial de Guatemala (ECAP), Guatemala Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (ERIC), Honduras Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), Perú Equipo Regional de Monitoreo y Análisis de Derechos Humanos en Centroamérica (integrado por la Asociación para el Estudio y Promoción de la Seguridad en Democracia -SEDEM-, de Guatemala; Centro de Acción Legal en Derechos Humanos -CALDH-, de Guatemala; Centro Nicaragüense de Derechos Humanos -CENIDH-; Comité para la Defensa de los Derechos Humanos en Honduras -CODEH-; Comisión Nacional de Derechos Humanos en Panamá -CONADEHUPA; Federación Luterana Mundial; Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho -FESPAD-, de El Salvador; Fundación Fútbol por la Vida –FPV-, de Costa Rica; Grupo de Apoyo Mutuo -GAM-, de Guatemala; e Iglesia Luterana Costarricense -ILCO- , de Costa Rica).

Espacio Público, Venezuela

Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), El Salvador

Fundación Myrna Mack, Guatemala

Global Rights, organización internacional

Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (GIDH), Colombia

Grupo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas, A.C., México

Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo, organización internacional

Guatemala Human Rights Commission (GHRC), Guatemala

Impunity Watch, organización internacional

Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (INICIA), México

Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA), El Salvador

Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (IECCPG), Guatemala

Instituto Runa de Desarrollo y Estudios sobre Género, Perú

Latin America Working Group (LAWG), organización internacional

Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), Guatemala

Oficina Jurídica Para la Mujer, Bolivia

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés), organización internacional

Paz y Esperanza, Peru

Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD)

Red de la No Violencia contra las Mujeres (REDNOVI), Guatemala

Red en Solidaridad con el Pueblo de Guatemala (NISGUA), Guatemala

Seguridad en Democracia (SEDEM), Guatemala

Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos Guatemala (UDEFEGUA), Guatemala

Unión Nacional de Mujeres de Guatemala (UNAMG), Guatemala

Vicaria de Derechos Humanos de Caracas, Venezuela

Foto CC International Rivers

Contacto CEJIL

Sergio Pacheco S. / Comunicación/ spacheco@cejil.org/ +202 368-5133

Guatemala continúa en deuda con las víctimas de desaparición forzada

A veintiún años de la desaparición de Efraín Bámaca.

A pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció al Estado de Guatemala desde el año 2000 por la desaparición de Efraín Bámaca Velásquez, el caso continúa en total impunidad.

La Corte IDH estableció hace ya tres años la responsabilidad internacional de Guatemala por la violación a diversos derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Mar, 12/03/2013

• Es fundamental avanzar en la aplicación de la justicia y la ubicación de su paradero.

A pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció al Estado de Guatemala desde el año 2000 por la desaparición de Efraín Bámaca Velásquez, el caso continúa en total impunidad.

JenniferHarbury- EfrainBamaca

La Corte IDH estableció hace ya tres años la responsabilidad internacional de Guatemala por la violación a diversos derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Por ello ordenó la justicia en el caso de Bámaca Velásquez, así como una serie de medidas de reparación, de las cuales quedan pendiente la localización, exhumación y entrega de sus restos mortales a su viuda, Jennifer Harbury y demás familiares.

El máximo Tribunal Interamericano también señaló que es urgente la adecuación del ordenamiento jurídico guatemalteco a las normas internacionales de derechos humanos y del derecho humanitario. La Directora Ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Viviana Krsticevic, dijo que “expresamos nuestra solidaridad y admiración a Jennifer Harbury, en su incansable lucha por la verdad y la justicia, en el caso de desaparición forzada de su esposo. A la vez nos solidarizamos con las más de 45 mil víctimas desaparecidas durante el conflicto interno armado en Guatemala”.

“Así mismo, instamos nuevamente a los Poderes del Estado guatemalteco para que avancen en el establecimiento de responsabilidades en los crímenes de lesa humanidad que se cometieron en su territorio”, agregó Krsticevic.

Fue el 12 de marzo de 1992 cuando se produjo un enfrentamiento armado entre combatientes de la guerrilla pertenecientes al Frente Luis Ixmatá y miembros del Ejército guatemalteco en las orillas del río Ixcucua en el sur-occidente de Guatemala, y donde Efraín Bámaca Velásquez fue capturado vivo, torturado y desaparecido.

“Es claro que los militares involucrados en el genocidio que ocurrió en Guatemala todavía tienen a los tribunales bajo su control, y que no van a permitir ningún proceso legal en su contra, ni el de mi esposo ni el de ninguna otra personas”, escribió en su blog Jennifer Harbury, quien conoció a Efraín Bámaca en 1990 y con quien contrajo matrimonio en el Estado de Texas, Estados Unidos un 25 de septiembre de 1991.

Consulte la sentencia del Caso Bámaca Velásquez vs. Guatemala aquí.

Consulte la más reciente resolución de cumplimiento de sentencia aquí.

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